VEGA/SOCIEDAD ESECORP SPA.
Rol
M-328-2024
Fecha
13 de junio de 2025
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos en que se funda la causal, según la carta señalada serían: "Vencimiento del Curso OS-10 que lo acredita como Guardia de Seguridad. La empresa deposita el valor correspondiente a la renovación del curso, según normas OS-10, el Sr. Vega durante meses declara estar tramitando, siendo esto falso, finalmente solicita vacaciones para ver este tema. Se le indica que de no presentar al menos la matricula, no podrá continuar en la empresa, el indica que lo hará, finalmente llegada la fecha, comenta que gasto el dinero en su auto y no presenta nada". Plantea su más absoluto rechazo a la causal de caducidad que se le imputa en la referida carta de despido, como a los hechos fundantes, descritos en la misma. Debo indicar que mi ex empleador Sociedad Esecorp SpA., funda su despido, en que su persona no habría efectuado el curso de renovación de guardia en OS-10, y que la empresa habría cancelado el mismo. Lo anterior es absolutamente falso, ya que el 23 de octubre de 2023, la demandada Sociedad Esecorp SPA., le deposita en su cuenta $50.000 y le dice que el saldo del costo del curso debe pagarlo su persona. Lo anterior es absolutamente ilegal, pues la Inspección del Trabajo, en forma habitual, ha indicado que la renovación del curso OS-10 de un guardia en ejercicio de sus funciones para un empleador es de cargo integro de la empresa. (Véase Ordinario 3515 de 09 septiembre de 2014). En el caso concreto el curso de renovación de guardia en OS-10, que tiene un costo de $110.000 en una cuota y de $120.000 en dos cuotas, nunca fue financiado por la demandada Sociedad Esecorp SpA., y solo se le depositó 6 meses antes de su despido, menos de 50% del valor, expresando que su persona debía cancelar el saldo restante. Sin perjuicio de lo anterior, corresponderá a la parte demandada probar la veracidad de los hechos expuestos en la carta. Por los
Fundamentos
fundamentos anteriores, necesariamente el despido del que he sido objeto debe ser declarado indebido. Refiere antecedentes de derecho, cita normas legales y concluye solicitando tener por interpuesta demanda en procedimiento monitorio laboral por despido indebido y cobro de prestaciones laborales, en contra de Sociedad Esecorp SPA., representada legalmente por Richard Elson Sepúlveda Rojas, y solidaria o en subsidio subsidiariamente, en contra de Premium Wines S.A., representada por Laurent Teillet Si, todos ya individualizados, y en definitiva declarar: a) Declaración de existencia de régimen de subcontratación y responsabilidad solidaria: Se declare que entre las partes demandadas, existe un régimen de subcontratación de aquellos regulados en la ley, que se extendió desde el 01 de febrero de 2020 al 22 de marzo de 2024; y además se declare que las demandadas Sociedad Esecorp SPA. y Premium Wines S.A., son solidariamente responsables de las obligaciones dinerarias derivadas de la presente acción y o en subsidio se declare la responsabilidad subsidiaria de Premium Wines S.A., para el evento que ésta última acredite haber hecho uso de los derechos de información y retención en la forma prevista por la Ley. b) Declaración de que el Despido es indebido: Que, el despido, invocando la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, del que he sido objeto por parte de mi ex - empleador Sociedad Esecorp SpA., debe ser declarado indebido. c) Indemnización sustitutiva de aviso previo: Derivado de lo anterior se condene a Sociedad Esecorp SpA. y solidaria o en subsidio subsidiariamente Premium Wines S.A., al pago de $575.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. d) Indemnización por años de servicios: Derivado de lo anterior se condene a Sociedad Esecorp SpA. y solidaria o en subsidio subsidiariamente PREMIUM WINES S.A., al pago de $2.300.000 por concepto de indemnización por CUATRO años de servicios. e) Incremento legal del 80% de la Indemnización por años de servicio: Se condene a Sociedad Esecorp SpA. y solidaria o en subsidio subsidiariamente Premium Wines S.A., al pago de $1.840.000 por concepto del recargo legal establecido en el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo, equivalente al 80% de la respectiva indemnización por el año de servicio. f) Prestaciones laborales: Que se condene a la parte demandada Sociedad Esecorp SpA. y solidaria o en subsidio subsidiariamente Premium Wines S.A., al pago de las prestaciones laborales que contempla el cuerpo de esta demanda y que ascienden a un total de $79.925, a favor de su persona, por concepto de indemnización de feriado proporcional respecto del periodo 01 de febrero al 22 de marzo, ambos de 2024; g) Intereses y reajustes legales: Que las sumas señaladas en las letras c) a f), ambas inclusive, sean pagadas por la parte demandada Sociedad Esecorp SpA. y solidaria o en subsidio subsidiariamente Premium Wines S.A., en forma reajustada; y hecho lo anterior, con los interes
Fallo
Por tanto, su última remuneración mensual, conforme y para los efectos del artículo 172 inciso 1° del Código del Trabajo, asciende a la cantidad de $575.000.- Con fecha 22 de marzo de 2024, al llegar a prestar mis servicios, posterior a su periodo de feriado legal, se le indicó que no tiene la autorización para ingresar a la instalación pues estaba despedido por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato. De igual forma, posteriormente le llegó por correo carta de despido donde se aduce como causal legal de término la establecida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, manifestando la misiva, que la causal es: "Incumplimiento Grave de las obligaciones que impone el contrato". Los hechos en que se funda la causal, según la carta señalada serían: "Vencimiento del Curso OS-10 que lo acredita como Guardia de Seguridad. La empresa deposita el valor correspondiente a la renovación del curso, según normas OS-10, el Sr. Vega durante meses declara estar tramitando, siendo esto falso, finalmente solicita vacaciones para ver este tema. Se le indica que de no presentar al menos la matricula, no podrá continuar en la empresa, el indica que lo hará, finalmente llegada la fecha, comenta que gasto el dinero en su auto y no presenta nada". Plantea su más absoluto rechazo a la causal de caducidad que se le imputa en la referida carta de despido, como a los hechos fundantes, descritos en la misma. Debo indicar que mi ex empleador Sociedad Esecorp SpA., funda su despido, en
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Causa Ruc 24-4-0578015-8 Rit M-328-2024 Materia Despido injustificado Procedimiento Monitorio Demandante Juan Manuel Vega Ibarra C.I. 16.294.134-8 Abogados Fernando Mauricio Maureira Erika Adelina Valdivia Soto C.I. 12.520.585-2 C.I. 12.910.428-7 Demandado Sociedad Esecorp SpA. Premium Wines SA. Rut 77.200.015-4 Rut 76.939.360-9 Abogados Felipe Ignacio Escobar Maturana Pablo
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