1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

LOREN/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS SA

Rol

T-1025-2024

Fecha

13 de junio de 2025

Materia

Art. 485 inciso 3º CT, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que comparece doña KELLY CRISTINA LOREN JIMÉNEZ, cédula nacional de identidad N° 14.679.408-4, con domicilio en calle Paseo La Florida N° 1.909, comuna de La Florida, e interpone denuncia, en procedimiento especial de tutela de derechos fundamentales, por vulneración de derechos con ocasión del despido, recargo legal y cobro de prestaciones e indemnizaciones legales en contra de la sociedad COLMENA GOLDEN CROSS S.A., del rubro de las isapres, rol único tributario N° 76.296.619-0, representada legalmente por la señora CAROLA ALEJANDRA SCHWENCKE REYES, desconoce profesión u oficio, cédula nacional de identidad N° 12.146.854-9, con domicilio en calle Los Militares N° 4.777, Torre 1, Piso 5, comuna de Las Condes, fundada en los siguientes hechos: Señala que comenzó a prestar servicios para la denunciada como Analista Contable desde el 01 de enero de 2023, siendo mi contrato de trabajo de duración indefinida. En cuanto a su jornada de trabajo, me encontraba excluida de la limitación de jornada según lo dispuesto en el artículo 22 inciso 2° del Código del Trabajo. Refiere que su remuneración, para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, corresponde a la suma de $1.496.359.- En cuanto al término de la relación laboral, expone que el 22 de febrero de 2024, se reincorporó a sus funciones después de sus vacaciones y su jefatura directa el señor Álvaro Farías le pidió sumarse a una reunión a través de GoogleMeet, en la cual se le comunicó la decisión de la empresa de poner término a su contrato de trabajo en razón de la causal de caducidad del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, con efecto inmediato, fundada en los siguientes hechos: "Como es de público conocimiento, Colmena ha sufrido pérdidas considerables en los últimos tres años, lo que ha tenido un grave impacto económico que se refleja en los Estados Financieros y reportes

Fundamentos

fundamentos de derecho, solicita: 1. Que, se DECLARE que prestó servicios bajo subordinación y dependencia de la denunciada como Analista Contable desde el 01 de enero de 2023 al 22 de febrero de 2024. 2. Que, para la determinación de su antigüedad laboral, se estará a la cláusula sexto de su contrato de trabajo de fecha 01 de enero de 2023, siendo su fecha de ingreso para estos efectos el 11 de junio de 2015. 3. Que, la base de cálculo para la determinación de sus indemnizaciones legales según dispone el artículo 172 del Código del Trabajo corresponde a la suma de $1.496.359.- (un millón cuatrocientos noventa y seis mil trescientos cincuenta y nueve pesos). 4. Que, la denunciada ha vulnerado su garantía fundamental consagrada en el artículo 2 incisos 3° y 4° del Código del Trabajo, correspondiente al principio de no discriminación, con ocasión de mi despido cursado el 22 de febrero de 2024 en razón de la causal de caducidad del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo.- 5. Que, se condene a la denunciada al pago de la indemnización legal que manda el artículo 489 del Código del Trabajo equivalente a 11 remuneraciones por la suma de $16.459.949.- (dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil novecientos cuarenta y nueve pesos).- 6. Que, se ordene al Gerente General y Gerente de Recursos Humanos (o cualquier otro cargo de la plana superior jerárquica de la denunciada) a la asistencia y aprobación de algún curso impartido por alguna Universidad de la ciudad de Santiago sobre "Garantías fundamentales de los trabajadores", con una duración mínima de tres meses. 7. Que, la denunciada pague los siguientes conceptos: - Recargo legal del 30% sobre su indemnización por años de servicio según dispone el artículo 168 letra a) del Código del Trabajo: $4.013.169.- (cuatro millones trece mil ciento sesenta y nueve pesos) - Restitución de los dineros descontados de sus indemnizaciones con cargo al aporte patronal al seguro de desempleo: $654.490.- (seiscientos cincuenta y cuatro mil cuatrocientos noventa pesos). Todo mas reajustes, intereses y costas de la causa. En el primer otrosí, en subsidio de lo principal, deduce demanda por despido improcedente, recargo legal y cobro de prestaciones. Por economía procesal, solicita tener por enteramente reproducido lo señalado en el Título I de lo principal de esta pieza. Agrega además que, la carta de despido no indica cuál es la situación patrimonial actual de la denunciada, refiere la existencia de períodos con pérdidas pero no señala cómo esa situación se ve reflejada en su patrimonio para efectos de poder determinar la gravedad de su situación. Los hechos justificantes de la procedencia de la causal, no corresponden a circunstancias permanentes en el tiempo, por ejemplo, la pandemia por COVID- 19 ya ha sido controlada y no representa un riesgo para la sociedad ni un exceso de atenciones médicas en relación a esas patologías. Refiere que, la acumulación de prestaciones médicas postergadas por los

Fallo

fallo de fecha 17 de enero de 2023, la conocer el recurso de unificación de jurisprudencia Rol 87286-2021, esta decisión no ha sido tomada en base a una mera reestructuración voluntaria de Colmena a fin de obtener mayores beneficios, sino que obedece a criterios de Gravedad y Externalidad. En este sentido, respecto a la Gravedad, como ya fue señalado, tanto al pandemia de Covid-19 y sus consecuencias en el aumento de la carga patrimonial que implicó para la Empresa al aplicación de la Ley N° 21.350, el aumento en los costos de salud y el consecuente incremento de las prestaciones de salud en los últimos 3 años, generaron pérdidas históricas a Colmena por MM$19.417 en el año 2021 y de MM$39.023 para el año 2022, lo que obliga a tomar la decisión de reestructurar de manera permanente la Empresa, particularmente el Área en la cual usted es desempeña. Respecto a la Externalidad, los factores externos que afectaron gravemente a Isapre Colmena son completa y totalmente ajenos a la voluntad y control de ésta, quien ha debido continuar prestando sus servicios a lo largo del país al conformar un servicio de primera necesidad, sin embargo. atendido a la situación ya relatada no queda otra opción más que la reestructuración de las diferentes áreas de la Isapre a fin de mantener la viabilidad económica de la misma y no poner en peligro su subsistencia. Es en consecuencia de todo lo señalado que, su cargo de Analista Contable perteneciente a la Gerencia de Finanzas, forma parte de este p

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago MATERIA: TUTELA LABORAL CON OCASIÓN DEL DESPIDO, EN SUBSIDIO DESPIDO INJUSTIFICADO. DEMANDANTE: KELLY CRISTINA LOREN JIMENEZ. DEMANDADA: ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A. RUC N°: 24-4-0567031-K RIT N°: T-1025-2024. Santiago, trece de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que comparece doña KELLY CRISTINA LOREN JIMÉNE

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