3º Juzgado Civil de Viña del Mar

OVALLE/I.MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR

Rol

C-2580-2025

Fecha

23 de septiembre de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: I.- De la demanda declarativa de prescripción extintiva deducida en juicio ordinario de menor cuantía. En lo principal de la presentación de 28 de julio de 2025, del folio 1, compareció don Esteban Pedro Ovalle Andrade, abogado, cédula de identidad número 8.717.572-3, domiciliado para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N°5561, oficina 1004, comuna de Las Condes, e interpuso demanda de declaración de prescripción extintiva de la acción de cobro de permisos de circulación, en contra de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, corporación de Derecho Público, Rol Único Tributario N°69.061.000-0, representada legalmente por su alcaldesa doña Macarena Carolina Ripamonti Serrano, funcionaria pública, cédula de identidad número 17.993.305-5, ambos domiciliados para estos efectos en Quinta Arlegui N°615, Viña del Mar, Región de Valparaíso; en virtud de los antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que se exponen a continuación. Primeramente, indicó ser dueño del automóvil motorizado marca Alfa Romeo, modelo Alfa 33 1.7 QV, color blanco, año 1988, placa patente FY.4634-9, como consta en certificado de inscripción y anotaciones vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, el que acompañó en el primer otrosí de la demanda. Luego señaló que el automóvil antes referido adeuda supuestamente los permisos de circulación desde el año 2008 a 2025, al haber estado sin uso y últimamente en reparaciones. Así las cosas, y según consta del certificado de deudas por permisos de circulación impagos del referido automóvil, P.P.U. FY.4637-9, emitido el 6 de junio de 2025 por el Departamento de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, aseveró que la deuda por permisos de circulación de este automóvil sería la siguiente: Año Multas ($) 2008 $39.855 2009 $79.842 2010 $74.868 2011 $71.910 Código: LXDVBDXXBYE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2580-2025 2012 $68.866 2013 $66.417 2014 $63.075 2015 $60.920 2016 $57.890 2017 $55.303 2018 $52.511 2019 $50.322 2020 $46.789 2021 $45.223 2022 $42.585 2023 $40.217 2024 $37.766 2025 $34.601 Total $988.960 A la luz de lo anterior, manifestó que de acuerdo con este desglose, la deuda por concepto de impuestos por permiso de circulación durante el periodo 2008-2025, asciende a un monto total de $988.960 (novecientos ochenta y ocho mil novecientos sesenta pesos). A continuación, precisó tener la imperiosa necesidad de poner al día su vehículo, esto es, respecto a los permisos de circulación que adeuda, para poder circular conforme a derecho, sin incurrir en infracciones de tránsito. En lo que toca al derecho, dijo que el artículo 2492 del Código Civil define la prescripción extintiva como el “modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso, y no concurriendo los demás requisitos legales.” A mayor abundamiento, sostuvo que el artículo 2497 del Código Civil señala además que “Las reglas relativas a la prescripción se aplican igualmente a favor y en contra del Estado, de las iglesias, de las municipalidades, de los establecimientos y corporaciones nacionales, y de los individuos particulares que tienen la libre administración de lo suyo.” Adicionó que se suma a lo anterior lo prescrito por el artículo 2514 del mismo cuerpo legal, que establece que “La prescripción que extingue las acciones y derechos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible” y, por su lado, el artículo 2521 de la norma ya citada, indica que “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las municipalidades provenientes de toda clase de impuestos.” Códig

Fallo

en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 2492, 2497, 2514 y 2521 del Código Civil, el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil y demás disposiciones legales pertinentes, pidió tener por interpuesta demanda de prescripción de la acción de cobro en juicio ordinario en contra de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, representada legalmente por doña Macarena Ripamonti Serrano, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación, a fin de que, en definitiva, se declare la prescripción de la acción de cobro de los permisos de circulación años 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, así como la prescripción de las deudas por los permisos de circulación respecto de las cuales transcurran más de tres años entre las fechas de su devengamiento y la fecha en que la sentencia que acoja esta demanda quede ejecutoriada, o de las deudas que correspondan conforme a derecho. II.- De la notificación de la demanda y su proveído. Según se desprende del estampe agregado en el folio 5 por el señor receptor judicial don Héctor Barría Rojas, el 5 de agosto de 2025 se practicó la notificación personal de la demanda y su proveído a la demandada, representada por su alcaldesa, doña Macarena Ripamonti Serrano, en el domicilio señalado en autos, esto es, Arlegui N°615, Viña del Mar. Código: LXDVBDXXBYE Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2580-2025 III.- De la co

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C-2580-2025 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Viña del Mar CAUSA ROL : C-2580-2025 CARATULADO : OVALLE/I.MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR Viña del Mar, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco. Visto: I.- De la demanda declarativa de prescripción extintiva deducida en juicio ordinario de menor cuantía. En lo principal de la presentación de 28 de julio de 2025, del

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