MORENO/GOBIERNO REGIONAL VII REGION
Rol
T-80-2025
Fecha
23 de junio de 2025
Materia
Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Otras Indemnizaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDOS. Individualización completa de las partes litigantes. Que son partes en este juicio en calidad de demandante don Branco Vicente Moreno Caro, cédula de identidad N°19802303-5,de profesión periodista, domiciliado en calle San Martin 121 de la comuna de Linares, representado en juicio por los abogados don Diego Matías Valdés Quinteros y doña Nadia Daniela García Alegría y como parte demandada Gobierno Regional Del Maule, Rol único Tributario N°72.227.000-2, representado legalmente por el gobernador regional, don Pedro Pablo Álvarez Salamanca, cédula de identidad N°13.100.846-5, ambos domiciliados para estos efectos en calle 1 norte N°948, de la comuna de Talca, representado en juicio por el abogado don Vladimir Alejandro Lozano Donaire. De la demanda, sus
Fundamentos
fundamentos fácticos y de derecho de sus pretensiones. Que el demandante antes individualizado fundo su denuncia en los antecedentes que se exponen a continuación: Inicialmente, durante el mes de marzo de 2024 fue contratado por la demandada en virtud de una contrata, para prestar servicios en calidad de reemplazo, es decir, solo por unos cuantos días. Con fecha 18 de abril de 2024, mediante resolución exenta RA N°809/48/2024 del Servicio Administrativo del Gobierno Regional del Maule, se formalizó su designación a contrata en el servicio desde el día 1 de abril de 2024 hasta el 31 de diciembre del mismo año, como profesional asimilado a grado 12°, escala única de sueldos, de la planta de profesionales, con jornada de 44 horas semanales. Sostiene que, el cargo para el cual fui contratado no es de exclusiva confianza del Gobernador Regional, considerando que aquellos cargos son excepcionalísimos y determinados solo por ley, cuestión que no aplica en el presente caso. Luego, a través de resolución exenta RA N°809/174/2024 de fecha 31 de diciembre de 2024 del Gobierno Regional del Maule, se prorrogó mi contrata a contar del día 01 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre del año 2025. Sin perjuicio de lo anterior, tan solo días después de haberse renovado la contrata, fui notificado mediante carta certificada el día 20 de enero de 2025 la Resolución Exenta RA N°809/20/2025 del Gobierno Regional del Maule, de fecha 17 de enero de 2025, en virtud de la cual se le puso término anticipado a su designación a contrata, señalándose una serie de consideraciones que son del todo falsas y tendenciosas. Por último, para todos los efectos legales y en virtud del principio de realidad que opera en el Derecho del Trabajo, el promedio de mis últimas 3 remuneraciones corresponde a la suma de $2.278.013.- Sobre el desarrollo de sus prestaciones laborales en el Gobierno Regional. Al respecto, indico que llegó a trabajar al Gobierno Regional del Maule en marzo del año 2024, luego de una entrevista previa con el administrador regional de aquel entonces, don Jorge Fajardo, quien me indicó que en la institución tenían la necesidad de trabajar con un periodista joven y comprometido, que entendiera el rol político que ejerce el Gobernador Regional -doña Cristina Bravo en aquella época- y la importancia del Consejo Regional en el desarrollo de la región del Maule. Durante aquel mes, prestó servicios en calidad de reemplazo, comenzando mis funciones desde el día 11 marzo, en una semana muy agitada pues el presidente de la República, Gabriel Boric, visitó la región su trabajo en esos primeros días consistió en coordinar las apariciones en la prensa de la Gobernadora, doña Cristina Bravo, así como guardar los registros de cada aparición en los medios (labor denominada en el rubro como “Clipping”). Luego, atendido un buen desempeño inicial, y considerando que tenía título profesional de periodista y una trayectoria en el ámbito político, durante el mes de abril de 2024 fui d
Fallo
por tanto, sin existir ningún tipo de evaluación respecto de mis funciones en el “GORE”, se le notificó con fecha 20 de enero de 2025 vía carta certificada que era desvinculado del servicio. Desvinculación por parte del Gobierno Regional. Como ya mencionó, el día 20 de enero de 2025 y mediante carta certificada, se me notificó la Resolución Exenta RA N°809/20/2025 del Gobierno Regional del Maule, en virtud de la cual se me ponía término anticipado a mi designación a contrata en el ente. a) Resolución Exenta RA N°809/20/2025 del Gobierno Regional del Maule. En la resolución en comento, desde el considerando N°7 en adelante se expresan los supuestos fundamentos de mi desvinculación, a saber: 7) Que, mediante Resolución Exenta RA N° 809/174/2024 de fecha 31-12-2024, se prorrogó la contrata en el Servicio al funcionario don Branco Vicente Moreno Caro, RUT N° 19.802.303-5, asimilado al grado 12° E.U.R. de la Planta Profesional a contar del 01.01.2025 y siempre que no excediere del 31.12.2025, en las mismas condiciones originales, y mientras sean necesarios sus servicios, registrada por la Contraloría General de la República el 31.12.2025. 8) Que elfuncionario Branco Vicente Moreno Caro, cumple funciones en la Unidad de Comunicaciones del Gobierno Regional del Maule. 9) Que, de acuerdo a los antecedentes presentados por el funcionario para su contratación, es periodista de profesión desde el 15 de diciembre de 2023. 10.Que, según lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N°18.834,
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA. PROCEDIMIENTO: APLICACIÓN GENERAL. MATERIA: ACCION DE TUTELA POR VULNERACION DE DERECHOS FUNDAMENTALES CON OCASIÓN DEL TERMINO ANTICIPADO DE UN RELACIÓN ESTATUTARIA. DEMANDANTE: BRANCO VICENTE MORENO CARO. DEMANDADO: GOBIERNO REGIONAL VII REGION REPRESENTADO LEGALMENTE POR PEDRO PABLO ÁLVARES SALAMANCA. RIT T-80-2025. RUC N°25- 4-0659977-1. En Talca, a veintitrés de junio del año
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica