2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

BOSCAN/ALCAYAGA

Rol

O-2855-2024

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 41, 160 N°7, 162, 163, 171, 172, 420, 425 y siguientes, 453, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil se declara; I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por NESTOR LUIS BOSCAN CARRIZO, cédula de identidad N°27.187.248-8 en contra de GRUPO BLISAL SPA, RUT N°77.120.077-K, representada legalmente por Maximiliano Eduardo Alfonso Alcayaga Devia, C.I. 13.642.653-2 y en contra de Maximiliano Eduardo Alfonso Alcayaga Devia, C.I. 13.642.653-2, al conformar una unidad económica y se declara que el despido indirecto ejercido por el demandante con fecha 2 de abril de 2024 es ajustado a derecho y justificado. II.- Como consecuencia de lo anterior se condena a las demandadas al pago de las siguientes prestaciones: a) $933.317 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $3.733.268 por concepto de indemnización por años de servicio. c) $ 1.866.634 por concepto de recargo del 50% establecido en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. d) $ 699.990 por concepto de feriado proporcional comprendido entre el 1 de abril de 2020 al 1 de abril de 2021. e) $ 699.990 por concepto de feriado legal por el periodo comprendido entre el 1 de abril 2021 al 1 de abril de 2022. f) $ 699.990 por concepto de feriado legal del periodo comprendido entre el 1 de abril de 2022 al 1 de abril de 2023. g) $ 699.990 por feriado legal comprendido entre el 1 de abril de 2023 y el 1 de abril de 2024. h) Remuneración del mes de febrero de 2024 por la suma de $ 933.317.- i) Remuneración del mes de marzo de 2024 por la suma de $ 933.317.- j) Remuneración por dos días de mes de abril de 2024 por la suma de $ 93.332.- j) Al pago de las cotizaciones en AFP MODELO S.A de los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2022; abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023 y enero. Febrero, marzo y abril de 2024, en FONASA, julio, agosto, septiembre, octu

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 41, 160 N°7, 162, 163, 171, 172, 420, 425 y siguientes, 453, 459 del Código del Trabajo; y artículos 1698, 1545 y 1546 del Código Civil se declara; I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por NESTOR LUIS BOSCAN CARRIZO, cédula de identidad N°27.187.248-8 en contra de GRUPO BLISAL SPA, RUT N°77.120.077-K, representada legalmente por Maximiliano Eduardo Alfonso Alcayaga Devia, C.I. 13.642.653-2 y en contra de Maximiliano Eduardo Alfonso Alcayaga Devia, C.I. 13.642.653-2, al conformar una unidad económica y se declara que el despido indirecto ejercido por el demandante con fecha 2 de abril de 2024 es ajustado a derecho y justificado. II.- Como consecuencia de lo anterior se condena a las demandadas al pago de las siguientes prestaciones: a) $933.317 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $3.733.268 por concepto de indemnización por años de servicio. c) $ 1.866.634 por concepto de recargo del 50% establecido en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo. d) $ 699.990 por concepto de feriado proporcional comprendido entre el 1 de abril de 2020 al 1 de abril de 2021. e) $ 699.990 por concepto de feriado legal por el periodo comprendido entre el 1 de abril 2021 al 1 de abril de 2022. f) $ 699.990 por concepto de feriado legal del periodo comprendido entre el 1 de abril de 2022 al 1 de abril de 2023. g) $ 699.990 por feriado legal comprendido entre el 1 de abril de

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 17/06/2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO SALA 2 RUC 24-4-0568391-8 RIT O-2855-2024 MAGISTRADO YANIRA GONZALEZ VALDERRAMA ADMINISTRATIVO DE ACTAS FREDDY LAZO BANDA ( ) HORA DE INICIO 11:20 HORAS HORA DE TERMINO 11:58HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 24-4-0568391-8-1349-250617-00 CUSTODIA DE DOCUMENT

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