KONRAD/
Rol
V-121-2025
Fecha
30 de octubre de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales voluntarios del ingreso civil rol , comparece don Eduardo Berrios Valenzuela, chileno, abogado, R.U.N. 9.069.398-0, con domicilio en la calle Portus 152, San Felipe, como mandatario judicial de doña Catia Marlene Konrad Gebauer, chilena, arquitecto, divorciada, R.U.N. 7.311.996-0, con domicilio en Fundo Los Leones, Puerto Fonck, comuna de Puerto Octay, quien comparece por si y en representación de la comunidad quedada al fallecimiento de don Kurt German Konrad Mayer y en calidad de albacea de la herencia quedada al fallecimiento de este, compuesta además por doña Marianne Andrea Konrad Gebauer, R.U.N. 7.311.997-9; Roberto Edwin Konrad Gebauer R.U.N. 7.311.998-7; don Germán Konrad Godoy R.U.N. 16.431.762-5; Cristina Konrad Smet, R.U.N. 19.456.671-9; doña Carina Smet, R.U.N. 14.626.138-8, todos del mismo domicilio, quienes conforme a lo señalado en los artículos 18 y siguientes del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, artículos 254 y demás normas pertinentes del Código de Procedimiento Civil, deducen solicitud Judicial a objeto que se ordene al Sr. Conservador de Bienes Raíces de Osorno, don Victor Hugo Quiñones Sobarzo, chileno, abogado, con domicilio en calle Francisco Bilbao 939, Osorno, cancelar las siguientes inscripciones: a. Hipoteca inscrita a fojas 785vta Nº579 del registro de Hipotecas y Gravámenes del año 1964 del Conservador de Bienes Raíces de Osorno. b. Prohibición de celebrar actos y contratos, inscrita a fojas 471 vta Nº519 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones del año 1964, del Conservador de Bienes Raíces de Osorno. Ambas a favor de Auslandsiedlung G.M.B.H., Institución Crediticia Semi Fiscal Alemana, ya liquidada, sin domicilio ni representante, a cuyo requerimiento efectuado por esta parte, se negó, conforme a certificado de carátula 137390 de fecha 2 de septiembre del año 2025. Que, por escritura pública de Compraventa, Mutuo e Hipoteca, fecha 16 de julio del año
Fallo
por tanto, no puede ostentar derechos ni obligaciones. En particular, esto significa que la Sociedad no tiene ninguna reclamación o derecho de crédito pendiente frente a terceros. Sin perjuicio del eventual pago de la deuda por parte del Sr. Henry Prenzlau, la deuda y las acciones del acreedor, se encuentran en la actualidad prescritas, efectivamente, conforme a la escritura de compraventa y mutuo, el pago sería en 50 cuotas semestrales, venciendo la primera de ellas en noviembre del año 1966 y la última de ellas en 31 de mayo del año 1991, es decir, el último vencimiento, fue hace ya más de 30 años a la fecha. Interpuesta, la demanda de prescripción, ante el primer juzgado de Osorno, en la causa Rol C-1504-2025 se resolvió “Y VISTO los artículos 1, 38 y 84 del Código de Procedimiento Civil, se deja sin efecto lo resuelto en folio 6, y en su lugar se resuelve: A folio 1: A lo principal, primer y cuarto otrosíes: Atendido que la persona demandada no existe, se resuelve no dar curso a la demanda.” Por tanto, solicita tener por interpuesta solicitud de cancelación de inscripción de hipotecas y prohibición, en contra del Sr. Conservador de Bienes Raíces de Osorno, ya individualizado, solicitarle informe al recurrido, y en definitiva, ordenar, que se debe proceder a cancelar siguientes gravámenes, todos ellos constituidos a favor de la sociedad Auslandsiedlung G.M.B.H.: a. Hipoteca inscrita a fojas 785 vta Nº 579 del registro de Hipotecas y Gravámenes del año 1964 del Conservado
Texto Completo (Preview)
Osorno, treinta de octubre de dos mil veinticinco. VISTO: En el folio 1 de estos antecedentes digitales voluntarios del ingreso civil rol , comparece don Eduardo Berrios Valenzuela, chileno, abogado, R.U.N. 9.069.398-0, con domicilio en la calle Portus 152, San Felipe, como mandatario judicial de doña Catia Marlene Konrad Gebauer, chilena, arquitecto, divorciada, R.U.N. 7.311.996-0, con domicilio
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