Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

PARRA CON PELAYES

Rol

M-490-2024

Fecha

27 de junio de 2025

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, que se dicte fallo de manera inmediata. (contenido íntegro en audio) Tribunal accede a lo solicitado. Se efectúa receso. SENTENCIA Chillán, veintisiete de junio de dos mil veinticinco. En atención a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del Auto Acordado N°71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema, sólo se trascribirá la parte resolutiva del fallo. (Argumentos íntegros en audio.) Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 7, 41, 63, 73, 162, 168,173, y siguientes 453 y siguientes, 456, y demás normas pertinentes del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que entre doña CONSTANZA MILLARAY PARRA MUÑOZ, y doña MARÍA JOSÉ PELAYES, ambas ya individualizadas previamente, existió un vínculo de naturaleza laboral entre el día 30 de julio y el 12 de septiembre, ambos de 2024. II.- Que se acoge la demanda de despido del que fue objeto la demandante de autos, por ser este injustificado y sin aviso previo. III.- Que en consecuencia, la demandada deberá pagar las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a) Indemnización por falta de aviso previo, ascendente a $312.500.- b) Feriado proporcional por todo el periodo trabajado, por la suma de $20.833.- IV.- Que las cantidades señaladas precedentemente se pagarán con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que se condena en costas a la demandada, las que se regulan en $50.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas de todo lo obrado en esta audiencia.- RIT: M-490-2024 RUC: 24-4-0623246-4 Dirigió y resolvió doña VILMA VALENTINA ARAVENA ABARZÚA, Jueza Destinada del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado del Trabajo de Chillán – Isabel Riquelme N° 280, Chillán – Fono (042) 219702

Fallo

fallo de manera inmediata. (contenido íntegro en audio) Tribunal accede a lo solicitado. Se efectúa receso. SENTENCIA Chillán, veintisiete de junio de dos mil veinticinco. En atención a lo dispuesto en el artículo 62 inciso 3° del Auto Acordado N°71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema, sólo se trascribirá la parte resolutiva del fallo. (Argumentos íntegros en audio.) Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 7, 41, 63, 73, 162, 168,173, y siguientes 453 y siguientes, 456, y demás normas pertinentes del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que entre doña CONSTANZA MILLARAY PARRA MUÑOZ, y doña MARÍA JOSÉ PELAYES, ambas ya individualizadas previamente, existió un vínculo de naturaleza laboral entre el día 30 de julio y el 12 de septiembre, ambos de 2024. II.- Que se acoge la demanda de despido del que fue objeto la demandante de autos, por ser este injustificado y sin aviso previo. III.- Que en consecuencia, la demandada deberá pagar las siguientes sumas por los conceptos que se indican: a) Indemnización por falta de aviso previo, ascendente a $312.500.- b) Feriado proporcional por todo el periodo trabajado, por la suma de $20.833.- IV.- Que las cantidades señaladas precedentemente se pagarán con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. V.- Que se condena en costas a la demandada, las que se regulan en $50.000.- Regístrese y archívese en su oportunidad, quedando las partes notificadas de todo

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA /SENTENCIA MONITORIO FECHA Veintisiete de junio de dos mil veinticinco RUC 24-4-0623246-4 RIT M-490-2024 MAGISTRADO VILMA VALENTINA ARAVENA ABARZÚA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ilse Winser Winser SALA 4 HORA DE INICIO 10:14 HORA DE TERMINO 10:57 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440623246-4-1342 PARTE DEMANDANTE CONSTANZA MILLARAY

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica