5º Juzgado Civil de Santiago

FIRST AVAL S.A.G.R./TORO

Rol

C-4302-2024

Fecha

1 de octubre de 2025

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 07 de marzo de 2024, a folio 1, comparece Enrique Eduardo Rodr guez Donatti, domiciliado en Nueva Tajamar N 481, Oficinaí ° 708, Torre Norte, Comuna de Las Condes, en representaci n de First Avaló S.A.G.R., representada legalmente por do a Gabriela Azocar Gim nez,ñ é domiciliados en calle Cerro El Plomo N 5.420, piso 8, de la Comuna de° Las Condes, quien interpone demanda en juicio ordinario de cobro de pesos en contra de Sonia de Lourdes Toro Paredes, domiciliada en calle Cobija N 3.680, Parcela 16 D, Comuna de Calama, a fin de que se le condene a° pagar la suma de $133.374.225.-, m s intereses y costas, por losá antecedentes de hecho y derecho que expone. Se ala que la demandada celebr con ñ ó Fondo de Inversi n FYNSAó Renta Fija Privada I el siguiente contrato de mutuo: Por la suma de“ $133.374.225.-, pagadero, junto con los intereses correspondientes del 1,1% mensual, en 23 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por la suma de $1.536.298.- cada una con vencimiento la primera de stas el 20 de abrilé del 2018 y la ltima cuota con vencimiento el 20 de febrero de 2020 y unaú ltima cuota por $133.576.791.- con vencimiento el 20 de marzo de 2020ú ” (sic). Refiere que se convino que, en caso de mora o simple retardo en el pago de la cuota de capital o intereses, la tasa de inter s se elevar alé á respectivo inter s m ximo convencional, vigente a la fecha de suscripci n, oé á ó a la poca de la mora o retardo a elecci n del acreedor, desde el momentoé ó del retardo y hasta el pago efectivo. Sostiene que, llegado el d a del vencimiento para el pago de la cuotaí que venc a el í 20 de marzo de 2020, la suscriptora no pag dicha obligaci n,ó ó raz n por la cual le adeudan, en capital, la suma de $133.576.791.-, m só á intereses de mora respectivos. Código: GJFXBDGJNVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Manifiesta que la demandada no cumpli totalmente con laó obligaci n suscr

Fundamentos

fundamentos que expone. Hace presente que la demandante en ninguna parte de su demanda establece la existencia de un contrato de mutuo o que existe un contrato de mutuo entre las partes ni entre Fondo de Inversi n FYNSA Renta Fijaó Privada I y do a Sonia De Lourdes Toro Paredes, ni siquiera menciona queñ se tratar a de un contrato de mutuo de car cter consensual, no se ala ení á ñ qu condiciones fue otorgado, é c mo se pact el pago de este mutuo, ó ó y como se realiz la supuesta entrega del dinero, sino que al relatar los hechos laó parte demandante se limita a afirmarlo, sin acompa ar a la demanda elñ supuesto contrato de mutuo. Asevera que si la demanda tiene su origen en un supuesto mutuo celebrado entre Fondo de Inversi n FYNSA Renta Fija Privada I y do aó ñ Sonia de Lourdes Toro Paredes, se debe acreditar que dicho contrato de mutuo se perfeccion mediante la entrega del dinero que se cobra en autosó a la parte demandada por el mutuante. No constando en ninguna parte de la demanda cuando se habr a perfeccionado el contrato de mutuo entre laí demandada y la mutuante, dado que el contrato de mutuo es consensual este se perfecciona por la entrega de la cosa en este caso, por la entrega de la suma de $133.376.791.- m s intereses y costas.á Se ala que la demandante en su demanda est cobrando un mutuoñ á regulado por el C digo Civil, ó misma deuda emanada de un pagar que fueé declarado prescrito en un juicio ejecutivo que existe entre las partes en la causa Rol C-10695-2019, caratulada First Aval S.A.G.R. con Toro del“ ” 19 Juzgado Civil de Santiago. Indica que en dicha causa, sobre juicio° ejecutivo, se demand el cobro de un pagar por la misma suma que seó é cobra en autos, y acompa los mismos documentos acompa ados a esteñó ñ juicio, salvo el pagar .é Sostiene que estos autos tratan de la misma deuda que se pretendió cobrar en los autos referidos, en los que se declar prescrita la acci n.ó ó Código: GJFXBDGJNVY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Aduce que es la misma obligaci n que la demandante pretende cobrar, yó que la deuda que emana del pagar al que se ha hecho menci n, medianteé ó el presente juicio ordinario. Cita el art culo 1709 del C digo Civil y se ala que es la parteí ó ñ demandante la que deber acreditar por escrito que se le adeuda la suma deá dinero que se cobra en autos, en virtud de un contrato de mutuo. Afirma que debe rechazarse la demanda ya que la deuda se encuentra prescrita y emanar a de un t tulo que no se encuentra regido por el C digoí í ó Civil, por lo que la demandante pretende transformar una obligaci n queó tiene su origen o causa en una obligaci n cambiaria y transformarla en unaó obligaci n civil, regida por el C digo Civil.ó ó Expresa que le resulta inaceptable que se diga en la demanda que entre las partes ha existido un mutuo, regido por el C digo Civil, cuandoó este supuesto mutuo jam s ha existido entre las partes ni entre Fo

Fallo

por tanto no pueden hacerse valer este supuestoó mutuo civil, en un juicio. Se ala que se habla un pagar suscrito por la demandante, lo queñ é significa que el cobro de la supuesta deuda que dan cuenta los documentos fundantes de la demanda de autos se debe regir por el C digo de Comercio,ó por la ley 18.092 y por la ley 18.010 sobre operaciones de cr dito y otrasé obligaciones de dinero, y no por las normas del C digo Civil, en que seó fundamenta la demanda de autos, aduciendo que lo que se cobra es un mutuo que habr a suscrito la demandada, lo cual, asevera, nunca haí ocurrido. Refiere lo expuesto por la demandante sobre estar cobrando el supuesto mutuo a la demandada, por haberse subrogado en los derechos que ten a í Fondo de Inversi n FYNSA Renta Fija Privada I y acompa a a laó ñ demanda de autos la respectiva carta de pago con subrogaci n, de Fondoó de Inversi n FYNSA Renta Fija Privada I a First Aval S.A.G.R. ó En resumen, la carta de subrogaci n que supuestamente est haciendoó á valer la parte demandante para demandar, se refer a a un pagar no a uní é mutuo, como se indica en la demanda de autos. Indica que en la carta de pago con subrogaci n la parte se subroga enó el pagar individualizado en la cl usula primera precedente, por lo que malé á podr a decir la demandante que í Fondo de Inversi n FYNSA Renta Fijaó Privada I, le subrog respecto de un mutuo suscrito con la demandada, yaó que, expresa, est claro que la subrogaci n era sobre un pagar . á ó é Refiere que la

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RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 5 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4302-2024 CARATULADO : FIRST AVAL S.A.G.R./TORO Santiago, uno de octubre de dos mil veinticinco VISTOS: Con fecha 07 de marzo de 2024, a folio 1, comparece Enrique Eduardo Rodr guez Donatti, domiciliado en Nueva Tajamar N 481, Oficinaí ° 708, Torre Norte, Comuna de Las Condes, en representaci n de F

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