1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ARBOLEDA/CORNEJO

Rol

O-4146-2024

Fecha

27 de junio de 2025

Materia

Costas, Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: Que comparece don Luis Arbey Arboleda, conductor, domiciliado en Flor de Quillén 200, comuna de Pudahuel, quien interpone demanda en procedimiento ordinario por despido indirecto y cobro de prestaciones en contra de don Bernardo Antonio Cornejo Ubilla, empresario domiciliado en Camino Lo Boza 393, comuna de Pudahuel. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 41, 162, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo, se dispone: I.- Que se declara la existencia de una relación laboral entre el demandante don Luis Arbey Arboleda, RUT 28.026.913-1 y don Bernardo Antonio Cornejo Ubilla, RUT 14.154.269-9. II.- Que se declara justificado el autodespido y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- $1.904.167, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- A la suma de $3.808.334, por concepto de años de servicio. 3.- A la suma de $1.904.167, por concepto de recargo legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. 4.- A la suma de $5.395.139, por concepto de remuneraciones de enero y febrero de 2024 y 26 días trabajados por el mes de marzo de 2024. 5.- A la suma de $1.523.334, por concepto de feriado legal. 6.- A la suma de $222.152, por concepto de feriado proporcional. 7.- Al pago de las remuneraciones y demás prestaciones devengadas desde la fecha del término de los servicios y hasta la convalidación del mismo. 8.- Al pago de las cotizaciones de seguridad social devengadas en favor del trabajador durante el período de vigencia de la relación laboral, conforme a un monto equivalente a una remuneración mensual de $1.904.167, conforme a la liquidación que practique los institutos de seguridad laboral en la etapa de cumplimiento del fallo. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo más los intereses y reajustes establecidos en los artículos 163 y 173 del Código del Trabajo. III.- Cada parte pagará sus costas. Dirigió la audie

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 41, 162, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo, se dispone: I.- Que se declara la existencia de una relación laboral entre el demandante don Luis Arbey Arboleda, RUT 28.026.913-1 y don Bernardo Antonio Cornejo Ubilla, RUT 14.154.269-9. II.- Que se declara justificado el autodespido y se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: 1.- $1.904.167, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. 2.- A la suma de $3.808.334, por concepto de años de servicio. 3.- A la suma de $1.904.167, por concepto de recargo legal, conforme a lo dispuesto en el artículo 171 del Código del Trabajo. 4.- A la suma de $5.395.139, por concepto de remuneraciones de enero y febrero de 2024 y 26 días trabajados por el mes de marzo de 2024. 5.- A la suma de $1.523.334, por concepto de feriado legal. 6.- A la suma de $222.152, por concepto de feriado proporcional. 7.- Al pago de las remuneraciones y demás prestaciones devengadas desde la fecha del término de los servicios y hasta la convalidación del mismo. 8.- Al pago de las cotizaciones de seguridad social devengadas en favor del trabajador durante el período de vigencia de la relación laboral, conforme a un monto equivalente a una remuneración mensual de $1.904.167, conforme a la liquidación que practique los institutos de seguridad laboral en la etapa de cumplimiento del fallo. II.- Que las sumas ordenadas paga

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO Procedimiento Ordinario FECHA Santiago, 27/06/2025 RUC 24-4-0581736-1 RIT O-4146-2024 CARATULADO ARBOLEDA / CORNEJO MAGISTRADO VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS DANIELA ÁVILA PÉREZ HORA DE INICIO 12:10 HORA DE TERMINO 12:34 SALA 3.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440581736-1-1348 PARTE DEMAN

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