CALDERÓN/
Rol
V-18-2025
Fecha
8 de octubre de 2025
Materia
DEMENCIA C/CERTIFICADO COMPIN, INTERDICCIÓN POR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1° Que comparece en autos don JAIME PATRICIO CALDERÓN VERA, cédula de identidad número 10.268.569-5, maestro pintor, domiciliado en calle Estación la Obra N°3402, departamento 12, comuna de Puente Alto, solicitando se declare la interdicción definitiva de doña SYLVIA VERA VERA, pensionada, cédula nacional de identidad número 5.663.469-K, de su mismo domicilio y se le nombre su curador. El solicitante es hijo de la persona respecto de quien se solicita su declaración de interdicción, la requerida presenta un grado de discapacidad global severa de un 90%, de carácter psíquico y físico, según resolución de COMPIN. 2° Atendido lo que dispone el artículo 4° de la Ley 18.600 en relación a la Ley 20.422, los artículos 456 y siguientes del Código Civil, teniendo especial consideración de los antecedentes aportados, esto es: - Certificado de nacimiento de don Jaime Patricio Calderón Vera. - Certificado de nacimiento de doña Sylvia Vera Vera. - Certificado de discapacidad de doña Sylvia Vera Vera. - Credencial de discapacidad de doña Sylvia Vera Vera. 3° Que de los antecedentes consta que el solicitante es la persona adecuada para asumir la curaduría de la solicitada, por ser su hijo, manifestar su intención de hacerlo y no haber oposición de parientes ni de terceros. Se acoge la solicitud y
Fallo
se declara: I.- A doña SYLVIA VERA VERA, pensionada, cédula nacional de identidad número 5.663.469-K, domiciliada en calle Estación Código: FUBFBEPFPCR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 la Obra N°3402, departamento 12, comuna de Puente Alto, interdicta por padecer incapacidad psíquica y mental. II.- Que, en tal condición, se priva a doña SYLVIA VERA VERA, de la libre administración de sus bienes. III.- Que, se nombra a don JAIME PATRICIO CALDERÓN VERA, cédula de identidad número 10.268.569-5, maestro pintor, domiciliado en calle Estación la Obra N°3402, departamento 12, comuna de Puente Alto, en el cargo de Curador Definitivo y representante de su madre discapacitada. Aceptado que sea el cargo, sirva copia de este fallo de suficiente título y discernimiento. IV.- Que se exime al demandante de reducir el presente decreto a escritura pública y del deber de prestar fianza, sirviendo una copia de esta resolución como suficiente título de discernimiento. V.- Se exime al solicitante de hacer facción de inventario solemne, debiendo el curador llevar un apunte privado de los bienes de la interdicta. VI.- Se ordena la inscripción por medio de Receptor Judicial del presente decreto en el Registro respectivo del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto y, además, se ordena que se realicen las tres publicaciones legales en un diario de circulación nacional, sirviendo la presente resolución de suficiente y
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Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Puente Altoº CAUSA ROL : V-18-2025 CARATULADO : CALDER N/Ó Puente Alto, ocho de octubre de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° Que comparece en autos don JAIME PATRICIO CALDERÓN VERA, cédula de identidad número 10.268.569-5, maestro pintor, domiciliado en calle Estación la Obra N°3402, departamento 12, co
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