1º Juzgado de Letras de Iquique

INVERSIONES DOMEYKO LIMITADA/

Rol

V-1-2025

Fecha

20 de octubre de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 3 de enero de 2025, a folio 1, comparece don MARCELO GABRIEL CASTILLO RIVERO, chileno, casado, abogado, RUN 13.645.653-9, en representación de DOMEYKO MINERIA INTEGRAL LIMITADA, sociedad chilena, ambos domiciliados en calle Simón Bolívar Nº 202, Oficina 1301, Iquique, presentando manifestación minera de 10 pertenencias mineras de 10 hectáreas cada una, que totalizan 100 hectáreas, denominadas “ALEJANDRO 25 DEL 1 AL 10”, solicitando se constituya a favor de su representada la concesión de explotación. SEGUNDO: Que, dicha manifestación se inscribió a fojas 1 número 1 correspondiente al Registro de Descubrimientos de Minas del año 2025 del Conservador de Minas de Alto Hospicio. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referida se publicaron con fecha 1 de febrero de 2025 y 12 de mayo de 2025, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, a folio 15 se recibió el informe correspondiente del Servicio Nacional de Geología y Minería, emitido el 15 de octubre de 2025, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del 1 Código: XXPCBGGUXPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras denominadas “ALEJANDRO 25 DEL 1 AL 10”, materia de esta concesión son: VÉRTICES NORTE (metros) ESTE (metros) 1 7.762.000,00 392.000,00 3 7.762.000,00 393.000,00 18 7.761.000,00 393.000,00 16 7.761.000,00 392.000,00 P.I. 7.761.500,00 392.500,00 Y, vistos demás lo dispuesto en los artículos 41, 85, 87 y 114 del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento,

Fallo

SE DECLARA: Que, SE APRUEBA el plano y el acta de mensura del grupo de pertenencias denominadas “ALEJANDRO 25 DEL 1 AL 10”, con una superficie total de 100 hectáreas, y se declara constituido el grupo de pertenencias a favor de la DOMEYKO MINERIA INTEGRAL LIMITADA, RUT 76.642.420-1, ya individualizada. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas que corresponda, y remítase copia del plano a dicho Conservador de Minas respectivo para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano, de una copia del acta de mensura y de una copia de la presente sentencia, a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Minería. Regístrese, y en su oportunidad archívese. Rol Nº 1-2025 Dictada por don HÉCTOR ANDRÉS KOMPATZKI DELARZE, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Iquique. En Iquique, veinte de octubre de dos mil veinticinco, se notificó por 2 Código: XXPCBGGUXPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl estado diario la sentencia que antecede, dando cumplimiento a lo ordenado por el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. 3 Código: XXPCBGGUXPB Este documento tiene firma electrónica y su original puede se

Texto Completo (Preview)

PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, veinte de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 3 de enero de 2025, a folio 1, comparece don MARCELO GABRIEL CASTILLO RIVERO, chileno, casado, abogado, RUN 13.645.653-9, en representación de DOMEYKO MINERIA INTEGRAL LIMITADA, sociedad chilena, ambos domiciliados en calle Simón Bolívar Nº 202, Oficina 1301, Iquique, presen

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