G4S SECURITY SERVICE REGIONES S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO COPIAPÓ
Rol
I-59-2024
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos constatados. Pide se rechace la reclamación, con costas. TERCERO: Que, llamadas las partes a conciliación esta no se produce. CUARTO: Que, se estableció el siguiente hecho no discutido: se cursaron las multas N° 9986/24/41, por 60 Unidades Tributarias Mensuales cada una, dos multas. A su turno, se fijaron como hechos controvertidos los siguientes: 1. Efectividad que el fiscalizador incurrió en error de hecho al cursar las sanciones. Circunstancias de aquello. 2. Hechos que sustentarían la rebaja de la cuantía de la multa cursada a la reclamante. QUINTO: Que, la reclamante rindió la siguiente prueba: 1. Resolución Multa N°9986/24/41 de fecha 05 de agosto de 2024, dictada por la Inspección Provincial del Trabajo Copiapó. 2. Acta de notificación y de requerimiento de documentación y citación N°0304/24/758 emitida por la Inspección Provincial del Trabajo Copiapó con fecha 25 de julio de 2024. 3. Liquidaciones de remuneraciones de todos los trabajadores indicados en la resolución multa para el período comprendido entre enero y junio de 2024. 4. Certificado de pago emitido por el Banco de Chile con fecha 26 de julio de 2024. 5. Libro de asistencia relativo a los trabajadores indicados en la resolución multa para junio y julio de 2024. 6. Charlas de seguridad realizadas entre junio y agosto de 2024. SEXTO: Que, por su parte, la reclamada rindió la siguiente prueba: 1. Carátula de Informe de Fiscalización N°0301/2024/758. 2. Informe de Exposición de fiscalización N°0301/2024/758. 3. Presentación de denuncia fecha 04 de julio de 2024 N° expediente E174863/2024. 4. Notificación de Inicio de Fiscalización N°0301/2024/758 (FI-1). 5. Antecedentes Verificados en la Fiscalización N°0301/2024/758 (FI-2). 6. Acta de notificación de requerimiento de documentación de fiscalización N°0301/2024/758 (FI-4) de fecha 25 de julio de 2024. 7. Acta de notificación de requerimiento de documentación de fiscalización N°0301/2024/758 (FI-4) de fecha 30 de julio de 2024. 8. Anexo Nómina
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT I-59-2024 comparece G4S Security Services Regiones S.A., del giro de su denominación, representada por doña Rocío Macarena García De La Pastora Zavala, abogada, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello N° 2777, Las Condes y deduce reclamación en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Copiapó, representada por doña Lissett Tapia Milla, ambos domiciliados en Atacama Nº 443, segundo piso, Copiapó, pretendiendo se deje sin efecto la resolución de multa N°9986/24/41 de 5 de agosto de 2024, o en subsidio, se rebaje la cuantía de la sanción, con costas. Funda su reclamación en que el 5 de agosto de 2024 se cursó multa por no llevar correctamente el registro de asistencia y de horas trabajadas y, además, por no cumplimiento de la resolución que autorizó un sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descanso, imponiendo dos multas de 60 UTM cada una. Aduce que se incurrió en un error de hecho, puesto que ambas multas se fundan en que los trabajadores asistieron a una charla de seguridad 5 minutos antes del inicio de la jornada de trabajo, habida cuenta que aquello supone interpretar que la jornada de trabajo se inició en forma anticipada a través de la charla aludida, careciendo de facultades para ello. Alega que se infringieron los principios de proporcionalidad y non bis in ídem al imponer dos sanciones por un mismo hecho, al tiempo que la resolución de multa no contiene una fundamentación adecuada, por lo que carece de motivación. En subsidio, solicita la rebaja de la multa al mínimo legal. SEGUNDO: Que, la demandada contestó pidiendo el rechazo de la reclamación en atención a que el Sindicato G4S Faena Candelaria solicitó fiscalización de los libros de asistencia por llegar media hora antes y retirarse media hora después y, previa revisión de documentos y entrevistas, el fiscalizador constató que los trabajadores ingresaron antes de la hora autorizada a trabajar, a una charla de seguridad entre las 18:30 y las 18:45 horas. Sostiene que el fiscalizador constató el hecho infraccional, gozando de presunción de veracidad aquello. Añade que no se ha infringido el non bis in ídem, desde que los incumplimientos obedecen a distintos mandatos legales. Sostiene que la multa fue cursada de acuerdo al Manual de Procedimiento de Fiscalización de la Dirección del Trabajo y conforme a los criterios de la naturaleza de la infracción, la afectación de derechos laborales, el número de afectados y la conducta del empleador, los que quedan plasmados en el denominado Tipificador de Multas, lo que descarta vulneración al principio de proporcionalidad. Niega haber incurrido en un error de hecho, habida cuenta que el fiscalizador cuenta con facultades para calificar jurídicamente los hechos constatados. Pide se rechace la reclamación, con costas. TERCERO: Que, llamadas las partes a conciliación esta no se produce. CUARTO: Que, se estableció el siguiente hecho no discutido: se cursaron las multas
Fallo
Por lo expuesto, normas citas y visto, además, lo dispuesto en los artículos 453, 454, 456, 457, 459, 496, 501, 503, 505 y 506 del Código del Trabajo, se declara: I. Que, se ACOGE, parcialmente la reclamación deducida por G4S Security Services Regiones S.A. y, en consecuencia, se rebaja la cuantía de la resolución de multa N°9986/24/41 de 5 de agosto de 2024 y se fija en el equivalente a 3 UTM, cada una. II. Que, cada parte soportará sus propias costas, por no resultar totalmente vencidas. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. RIT I-59-2024 RUC 24- 4-0632317-6 Dictada por don Alejandro Alberto Clunes Muñoz, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó.
Texto Completo (Preview)
Copiapó, trece de junio de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en causa RIT I-59-2024 comparece G4S Security Services Regiones S.A., del giro de su denominación, representada por doña Rocío Macarena García De La Pastora Zavala, abogada, ambos domiciliados en Avenida Andrés Bello N° 2777, Las Condes y deduce reclamación en contra de la Inspección Provincial del Trabajo d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica