2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PÉREZ/GRUPO FASTCO SPA

Rol

T-1191-2024

Fecha

24 de junio de 2025

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece MARGARITA CONSUELO PEÑA HUMAÑA, Abogada, RUT 8.125.814 – 7 , domiciliada en calle Andrés de Fuenzalida N° 22 oficina 1102 comuna de Providencia ciudad de Santiago en representación de doña LORENA EVELYN PEREZ HERNANDEZ, desempleada, cédula nacional de identidad Nº 17.064.984 – 2 con domicilio en Cerro Chapulul Poniente N° 02276 comuna de Puente Alto, interpone denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del término de la relación laboral, nulidad de renuncia, declaración de existencia de un solo empleador , cobro de prestaciones laborales, indemnización compensatoria fuero maternal, daño moral en Procedimiento de Aplicación General, en contra de la ex –empleadora de su representada, la empresa (1) SERVICIOS FAST COLLECTING CHILE LIMITADA del giro servicios de cobranza judicial y extrajudicial a personas y empresas y otros servicios a empresas, legalmente representada por Gonzalo Cruells Navarro ambos domiciliados en Eliodoro Yañez N° 1893 comuna de Providencia ; (2) SERVICIOS E INVERSIONES FASTCO SPA sociedad del giro servicios de cobranza judicial y extrajudicial a personas y empresas y otros servicios a empresas, legalmente representadas por Gonzalo Cruells Navarro ambos domiciliados en Eliodoro Yañez N° 1893 comuna de Providencia y (3) GRUPO FASTCO SPA , sociedad del giro servicios de cobranza judicial y extrajudicial a personas y empresas y otros servicios a empresas, legalmente representadas por Gonzalo Cruells Navarro ambos domiciliados en Eliodoro Yañez N° 1893 comuna de Providencia. Señala que con fecha 1 de junio del año 2009 comenzó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia de la denunciada FAST COLLECTING CHILE SOCIEDAD ANONIMA RUT 96.961.750 – 1, durante los meses de junio y julio de 2009 trabajé para la denunciada sin haber suscrito contrato de trabajo y otorgó boletas de honorarios como comisionista, durante dichos meses la denunciada no pagó cotizaciones previsionales ni de salud. El día 1 de agosto del año 2009 suscribió contrato de trabajo con la demandada FAST COLLECTING CHILE LIMITADA RUT 96.961.750 – 1 para desempeñarse como ejecutiva de cobranza. En un principio suscribió contrato a plazo fijo, el que posteriormente se transformó en uno de duración indefinida. Su remuneración mensual ascendía a $ 1.132.292.-, esto en conformidad a lo prescrito en el Artículo 172 del Código del Trabajo. Al momento del término de su relación laboral tenía fuero maternal. Efectivamente, el día 12 de julio de 2023 nació su hijo Elías Vera Pérez, de 8 meses de edad al momento de su alejamiento de la empresa. El 13 de marzo de 2024 concurrió a su lugar de trabajo ubicado en Eliodoro Yáñez N°1893 comuna de Providencia para reintegrarse a sus labores habituales luego de terminado el descanso post natal y las sucesivas licencias médicas que tuvo por enfermedad de hijo menor de un año. Terminada su licencia médica, el día 13 de marzo de 2024 a las 9.00 horas aproximadamente, se p

Fallo

Por estas consideraciones y vistos, además, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 177, 420, 425, 446, 450, 451, 452, 453, 454, 485 y siguientes del Código del Trabajo, 144 del Código de Procedimiento Civil; artículos 1560 y 1698 del Código Civil, se DECLARA: I.- Que, SE RECHAZA en todas sus partes denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del término de la relación laboral, nulidad de renuncia, declaración de existencia de un solo empleador , cobro de prestaciones laborales, indemnización compensatoria fuero maternal, daño moral interpuesta por MARGARITA CONSUELO PEÑA HUMAÑA, Abogada, RUT 8.125.814 – 7 en representación de doña LORENA EVELYN PEREZ HERNANDEZ, en contra de (1) SERVICIOS FAST COLLECTING CHILE legalmente representada por Gonzalo Cruells Navarro (2) SERVICIOS E INVERSIONES FASTCO SPA, legalmente representadas por Gonzalo Cruells Navarro y (3) GRUPO FASTCO SPA , legalmente representadas por Gonzalo Cruells Navarro. II.- Que, SE RECHAZA en todas sus partes demanda subsidiaria por Nulidad de Renuncia, declaración de Despido Injustificado, Daño moral, pago indemnización compensatoria por concepto de fuero maternal, cobro de remuneraciones y declaración de considerar un solo empleador interpuesta por MARGARITA CONSUELO PEÑA HUMAÑA, Abogada, RUT 8.125.814 – 7 en representación de doña LORENA EVELYN PEREZ HERNANDEZ, en contra de (1) SERVICIOS FAST COLLECTING CHILE legalmente representada por Gonzalo Cruells Navarro (2) SERVICIOS E INVERSIONES FASTCO S

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece MARGARITA CONSUELO PEÑA HUMAÑA, Abogada, RUT 8.125.814 – 7 , domiciliada en calle Andrés de Fuenzalida N° 22 oficina 1102 comuna de Providencia ciudad de Santiago en representación de doña LORENA EVELYN PEREZ HERNANDEZ, desempleada, cédula nacional de identidad Nº 17.064.984 – 2 con domicilio en

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