1º Juzgado Civil de Concepción

VILCHE/I.MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN

Rol

C-1315-2025

Fecha

26 de septiembre de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, en el folio 1, comparece do a ñ LUISA INES VILCHE VERGARA, empresaria, domiciliada, para estos efectos en calle O Higgins´ N 1186, oficina 302, Concepci n, quien entable demanda de prescripci n° ó ó de acci n que indica en contra de la ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CONCEPCI NÓ , persona jur dica de derecho p blico, representada porí ú don H CTOR JUAN MU OZ URIBE,É Ñ periodista, alcalde de Concepci n, ambos domiciliados, en calle Bernardo O`Higgins 525,ó Concepci n, o quien en derecho lo reemplace.ó Funda su demanda en que es propietaria del veh culo marcaí CHEVROLET, modelo TAHOE LT III 4WD 5.3 AT, a o de fabricaci nñ ó 2013, motor Nro. CCR281705 Nro. Chasis: 1GNSK6E07CR281705 placa patente FGYP64-8. Sostiene que el veh culo individualizado tiene atrasados los permisosí de circulaci n desde el a o 2013 hasta la fecha, todos los cuales se leó ñ quieren cobrar, por la demandada, lo que en derecho no corresponde ya que estar an prescritos hasta el aí o 2022, solo quedando adeudados los a osñ ñ 2023/2024/2025. Alega que, es del caso que de acuerdo a lo se alado en el art culoñ í 2521 del C digo Civil inciso 1 , que se ala Prescriben en tres a os lasó ° ñ ” ñ acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos , en esta causa los permisos de circulaci n” ó adeudados son impuestos estando en consecuencia los que tiene una antig edad de m s de tres a os prescritos, por lo que no correspondeü á ñ cobrarlos. - Afirma que, en consecuencia, han prescrito la acci n de cobro de losó permisos de circulaci n adeudados y de los que ha pasado m s de tres a osó á ñ desde que se hizo exigible su cobro, por lo que han prescrito. Concluye con que la suma que solicita se declare la prescripci n esó $13-828649, o la suma mayor o menor que el tribunal determine de acuerdo al merito de autos. Por lo que en m rito de lo expuesto y de lo dispuesto en las normasé legales que cita, pide tener por entablada la presente demanda de p

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1 .- ° Que de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que la demandante, solicita se declare la prescripci n extintiva de lasó acciones de cobro de las deudas por concepto de permiso de circulaci n deló veh culo placa patente nica FGYP64-8 y que corresponden a los giros porí ú permisos de circulaci n de los a os 2013 y 2022. Lo anterior, debido a queó ñ la demandada no ha ejercido en el plazo legal las acciones tendientes a obtener su pago. 2 .- ° Que la municipalidad demandada se encuentra rebelde en el tr mite de contestaci n de la demanda,á ó por lo que debe entenderse que niega los supuestos de la demanda incoada. 3 .- ° Que teniendo presente que la instituci n jur dica de laó í prescripci n extintiva parte del supuesto que exista v lidamente unaó á obligaci n, la cual, ante la negligencia de su acreedor para recurrir a losó tribunales competentes en tiempo oportuno y reuni ndose los requisitosé legales pertinentes, da por extinguida, debe entenderse que los requisitos para la procedencia de la acci n intentada son: la existencia de unaó obligaci n y la inactividad del acreedor durante un determinado lapso. ó 4 .- ° Que conforme lo previene el art culo 44 de la Ley de Tr nsito,í á se presume due o de un veh culo motorizado aquel a cuyo nombreñ í aparezca ante el Registro de Veh culos Motorizados dependiente delí Servicio de Registro Civil e Identificaci n. Por consiguiente, con eló instrumento acompa ado en el folio 1, no objetado, consistente enñ Certificado de Inscripci n y Anotaciones Vigentes en el R.V.M, de laó Station Wagon, del a o 2013, placa patente FGYP.64-8, a nombre deñ Luisa In s Vilche Vergara, se encuentra justificada la legitimidad activa deé la demandante para incoar la presente acci n.ó 5 .- ° Que, a objeto de acreditar la obligaci n cuya prescripci n seó ó demanda, la demandante acompa a folio 1 y la demandada en el folio 13,ñó el Informe de deuda, emitido el 3 de marzo y 23 de junio, respectivamente, por la Direcci n de Permisos de Circulaci n de la Municipalidadó ó demandada, en el que se consigna, en s ntesis, que el veh culo placa patenteí í Código: MQPGBDXLLFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl FGYP64, registra morosidad por concepto de pago de permisos de circulaci n por los a os 2013 a 2025.ó ñ Tal instrumento permite dar por establecido que el veh culoí mencionado registra deudas por concepto de permisos de circulaci nó vehicular por los per odos mencionados. í 6 .- ° Que, sobre el particular conviene precisar que el D.L. 3.063, en el Titulo IV, art culo 12, establece que los veh culos que transitan por lasí í calles, caminos y v as p blicas en general, estar n gravados con un impuestoí ú á anual por permiso de circulaci n, a beneficio exclusivo de la municipalidadó respectiva. Luego, en el T tulo VII, art culo 40, dispone que se llaman derechosí í municipales las prestaciones que est n obligadas a pagar a lasá Munici

Fallo

se declara prescrita la acci n de cobro de las patentes con m só á de tres a os desde que se hicieron exigible su cobro ñ b) Que se condena en costas a la demandada. No se contest la demanda.ó En el folio 9, se replic .ó No se duplic .ó En el folio 15, se certific que anunciada la audiencia de conciló iaci nó que correspond a celebrar, a sta s lo concurri la parte demandante.í é ó ó Se recibi la causa a prueba a folio 21.ó Se cit a las partes a o r sentencia en el folio 26.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1 .- ° Que de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que la demandante, solicita se declare la prescripci n extintiva de lasó acciones de cobro de las deudas por concepto de permiso de circulaci n deló veh culo placa patente nica FGYP64-8 y que corresponden a los giros porí ú permisos de circulaci n de los a os 2013 y 2022. Lo anterior, debido a queó ñ la demandada no ha ejercido en el plazo legal las acciones tendientes a obtener su pago. 2 .- ° Que la municipalidad demandada se encuentra rebelde en el tr mite de contestaci n de la demanda,á ó por lo que debe entenderse que niega los supuestos de la demanda incoada. 3 .- ° Que teniendo presente que la instituci n jur dica de laó í prescripci n extintiva parte del supuesto que exista v lidamente unaó á obligaci n, la cual, ante la negligencia de su acreedor para recurrir a losó tribunales competentes en tiempo oportuno y reuni ndose los requisitosé legales pertinentes, da por extinguida, debe entende

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FOJA: 23 .- veintitr s .-é NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-1315-2025 CARATULADO : VILCHE/I.MUNICIPALIDAD DE CONCEPCI NÓ Concepci nó , veintis is de septiembre de dos mil veinticincoé VISTO: Que, en el folio 1, comparece do a ñ LUISA INES VILCHE VERGARA, empresaria, domiciliada, para estos efectos en calle O Higgins´ N 1186, oficina 302, Conc

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