1º Juzgado de Letras de Santa Cruz

ZÚÑIGA/ZÚÑIGA

Rol

C-732-2024

Fecha

22 de septiembre de 2025

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 05 de junio del a o 2024, compareci do a ñ ó ñ VALERIA PAZ ESPINOZA VALENZUELA, abogada, C dula Nacional de Identidadé N°17.325.728-7, domiciliada en calle Manuel Montt N°100, comuna de Ch pica,é actuando en representaci n convencional de los siguientes demandantes, todos hijosó de do a ñ TERESA DE JES S VALDIVIA BECERRAÚ y de don PABLO MARIO ZU IGAÑ : don MARIO SEGUNDO ZU IGA VALDIVIA, Ñ chileno, casado, chofer, c dula nacional de identidad N°9.086.735-0, domiciliado en Sané Nicolas, comuna de Chillan; Do añ ERCILIA DEL ROSARIO ZU IGAÑ VALDIVIA, chilena, casada, due a de casa, c dula nacional de identidadñ é N°11.368.796-7, domiciliada Uno Sur 660, comuna de Lo Barnechea; Do añ JUANA ROSA ZU IGA VALDIVIA, Ñ chilena, casada, due a de casa, c dulañ é nacional de identidad N°9.741.018-6, domiciliada en Poblaci n Las Vi as calle 2ó ñ S.T. Comuna Santa Cruz; Don PABLO HUMBERTO ZU IGA VALDIVIA,Ñ chileno, casado, trabajador agr cola , c dula nacional de identidad N°14.331.165-1,í é domiciliado en La Finca, sector Isla de Yaquil comuna de Santa Cruz; Don RENE DEL CARMEN ZU IGA VALDIVIA, Ñ chileno, soltero, maestro constructor, c dula nacional de identidad N°12.179.411-k, domiciliado en Villa Don Horacio 6é pasaje Estaci n 1515, comuna Santa Cruz; Donó PEDRO ANASTASIO ZU IGAÑ VALDIVIA, chileno, casado, mantenci n de Jardines, c dula nacional de identidadó é N°10.394.112-1, domiciliado en calle Tres Sur Oriente 623 , comuna de Lo Barnechea; Do añ MARTA TERESA ZU IGA VALDIVIA, Ñ chilena, casada, due a de casa, c dula nacional de identidad N°9.113.725-9, domiciliada en Lañ é Caba a, comuna de Lolol; Donñ DANIEL DEL CARMEN ZU IGA VALDIVIA,Ñ chileno, casado, temporero, c dula nacional de identidad N°12.781.493-7,é domiciliado calle Herrera, sector Isla de Yaquil, comuna de Santa Cruz; Do añ RAQUEL DEL CARMEN ZU IGA VALDIVIAÑ , chilena, viuda, due a de casa,ñ c dula nacional de identidad N°9.642.232-6, domiciliada en 5 de Octubre, pasajeé Luis Marambio N°193, Pa

Fundamentos

considerando sus saldos finales de $2.073.- (dos mil setenta y tres pesos) en cuenta de ahorro y $183.- (ciento ochenta y tres pesos) en Cuenta RUT). A aden que don Daniel delñ Carmen Z iga Valdivia, quien administraba los bienes y gastos de su madre, nuncaúñ fue informado de la operaci n ni recibi instrucciones de dep sitos.-ó ó ó Arguyen que la operaci n encubre una donaci n, celebrada sin la insinuaci nó ó ó judicial exigida por el art culo 1401 del C digo Civil para las donaciones deí ó inmuebles, siendo por ello absolutamente nula conforme a los art culos 1681 y 1682í del C digo Civil. Denuncian, tambi n, cl usulas como la renuncia a accionesó é á resolutorias y la facultad irrevocable al portador para gestionar inscripciones “no obstante sobreviniera la muerte o incapacidad de cualquiera de los contratantes”, como indicios adicionales del prop sito de sustraer los bienes de la masa hereditariaó y perjudicar a los herederos.- Finalmente, solicitan: (i) se declare la nulidad del contrato de cesi n deó derechos de fecha 12 de marzo del a o 2020, por ser un contrato simulado por lasñ partes, encubriendo as la donaci n; (ii) la verdadera intenci n de las partes eraí ó ó realizar un contrato de donaci n, la cual carece de los requisitos del Art 1401 deló C digo Civil, solemnidades legales que este es un requisito que la ley prescribeó para la validez del contrato; (iii) Una vez pronunciada la nulidad, debe retrotraerse a las partes al estado anterior de la celebraci n del contrato, en conformidad a loó dispuesto en el art culo 1681 del C digo Civil; (iv) se ordene la cancelaci n de laí ó ó inscripci n conservatoria a fojas 1645 Numero 1108 del Registro de Propiedadó correspondiente al a o 2020 del Conservador de Bienes Ra ces de Santa Cruz y señ í ordene la restituci n material del inmueble a los leg timos herederos, dentro deló í Código: GJTVBDPVFPD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl tercer d a ejecutoria la sentencia definitiva y bajo apercibimiento de lanzamiento: yí (v) que se condene en costas a la demandada.- Con fecha 25 de junio del a o 2024 en el domicilio La Finca s/n, Isla deñ Yaquil, comuna de Santa Cruz, se notific por c dula a do a ó é ñ ANGELINA VIVIANA ZU IGA ZU IGAÑ Ñ .- Con fecha 15 de julio del a o 2024, compareci don ñ ó SEGUNDO PARRAGUEZ LEIVA, abogado, C dula Nacional de Identidad N°11.280.880-9,é domiciliado en Rafael Casanova N°236, 2° piso, Santa Cruz, en representaci nó de do a ñ ANGELINA VIVIANA ZU IGA ZU IGAÑ Ñ , empleada, C dula Nacionalé de Identidad N°16.620.197-7, domiciliada en La Finca s/n, sector Isla de Y quil,á comuna de Santa Cruz contestando la demanda y solicitando su rechazo total, fundado principalmente en: (i) falta de legitimaci n pasiva por no haberse dirigidoó la acci n contra todas las partes del contrato ni contra todos los herederos de do aó ñ Teresa de Jes s Valdivia Becerra y (ii) validez del contrato de cesi n, anunciandoú ó prue

Fallo

Por tanto, solicit tener por evacuada la d plica conferida a folio 15.-ó ú Con fecha 30 de julio del a o 2024, el Tribunal tuvo por evacuada lañ d plica y cit a audiencia de conciliaci n.-ú ó ó Con fecha 09 de octubre del a o 2024 se celebr la audiencia deñ ó conciliaci n, no arrib ndose a acuerdo.-ó á Con fecha 16 de enero del a o 2025 se recibi la causa a prueba por elñ ó t rmino legal, fij ndose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos losé á siguientes: (1) Efectividad de la celebraci n del contrato de cesi n de derechosó ó entre do a Teresa de Jes s Valdivia Becerra y do a Angelina Zu iga Zu iga;ñ ú ñ ñ ñ instrumento, fecha, naturaleza, condiciones y modalidades); (2) Efectividad de que el contrato de 12 de marzo del a o 2020, repertorio 1079/2020, sea simuladoñ absolutamente; hechos y circunstancias; (3) En su caso, efectividad que el acto simulado encubre donaci n, y si cumple requisitos de validez; hechos yó circunstancias; (4) Nulidad del contrato de cesi n indicado; causas y hechos; y (5)ó Falta de legitimaci n pasiva de la demandada; hechos y circunstancias.-ó Con fecha 28 de agosto del a o 2025, el Tribunal cit a las partes a o rñ ó í sentencia.- CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA TACHA DE TESTIGO DE FOLIO 40: PRIMERO: Que, con fecha 16 de junio del a o 2025, en la diligenciañ testimonial solicitada por la parte demandada, la parte demandante formul tachaó respecto de la testigo do a ñ VIVIANA ANDREA VERDEJO CORREA, C dulaé Nacional de Identidad N°13.782.3

Texto Completo (Preview)

FOJA: 53.-cincuenta y tres.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Santa Cruz CAUSA ROL : C-732-2024 CARATULADO : Z IGA/Z IGAÚÑ ÚÑ Santa Cruz, veintid só de septiembre de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 05 de junio del a o 2024, compareci do a ñ ó ñ VALERIA PAZ ESPINOZA VALENZUELA, abogada, C dula Nacional de Identidadé N°17.325.728-7, domiciliada en calle Manuel

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