Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

PASTRAN/ACTIVIDADES Y SERVICIOS MEDICOS FERREIRA Y HERNAND

Rol

M-231-2023

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Horas extras, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos contenidos en ella, el tribunal no va a fijar hechos a probar para resolver, por tanto se dictará sentencia inmediata haciendo uso de esa facultad. SENTENCIA DICTADA VERBALMENTE (Se transcribe solo lo resolutivo) Concepción, a diecinueve de junio de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDOS: (Parte resolutiva, sentencia íntegra consta en registro de audio)

Fallo

por tanto se dictará sentencia inmediata haciendo uso de esa facultad. SENTENCIA DICTADA VERBALMENTE (Se transcribe solo lo resolutivo) Concepción, a diecinueve de junio de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDOS: (Parte resolutiva, sentencia íntegra consta en registro de audio) Por estas consideraciones, y teniendo presente las normas citadas, se resuelve: I. Que, SE HACE LUGAR a la demanda interpuesta por doña NANCY JOSEFINA PASTRAN PÉREZ en contra de ACTIVIDADES Y SERVICIOS MÉDICOS FERREIRA Y HERNÁNDEZ LIMITADA, ambos ya individualizados, en cuanto se condena a la demandada a pagar a la actora las siguientes sumas: 1) $21.376.- por concepto de diferencia de cálculo de feriado proporcional. 2) $902.898.- por concepto de 217 horas extras trabajadas. 3) La demandada deberá enterar las cotizaciones previsionales y de seguridad social en AFP modelo S.A., FONASA y AFC Chile 2 S.A., correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre 2022, a razón de $502.000.- mensuales. II. Se condena en costas a la demandada, regulándose las personales en la suma de $400.000.- III. Las sumas que se ordenan pagar, deberán hacerlo con los reajustes e intereses que establecen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda. Las partes se entienden legalmente notificadas en este acto de todo lo que se ha resuelto. Regístrese y archívese en su oportunidad. MEDICA CAUTELAR · Abogado de la parte demandante solicita se decrete Medida Cautelar de retención de

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia Presencial) FECHA 19 de junio de 2025 Registro de Audio Remoto Sala 9 RUC 23-4-0468590-2 RIT M-231-2023 MAGISTRADO FERNANDO ANDRES STEHR GESCHE ADMINISTRATIVO DE ACTAS Mariela Romero Concha HORA DE INICIO 11:32 horas HORA DE TERMINO 11:38 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2340468

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica