HERRERA/
Rol
V-147-2025
Fecha
11 de septiembre de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, don Francisco Ignacio Herrera Balcarce, empleado, domiciliado en Manuel Bulnes N° 1667-B, de esta ciudad, deduce reclamo en contra del Conservador de Bienes Raíces de Alto Hospicio, por haberse negado a inscribir la escritura pública de adjudicación en remate extendida en la causa Rol C-3986-2023 del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad, y en cuya virtud adquirió el inmueble consistente en la Casa y Sitio Número 5 del Pasaje San Luis del Condominio San Francisco, ubicado en calle Santa Paula N° 3936, Alto Hospicio, fundando dicho auxiliar su decisión en el cambio de estado civil del antiguo dueño -de casado en sociedad conyugal a divorciado-, por lo que, en consecuencia, la adjudicación debería realizarse sólo respecto a derechos; solicitando, en definitiva, se ordene al reclamado practicar la inscripción de la referida escritura pública. SEGUNDO: Para acreditar su petición, el solicitante acompañó a folio 1, copias digitalizadas de certificación presuntiva carátula N° 43541 del Conservador de Bienes Raíces de Alto Hospicio; orden de trabajo; y escritura pública de adjudicación en remate Repertorio N° 1356-2024, de 26 de agosto de 2024 suscrita ante la Notaria Público de esta ciudad Sra. Heidi Cavieres Araya. TERCERO: A folio 9, consta informe evacuado por el reclamado. CUARTO: A folios 13 y 14, se tuvo a la vista la causa Rol C- 3986-2023 del Primer Juzgado de Letras de esta ciudad caratulada “Banco de Crédito e Inversiones con Valdivia”, y se incorporó certificado de matrimonio del anterior dueño, requeridos como medida informativa. QUINTO: Para resolver entonces, teniendo en consideración que el artículo 13 del Reglamento del Conservador de Bienes Raíces, únicamente autoriza a dicho auxiliar para negar una inscripción si ésta no contiene las designaciones legales al efecto, el análisis de la documental arriba reseñada y de la causa tenida a la vista, conforme los artículos 818 y 819 del Código de Procedimiento Civil, permite tener por establecidos los siguientes hechos de relevancia: 1.- El 29 de agosto de 2023, el Banco de Crédito e Inversiones dedujo demanda ejecutiva en contra de don Mauricio Alejandro Valdivia Cortes, persiguiendo una acreencia que, a la fecha, ascendía a $12.629.818, despachándose el respectivo mandamiento de ejecución y embargo en contra del deudor. 2.- El 8 de septiembre de 2023, accediéndose a lo requerido por el actor, se tuvo presente para trabar embargo a su respecto el inmueble consistente en la Casa y Sitio N° 5 del Pasaje San Luis del Código: JDSDBCXXRVH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Condominio San Francisco, ubicado en calle Santa Paula N° 3936, Alto Hospicio, inscrito a nombre del demandado Sr. Valdivia Cortes a fojas 527, N° 495 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Alto Hospicio del año 2022, según daba cuenta el certificado de dominio vigente y la copia de inscripción, emit
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 13, 18 y siguientes del Reglamento Conservatorio de Bienes Raíces; 479 y siguientes, y 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE ACOGE el reclamo planteado por don Francisco Ignacio Herrera Balcarce, y se ordena al señor Conservador de Bienes Raíces de Alto Hospicio, proceder a practicar la inscripción de la escritura pública de adjudicación en remate suscrita el 26 de agosto de 2024 ante la Notaria Público de esta ciudad Sra. Heidi Cavieres Araya. Regístrese, otórguese copia autorizada, y archívese en su oportunidad. Rol V-147-2025. Dictada por DAVID ORLANDO SEPÚLVEDA CID, Juez Suplente del Tercer Juzgado de Letras de Iquique. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. Iquique, once de septiembre de dos mil veinticinco. Código: JDSDBCXXRVH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-09-11T12:17:07-0300
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Iquique, once de septiembre de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: A folio 1, don Francisco Ignacio Herrera Balcarce, empleado, domiciliado en Manuel Bulnes N° 1667-B, de esta ciudad, deduce reclamo en contra del Conservador de Bienes Raíces de Alto Hospicio, por haberse negado a inscribir la escritura pública de adjudicación en remate extendida en la causa Rol C-3986-2023 del Prim
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