2º Juzgado Civil de Viña del Mar

VALENZUELA/

Rol

V-236-2025

Fecha

28 de octubre de 2025

Materia

DEMENCIA C/CERTIFICADO COMPIN, INTERDICCIÓN POR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Con fecha 1 de octubre de 2025, comparece do añ Daniela Mariluz Valenzuela Valle, chileno, Run N° 13.852.326-8, dise adora de vestuario,ñ domiciliada en Pasaje Los Pinos N°24, Villanelo Alto, Vi a del Mar quien vieneñ en solicitar se declare la interdicci n por discapacidad de su hijoó don M ximo Domingo Tafall Valenzuelaá , chileno, soltero, sin profesi n u oficio, Runó N° 22.454.073-6, de su mismo domicilio y se le nombre curadora definitiva del mismo. Con fecha 1 y 27 de octubre de 2025, la solicitante acompa documentos.ñó Con fecha 28 de octubre de 2025, se llev a efecto inspecci n personal deló ó tribunal. Con fecha 28 de octubre de 2025, se llev a efecto audiencia de parientes.ó Se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, con fecha 1 de octubre de 2025, comparece do añ Daniela Mariluz Valenzuela Valle, chileno, Run N° 13.852.326-8, dise adora deñ vestuario, domiciliada en Pasaje Los Pinos N°24, Villanelo Alto, Vi a del Marñ quien viene en solicitar se declare la interdicci n por discapacidad de su hijoó don M ximo Domingo Tafall Valenzuelaá , chileno, soltero, sin profesi n u oficio,ó Run N° 22.454.073-6, de su mismo domicilio y se le nombre curadora definitiva del mismo. Indica que, eso madre de M ximo Domingo Tafall Valenzuela, yaá individualizado, quien naci con ó autismo severo y esa condici n ha imposibilitadoó que su hijo est capacitado, por s mismo, para administrar su patrimonio ni tomaré í decisiones legales v lidas.á Se ala que, ñ M ximo presenta un á grado global de discapacidad severo de 60%, que comprende como causa principal la discapacidad mental o ps quica,í y como causas secundarias, la discapacidad f sica e intelectual,í seg n loú Código: FERHBHBQWSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 acredita la copia del certificado de discapacidad y la copia de la Credencial de discapacidad que se encuentran acompa ados a los autos.ñ Agrega que, adem s, vive bajo su cuidado, lo que le permite gestionar susá necesidades diarias y apoyarlo en su vida personal. A ade que, pñ or la condici n de autismo severo de M ximo, se comunica deó á manera no verbal y si bien puede desplazarse y realizar algunas tareas b sicas porá s mismo, necesita apoyo y supervisi n constantes para desenvolverse en su vidaí ó diaria. Manifiesta que, debido a su condici n, M ximo no puede salir solo de laó á casa ni realizar actividades sin compa a, ya que requiere en todo momento estarñí acompa ado por alguien.ñ Expresa que, dada su discapacidad y la incapacidad para gestionar su vida personal y patrimonial, resulta fundamental que se le declare interdicto, y se la designe como su curadora para que administre sus bienes y vele por su bienestar emocional y f sico. y cubrir todas sus necesidades tanto de tipo patrimonial comoí emocional. Segundo: Que, con fecha 1 y 27 de octubre de 2025, respectivamente, la solicitante, acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Copia de certificado de discapacidad del presunto interdicto; 2.- Copia de Credencial de discapacidad del presunto interdicto; 3.- Copia Certificado de nacimiento del presunto interdicto; 4. - Certificado de nacimiento de la misma; 5.- Resoluci n de Certificaci n deó ó Discapacidad para inscripci n en el Registro Nacional de Discapacidad respecto deló presunto interdicto, emitido por la Comisi n De Medicina Preventiva e Invalidez, deó fecha 29 de marzo de 2025; 6.- Liquidaci n de pago de la pensi n de invalidezó ó que recibe el presunto interdicto correspondiente al mes de septiembre de 2025, emitida por el Instituto de Previsi n Social; ó 7.- Certificado de Privilegio de pobreza, de fecha de 1 de octubre de 2025, emitido por la C

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el art culo 4° deí la Ley N° 18.600 que establece normas sobre discapacitados mentales, y en concordancia con el t tulo II de la Ley N°19.284, y art culos 338, 370 y 373 delí í C digo Civil; art culos 843 y 844 del C digo de Procedimiento Civil, ó í ó se resuelve: Que, se declara la interdicci n por discapacidad de donó M ximo Domingoá Tafall Valenzuela, ya individualizado, quedando en consecuencia, privado de la administraci n de sus bienes, design ndose como curador definitivo a do aó á ñ Daniela Mariluz Valenzuela Valle, ya individualizada. Inscr base la presente sentencia ení el Conservador de Bienes Ra ces respectivo y publ quese de conformidad a loí í establecido en el art culo 447 del C digo Civil en el diario El Mercurio deí ó Valpara so por 3 d as.í í Sirva de suficiente discernimiento la presente resoluci n y ex mase a do aó í ñ Daniela Mariluz Valenzuela Valle, de la obligaci n de rendir fianza, de reduciró la presente resoluci n a escritura p blica y de proceder a la facci n de inventarioó ú ó solemne. Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol V-236-2025 Dictada por do a ñ Cecilia Sagredo Olivares, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi añ del Mar, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco Código: FERHBHBQWSB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.p

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : V-236-2025 CARATULADO : VALENZUELA/ Vi a del Marñ , veintiocho de octubre de dos mil veinticinco Visto: Con fecha 1 de octubre de 2025, comparece do añ Daniela Mariluz Valenzuela Valle, chileno, Run N° 13.852.326-8, dise adora de vestuario,ñ domiciliada en Pasaje Los Pinos N°24, Villanel

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