QUINTERO/ELEAM BETESDA SPA
Rol
M-47-2025
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. RECLAMANTE · · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL X · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (videos) X · 1. RECLAMADA · · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X INCOMPARECENCIA. El tribunal deja constancia que habiéndose efectuado los llamados de rigor en antesala, la demandada ELEAM BETESDA SPA no ha comparecido a la presente audiencia, encontrándose válidamente notificada. AUTORIZA PODER: El Tribunal tiene presente escrito delegación de poder otorgado al abogado CATALINA IGNACIA SZINAVEL QUIÑONES. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: se tiene por contestada en rebeldía. CONCILIACIÓN: Atendida la incomparecencia de la parte demandada, se tiene por frustrado el llamado a conciliación. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia y estipulaciones de un contrato de trabajo entre las partes 2. Circunstancias de la terminación de los servicios 3. Adeudarse cotizaciones, feriados y remuneraciones de octubre MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1) Reclamo ante la Inspección del Trabajo de fecha 23 de octubre del 2024. 2) Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 08 de noviembre del 2024. 3) Certificado de Cotizaciones Previsionales emitido por FONASA con fecha 26 de noviembre del 2024. 4) Certificado de Cotizaciones Previsionales emitido por AFP Modelo con fecha 28 de noviembre del 2024. 5) 05 capturas de pantalla de conversaciones de WhatsApp con Héctor Iván Vera Vera (representante legal de la empresa), de fecha 11 de octubre del 2024, y días posteriores. 6) 01 captura de pantalla de grupo de WhatsApp llamado “Eleam información y reclamos”, creado el 04 de febrero del 2024 por Luisa Angélica Mujica Araya (cónyuge del representante legal). 7) 02 capturas de pantalla de conversaciones de WhatsApp con Luisa Angélica Mujica Araya, en que se envían compr
Fallo
se declara que existe un contrato de trabajo entre las partes que se inició el 11 de junio del 2024 y terminó el 11 de octubre de el mismo año por despido verbal e incausado, en consecuencia se condena a la demandada a pagar a la parte demandante: a) $611.098.- por indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $224.069.- por 11 días trabajados en octubre de 2024; c) $142.590.- por feriado proporcional; Las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo, entre la fecha del despido y la convalidación del mismo mediante el pago las cotizaciones adeudadas a razón de una remuneración mensual de $611.098.-; Las cantidades anteriores se pagarán actualizadas conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo Se ordena poner esta sentencia en conocimiento de las instituciones de seguridad social respectivas indicadas en la demanda para efectos pertinentes en relación con el cobro de las cotizaciones que se adeudaron; Al tener por resultado totalmente vencida a la parte demandada se le condena en costas, las que se regulan en $400.000. Regístrese y archívese la sentencia en su oportunidad. Siendo las 09:57 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia don DANIEL JURICIC CERDA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 25/06/2025, Santiago RUC 25- 4-0635533-3 RIT M-47-2025 CARATULADO QUINTERO/ELEAM BETESDA SPA MAGISTRADO DANIEL JURICIC CERDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ricardo Antonio Sierra Medina HORA DE INICIO 09:04 HORA DE TERMINO 09:57 SALA 4.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2540635533-3-1348 PARTE RECL
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