MIRANDA/
Rol
V-5-2024
Fecha
29 de septiembre de 2025
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente. Primero: Que doña Margarita Praxedes Miranda, cédula de identidad número 4.516.758-5, viuda, con domicilio en Las Torcazas N° 890, Población Menzel, comuna de Valdivia, interpone a través de procedimiento especial indígena, solicitud que se le declare mediante posesión notoriael estado civil de hija respecto de su madre doña Transito Punoi Marican, cedula nacional de identidad número 8.059.982-k, fallecida; en base a los siguientes argumentos de hecho y de derecho, que expone: I.LOS HECHOS: 1. Margarita Praxedes Miranda, cédula de identidad número 4.516.758-5, nació el 19 de agosto de 1939 y su nacimiento fue inscrito bajo el número 366, correspondiente al año 1939, en la circunscripción de Panguipulli. 2. Fue criada por su madre doña Transito Punoi Marican; con quién conviví desde mi nacimiento hasta los 15 años respectivamente, posterior a ello me enviaron a trabajar trasladándome hasta la ciudad de Valdivia como asesora de hogar. Sin embargo, su relación madre e hija siempre se mantuvo toda vez que nos visitamos frecuentemente. 3. Con el paso de los años se casó en la ciudad de Valdivia con don Rene Riquelme, unión de la que nacen mis hijos, quienes siempre visitaban a su abuela y era conocido por ellos que doña Transito Punoi Marican era su madre y por ende su abuela; situación que además es conocida por los vecinos, amigos y parientes y aún persiste hasta la actualidad en la memoria colectiva. En consecuencia, es un hecho público y notorio que entre Margarita Praxedes Miranda y doña Transito Punoi Marican siempre existió una relación de hija y madre, respectivamente; aun cuando no existía un reconocimiento legal de Código: CPSDBDNVXXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl acuerdo a las solemnidades de la época; ya que inclusive era acostumbrado, no inscribir a los hijos o solo lo hacía el padre como es en este caso, ya sea por ignorancia y/o lejanía de la residencia a
Fundamentos
fundamentos suficientes para acredita la posesión notoria de hija de la solicitante respecto de doña Transito Punoi Marican, en base que el único indicio es la información sumaria, que no da detalles ni fundamenta lo solicitado, ya que para poder establecer el vínculo filiativos y sus consecuencia debe ser Código: CPSDBDNVXXT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl probado en forma clara y pristina lo que como se expresó no ocurre en autos. Y vistos lo dispuesto en los artículos 4 y siguientes de la Ley 19.253 y artículos 200 y siguientes del Código Civil,
Fallo
por tanto, mi filiación materna no determinada, para todos los efectos legales. 5. Doña TRANSITO PUNOI MARICAN, falleció el 06 de diciembre de 1992 sin efectuar el reconocimiento de su hija de conformidad a la Ley. Por lo anterior, pide tener por presentada solicitud de declaración judicial de Posesión Notoria de estado Civil de Hija, acogerla a tramitación y previo los trámites de rigor, declarar en definitiva que Margarita Praxedes Miranda, cédula de identidad número 4.516.758-5 , ya individualizada, tiene la calidad de hija respecto de doña TRANSITO PUNOI MARICAN, cédula de identidad número 8.059.982-k, ordenando en definitiva la subinscripción en la partida de nacimiento del solicitante, la consignación del nombre de su madre. Segundo: Que se ordenó la tramitación de la causa, evacuándose informe de Conadi Valdivia, que en lo relevante señala que no se dan las hipótesis contempladas por el legislador para hacer procedente la solicitud, salvo que existan otros antecedentes; se rindió información sumaria de dos testigos, que sin profundizar ni dar razón de sus dichos señalan el vínculo filiativo; rola informe del Registro Civil en que consta el cónyuge, hijos, nietos de doña Transito Punoi Marican , su fecha de nacimiento y muerte. Tercero: Que a la luz de los antecedentes que obran en la causa, se desprenden que no hay fundamentos suficientes para acredita la posesión notoria de hija de la solicitante respecto de doña Transito Punoi Marican, en base que el único indicio
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Valdivia CAUSA ROL : V-5-2024 CARATULADO : MIRANDA/ Valdivia, a veintinueve de septiembre de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente. Primero: Que doña Margarita Praxedes Miranda, cédula de identidad número 4.516.758-5, viuda, con domicilio en Las Torcazas N° 890, Población Menzel, comuna de Valdivia, interpone a través de pro
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