BANCO DEL ESTADO D E CHILE/MORÁN
Rol
C-1680-2025
Fecha
15 de septiembre de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1 compareció MAXIMILIANO JOSÉ SANCHEZ DERIO, abogado, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, representado legalmente por su gerente general ejecutivo Óscar Raúl Antonio González Narbona, ingeniero civil industrial, domiciliado en Avda. Libertador Bernardo O’Higgins 1111, piso 8º, Santiago. Dedujo demanda ejecutiva en contra de JUAN SEGUNDO MORÁN MENARES, ignora profesión u oficio, domiciliado en España 440, Talcahuano. Expuso que su representado es dueño del pagaré suscrito por el ejecutado el 24 de agosto de 2017, por $425,721397 U.F. por concepto de capital más 4,3% de interés mensual, que se obligó a pagar en 75 cuotas mensuales cuyo monto se detalla en el referido pagaré, donde la primera vencía el 1 de febrero de 2025. Se estableció que en caso de no pago oportuno se devengarían intereses penales del máximo convencional a las tasas que rijan durante el retardo y el Banco podría exigir el total adeudado como obligación de plazo vencido. Señaló que el deudor dejó de pagar desde la cuota vencida en febrero de 2025, inclusive, y todas las posteriores. Por ello, el Banco ha hecho exigible la totalidad de la deuda, que asciende a 425,721397 U.F. más los intereses pactados devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda y costas. Afirmó que la obligación es indivisible, el suscriptor relevó al portador del documento de la obligación de protesto y la firma fue autorizada ante Notario. La obligación es líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no se encuentra prescrita. Solicitó tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de Juan Segundo Morán Menares, admitirla a tramitación y despachar mandamiento de ejecución y embargo por 425,721397 U.F. que al día 10 de junio de 2025 equivale $16.694.579 pesos, más intereses pactados. Además, pidió requerirlo de pago y seguir adelante la ejecución hasta que se haga entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. A folio 10
Fundamentos
fundamentos jurídicos expuestos en su presentación, A folio 16
Fallo
se declararon admisibles las excepciones deducidas y se recibió la causa a prueba. A folio 19 se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: 1°. A la ejecución iniciada por BANCO DEL ESTADO DE CHILE el ejecutado JUAN SEGUNDO MORÁN MENARES opuso las excepciones contempladas en el artículo 464 N°7 y N°11 del Código de Procedimiento Civil, en base a los antecedentes y fundamentos jurídicos enunciados en lo expositivo de esta sentencia. 2°. La ejecutante evacuó traslado y pidió el rechazo de las mismas, con costas, en virtud de expuesto en su presentación. 3°. El artículo 1698 del Código Civil dispone que la carga de la prueba corresponde a quien alega una la existencia de una obligación o su extinción. En este sentido, esta regla es aplicable a quien alega una determinada situación, recayendo en ésta la carga de la prueba. 4°. Para sustentar sus asertos, la parte ejecutante allegó a folio 1 el pagaré fundante de la ejecución y certificado de deuda. Por su parte, la ejecutada no allegó a la contienda probanza alguna. 5°. Respecto de la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, se debe señalar que ésta tiene por objeto controlar la concurrencia de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que la acción ejecutiva pueda prosperar. Es decir, debe sostenerse en que el título fundante de la ejecución no es ejecutivo, que la obligación no es actualmente exigible, o bien que la obligación no es líquida. La referida excepción ha de su
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C-1680-2025?? ? Foja: 1 NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 1º Juzgado Civil de Talcahuano CAUSA ROL???: C-1680-2025 CARATULADO??: BANCO DEL ESTADO D E CHILE/MORÁN Talcahuano, quince de septiembre de dos mil veinticinco VISTO: A folio 1 compareció MAXIMILIANO JOSÉ SANCHEZ DERIO, abogado, en representación de BANCO DEL ESTADO DE CHILE, empresa autónoma de créditos del Estado, represent
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