1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FAÚNDEZ/SERVICIO DE LIMPIEZA INDUSTRIAL SAFFIE LTDA

Rol

O-4097-2024

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 41, 42, 63, 71, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 453, 459 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda presentada por doña Isabel Cristina Sánchez Cruz y don Juan Carlos Faúndez Carvajal, ambos individualizados, en contra de Servicio de Limpieza Industrial Saffie Limitada, declarándose que el despido sufrido por ellos con fecha 1 de abril de 2024 es carente de causal y por lo tanto se deberán pagar las siguientes indemnizaciones por término de contrato Respecto de doña Isabel Sánchez a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por $1.379.301.- b. Indemnización por años de servicio por $5.517.204.- c. Recargo legal del 50% por 2758602.- Respecto de don Juan Carlos Faúndez a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por $595.000.- b. Indemnización por años de servicio por $2.975.000.- c. Recargo legal del 50% por $1.487.500.- II. Que además deberán pagarse las siguientes prestaciones de origen laboral respecto de ambos demandantes: En el caso de doña Isabel Sánchez a. Feriado legal por 1931021.- b. Feriado proporcional por 119.539 En el caso de don Juan Carlos Faúndez a. Feriado legal por $416.500.- III. Las sumas ordenadas pagar devengarán los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Deberá descontarse de lo que se ordena pagar aquellas cantidades que efectivamente se hayan recibido por los demandantes con motivo del acuerdo que se ha celebrado en esta audiencia con el Hospital Luis Calvo Mackenna por provenir en este caso de una misma fuente y evitar así un enriquecimiento sin causa. V. No se condena en costas a la demandada por no haber comparecido a estrados y por no haber opuesto resistencia procesal alguna. Regístrese y archívense los antecedentes en su oportunidad. Dirigió la audiencia don Eduardo Alejandro Ramírez Urquiza, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. La

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que han comparecido a este 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Isabel Cristina Sánchez Cruz, cédula de identidad N°9.456.989-3 y don Juan Carlos Faúndez Carvajal, cédula de identidad N°7.127.065-3, ambos domiciliados en Miraflores N°113 oficina 51, comuna y ciudad de Santiago, interponiendo demanda en contra de Servicio de Limpieza Industrial Saffie Limitada, RUT N°76.376.886-4, representada legalmente por Claudia Andrea Saffie Alarcón, cédula de identidad N°17.870.569.5, con domicilio en Antonio Varas N°360, comuna de Providencia.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 41, 42, 63, 71, 73, 162, 163, 168, 172, 173, 415, 420, 423, 446, 453, 459 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda presentada por doña Isabel Cristina Sánchez Cruz y don Juan Carlos Faúndez Carvajal, ambos individualizados, en contra de Servicio de Limpieza Industrial Saffie Limitada, declarándose que el despido sufrido por ellos con fecha 1 de abril de 2024 es carente de causal y por lo tanto se deberán pagar las siguientes indemnizaciones por término de contrato Respecto de doña Isabel Sánchez a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por $1.379.301.- b. Indemnización por años de servicio por $5.517.204.- c. Recargo legal del 50% por 2758602.- Respecto de don Juan Carlos Faúndez a. Indemnización sustitutiva del aviso previo por $595.000.- b. Indemnización por años de servicio por $2.975.000.- c. Recargo legal del 50% por $1.487.500.- II. Que además deberán pagarse las siguientes prestaciones de origen laboral respecto de ambos demandantes: En el caso de doña Isabel Sánchez a. Feriado legal por 1931021.- b. Feriado proporcional por 119.539 En el caso de don Juan Carlos Faúndez a. Feriado legal por $416.500.- III. Las sumas ordenadas pagar devengarán los reajustes e intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV. Deberá descontarse de lo que se ordena pagar aquellas cantidades que efectivamente se hayan recibi

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (AUDIENCIA PRESENCIAL) FECHA 09/06/2025, Santiago RUC 24- 4-0581257-2 RIT O-4097-2024 CARATULADO FAÚNDEZ/SERVICIO DE LIMPIEZA INDUSTRIAL SAFFIE LTDA MAGISTRADO Eduardo Alejandro Ramírez Urquiza ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Valenzuela Ponce HORA DE INICIO 10:23 HORA DE TERMINO 11:21

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