1º Juzgado Civil de Valparaíso

INMOBILIARIA E INVERSIONES PASO HONDO LTDA/JEREZ

Rol

C-1774-2025

Fecha

10 de octubre de 2025

Materia

ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos A folio n°1, a lo principal, comparece Carlos Roberto Poblete Vera, analista de sistemas, cédula de identidad Nº9.528.207-5, en representación de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Paso Hondo SpA, del giro de su razón social, rol único tributario Nº76.258.966-4, ambos domiciliados en calle Llay Llay N°1570, Viña del Mar, representado judicialmente por el abogado Mauricio Eduardo Menares Hernández, cédula de identidad Nº20.013.424-9, domiciliado en Montaña 853, oficina 306, Viña del Mar e interpone demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en contra de Erika Valeria Jerez Bravo, ignoro actividad profesión u oficio, cédula nacional de identidad N°26.342.591-K, domiciliada en Gilberto Navarro Nº371, casa 1, Achupallas, comuna de Viña del Mar. A folio 9, se llevó a efecto la audiencia de contestación, conciliación y prueba, con la asistencia de la parte demandante Mauricio Menares Hernández y en rebeldía de la parte demandada. A folio 14, se citó a las partes para oír sentencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a lo principal de folio 1, comparece Carlos Roberto Poblete Vera, analista de sistemas, cédula de identidad Nº9.528.207-5, en representación de la sociedad Inmobiliaria e Inversiones Paso Hondo SpA, del giro de su razón social, rol único tributario Nº76.258.966-4, ambos domiciliados en calle Llay Llay N°1570, Viña del Mar, representado judicialmente por el abogado Mauricio Eduardo Menares Hernández, cédula de identidad Código: GJWJBEPEXTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1774-2025 Foja: 1 Nº20.013.424-9, domiciliado en Montaña 853, oficina 306, Viña del Mar e interpone demanda de término de contrato de arrendamiento por no pago de rentas, en contra de Erika Valeria Jerez Bravo, ignoro actividad profesión u oficio, cédula nacional de identidad N°26.342.591-K, domiciliada en Gilberto Navarro Nº371, casa 1, Achupallas, comuna de Viña del Mar. Funda su demanda, expresando que las partes celebraron un contrato de arrendamiento el 28 de Mayo de 2024, respecto de la propiedad ubicada en Gilberto Navarro Nº371, casa 1, Achupallas, comuna de Viña del Mar, por una renta mensual de $450.000.-, pagaderos los cinco días de cada mes, directamente a la arrendadora o mediante depósito en cuenta corriente a nombre de empresa demandante, siendo reajustada anualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor. El contrato se pactó con vigencia de un año a contar del 1 de Junio de 2024, renovable por iguales periodos. Señala que la arrendataria no pago el total de la renta mensual pactada, adeudando permanentemente saldos y la renta de varios meses, incluyendo la multa establecida en el contrato, más reajustes e intereses. En cuanto a la multa se pactó que el simple atraso del pago de la renta constituye a la arrendataria en mora y la obliga a pagar además de la renta, la multa penal equivalente a 1% de cada día atrasado Indica que la arrendataria adeuda las rentas de los meses de Enero, Febrero, Julio y Agosto de 2025, además de adeudar la suma de $170.000.- de la renta de Junio de 2025, siendo un total de $1.970.0000, por concepto de rentas impagas.

Fallo

Por tanto, solicita tener por interpuesta la demanda de terminación de contrato por no pago de rentas y cobros de rentas insolutas que se derivan del contrato, en contra de Erika Valeria Jerez Código: GJWJBEPEXTX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1774-2025 Foja: 1 Bravo, ya individualizada, acoger la demanda, declarar terminado el contrato, condenarla al pago de la suma de $1.970.000, correspondientes al mes de Enejo, Febrero, Julio y Agosto de 2025 y el saldo de $170.000.- del mes de Junio de 2025, condenar al pago de la multa equivalente al 1% de cada día de atraso establecido en la cláusula quinta del contrato de arriendo, condenar al pago de las rentas que se devenguen hasta la fecha de restitución de la propiedad; y al pago de los reajustes e intereses , con costas. En subsidio se ordene el desahucio al demandado, y así se restituya la propiedad al demandante. SEGUNDO: Que a folio 9, se llevó a efecto la audiencia de contestación, conciliación y prueba, con la asistencia de la parte demandante Mauricio Menares Hernández y en rebeldía la parte demandada. La parte demandante ratificó sus demandas. Se practicó la segunda reconvención de pago al demandado, quien no pagó. Se tuvieron por contestadas las demandas en rebeldía de la parte demandada. Se efectuó el llamado a conciliación, el cual no prosperó por la inasistencia de la parte demandad. Se recibe la causa a prueba, rinde testimonial la parte

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C-1774-2025 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valparaíso CAUSA ROL : C-1774-2025 CARATULADO : INMOBILIARIA E INVERSIONES PASO HONDO LTDA/JEREZ Valparaíso, diez de Octubre de dos mil veinticinco. Vistos A folio n°1, a lo principal, comparece Carlos Roberto Poblete Vera, analista de sistemas, cédula de identidad Nº9.528.207-5, en representación de la sociedad Inm

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