GALARCE/IBS SEGURIDAD SPA
Rol
M-5816-2024
Fecha
19 de junio de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. SOLICITUD ADMISIÓN TACITA: Consta íntegramente en audio. EL TRIBUNAL RESUELVE: Atendida la rebeldía de la demandada y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos se omite la recepción de la causa a prueba y se hace efectivo el apercibimiento del artículo 453 N°1 inciso 7° y se procederá a dictar sentencia conforme lo dispone el artículo 63 del acta 71 de la Corte Suprema, los
Fundamentos
fundamentos quedaran registrados en audio y solamente lo resolutivo de la sentencia quedará disponible en el acta. SENTENCIA Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticinco VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago doña Marisol Teresa Galarce Haeger, chilena, cesante, cédula de identidad N°15.054.544-7, domiciliada para estos efectos en Luis Cruz Martínez, Parcela 74, comuna de Pudahuel, región metropolitana, interponiendo demanda en procedimiento monitorio, en contra de Compañía de Seguridad Spa, Rut: 77.831.842-3, representada legalmente por don Felipe Andrés Aguilera, cédula de identidad N° 18.134.489-k, ambos domiciliados en calle Luis Alberto Cruz N°1181, comuna de Renca, Región Metropolitana. Resolutiva: Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 8, 9, 159, 160, 162, 453, 454, 500 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se resuelve: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por doña Marisol Teresa Galarce Haeger, cédula de identidad N°15.054.544-7, en contra de Compañía De Seguridad Spa, Rut: 77.831.842-3, representada legalmente por Don Felipe Andrés Aguilera, cédula nacional de identidad número 18.134.489-k todos previamente individualizados, declarándose: A.- Que entre las partes existió una relación laboral entre el 1 de septiembre del año 2022 hasta el 31 de octubre de 2024. B.- Que el despido de la actora de fecha 31 de octubre de 2024, es injustificado. C.- Que, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la actora lo siguiente: 1. La suma de $680.000, por concepto de Indemnización sustitutiva del aviso previo. 2. La suma de $1.360.000, por concepto de Indemnización por años de servicio. 3. La suma de $408.000, por concepto de recargo legal del 30% de la indemnización por los años de servicio. 4. La suma de $952.000, por concepto de feriado legal. 5. La suma de $22.666, por concepto de feriado proporcional. II.- Que las sumas precedentemente señaladas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses y reajustes que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se declara la nulidad del despido, en consecuencia, se condena a la demandada a pagar a la actora las remuneraciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral … desde la fecha de l despido, esto es, del 31 de octubre de 2024 hasta la fecha de convalidación del mismo, en base una
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Santiago 17 de junio de 2025 RUC 24- 4-0629132-0 RIT M-5816-2024 CARATULADO Galarce/Ibs Seguridad Spa MAGISTRADO Ema Del Pilar Novoa Mateos ADMINISTRATIVO DE ACTAS Claudia Fuentes Yessi HORA DE INICIO 11:17 HORA DE TERMINO 11:26 SALA 3.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440629132-0-1348 PARTE RECLAMANTE Marisol Teresa Galarce Haeger
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica