Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

ASTORGA/I. MUNICIPALIDAD DE LO ESPEJO

Rol

T-178-2023

Fecha

30 de junio de 2025

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Costas, Daño moral, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos constitutivos de vulneración de derechos fundamentales denunciada en esta causa, afirma que ellos dicen relación con su cambio al establecimiento educacional República de Indonesia en marzo de 2023, en el que desempeña como directora la Sra. Soledad Orellana Pardo, quien desde el ingreso a sus labores la ha menoscabado en sus funciones y ejercicio del cargo, como también ha realizado actos que pueden ser constitutivos de hostigamiento laboral, conforme explica y detalla, describiendo diversas situaciones al efecto, dándose por íntegra y expresamente reproducida la demanda lo pertinente. Afirma que el hecho más grave que ocurrió, y que gatilló su enfermedad profesional, tuvo lugar el viernes 19 de mayo de 2023 y se produjo con ocasión de la entrega de los textos escolares, la que se había atrasado por el paro docente y por una licencia médica, ocasión en que la directora le gritó que “el informe estaba mal hecho, que las cifras no coincidían y que yo debía hacerme responsable de lo ocurrido, porque estaba a cargo y me correspondía a mi dar cuenta” y le señaló “que estaba harta de tener que hacer mi trabajo y que nada de lo que me pedía, lo hacía bien”, retirándose del lugar. Señala que lo anterior le produjo un nivel de angustia enorme, tuvo un bloqueo mental, quedó paralizada, ya que nunca había sentido tanta impotencia y humillación, firmó el libro de cometidos y se fue a la Mutual de Seguridad, en la cual le ordenaron reposo laboral desde el 26 de mayo hasta el 9 de junio de 2023, extendiéndose luego la respectiva licencia médica en diversas ocasiones, hasta la actualidad. Afirma que con fecha 23 de junio de 2023, presentó una carta en la oficina del Departamento de Educación Municipal (DEM) de la I. Municipalidad de Lo Espejo, denunciando estos hechos, sin embargo, hasta la fecha no ha tenido respuesta por lo que no están las condiciones para reincorporarse, sustentando su pretensión en los argumentos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que Francis Jacqueline Astorga Mieres, cédula de identidad N° 10.243.390-4, profesora, domiciliada en Alfredo Rosende N°902, comuna de Recoleta, interpone demanda en procedimiento de tutela laboral, en contra de la Ilustre Municipalidad De Lo Espejo, RUT 69.255.100-1, representada por su Alcaldesa Javiera Paz Reyes Jara, ambas domiciliadas en Avenida Central Cardenal Raúl Silva Henríquez N°8321, comuna de Lo Espejo, con el objeto que se hagan las declaraciones y se condene la demandada al pago de las prestaciones que indica. Fundando su pretensión señala que se desempeña como jefa de Unidad Técnica-Pedagógica (UTP) en la Escuela Básica Coeducacional República de Indonesia desde marzo de 2023 y tiene una trayectoria como profesora de la comuna desde hace más de 30 años, conforme explica y detalla, señalando las labores que le correspondía realizar. En cuanto a los hechos constitutivos de vulneración de derechos fundamentales denunciada en esta causa, afirma que ellos dicen relación con su cambio al establecimiento educacional República de Indonesia en marzo de 2023, en el que desempeña como directora la Sra. Soledad Orellana Pardo, quien desde el ingreso a sus labores la ha menoscabado en sus funciones y ejercicio del cargo, como también ha realizado actos que pueden ser constitutivos de hostigamiento laboral, conforme explica y detalla, describiendo diversas situaciones al efecto, dándose por íntegra y expresamente reproducida la demanda lo pertinente. Afirma que el hecho más grave que ocurrió, y que gatilló su enfermedad profesional, tuvo lugar el viernes 19 de mayo de 2023 y se produjo con ocasión de la entrega de los textos escolares, la que se había atrasado por el paro docente y por una licencia médica, ocasión en que la directora le gritó que “el informe estaba mal hecho, que las cifras no coincidían y que yo debía hacerme responsable de lo ocurrido, porque estaba a cargo y me correspondía a mi dar cuenta” y le señaló “que estaba harta de tener que hacer mi trabajo y que nada de lo que me pedía, lo hacía bien”, retirándose del lugar. Señala que lo anterior le produjo un nivel de angustia enorme, tuvo un bloqueo mental, quedó paralizada, ya que nunca había sentido tanta impotencia y humillación, firmó el libro de cometidos y se fue a la Mutual de Seguridad, en la cual le ordenaron reposo laboral desde el 26 de mayo hasta el 9 de junio de 2023, extendiéndose luego la respectiva licencia médica en diversas ocasiones, hasta la actualidad. Afirma que con fecha 23 de junio de 2023, presentó una carta en la oficina del Departamento de Educación Municipal (DEM) de la I. Municipalidad de Lo Espejo, denunciando estos hechos, sin embargo, hasta la fecha no ha tenido respuesta por lo que no están las condiciones para reincorporarse, sustentando su pretensión en los argumentos y fundamentos de hecho y de derecho latamente desarrollados en el escrito de demanda, el que se da por íntegra y expresamente reproducido para todos lo

Fallo

se resuelve: I.- Que se rechaza, sin constas, la excepción de incompetencia absoluta del Tribunal opuesta por la demandada. II.- Que se acoge la denuncia de tutela laboral interpuesta por Francis Jacqueline Astorga Mieres, en contra de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, representada por su Alcaldesa Javiera Paz Reyes Jara y, en consecuencia, se declara que la actora sufrió vulneración a su integridad psíquica. III.- Que se condena a la denunciada a cumplir con las siguientes medidas reparatorias: a. Dar disculpas públicas por haberse incurrido en actos vulneratorios de la integridad psíquica de la demandante, Francis Jacqueline Astorga Mieres, lo que deberá cumplirse mediante la publicación de un aviso titulado “DISCULPAS PUBLICAS A LA PROFESORA FRANCIS JACQUELINE ASTORGA MIERES”, el que deberá ser confeccionado en letra tamaño 24 y deberá exhibirse durante 30 días corridos en el ingreso y en la sala de profesores del establecimiento Escuela Básica Coeducacional República de Indonesia. b. La directora de la Escuela Básica Coeducacional República de Indonesia, María Soledad Orellana Salgado, deberá asistir a una capacitación relacionada con la dirección de espacios de trabajo, manejo de grupo y promoción de ambientes sanos de trabajo, en que se resguarde la dignidad de las personas, la que deberá ser financiada por la denunciada y deberá realizarse dentro del plazo de 12 meses contados desde que esta sentencia quede ejecutoriada. c. La denunciada deberá adoptar las med

Texto Completo (Preview)

Procedimiento : Tutela Materia : Tutela Laboral Demandante : Francis Jacqueline Astorga Mieres Demandado : I. Municipalidad De Lo Espejo RIT : RUC : 23- 4-0502822-0 __________________________________________________________/ San Miguel, treinta de junio de dos mil veinticinco. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Que Francis Jacqueline Astorga Mieres, cédula de identidad N° 10.243.390-4, profes

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