GAJARDO/ACSA INTERNATIONAL SPA
Rol
O-108-2024
Fecha
7 de junio de 2025
Materia
Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña GIORGINA DEL CARMEN GAJARDO VARGAS, cédula nacional de identidad Nº 12.125.908-7, quien interpone demanda laboral de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, en juicio ordinario laboral, en contra del empleador ACSA INTERNATIONAL SPA, representada legalmente por don Fernando Videla Leigh, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle José Miguel Infante N° 8745, Renca, Santiago. Funda su demanda, en síntesis, en que el día 17 de noviembre de 2023 ingresó a sus labores en el packing a eso de las 08:00 hrs. dirigiéndose al casino, baños y oficinas haciendo sus respectivos aseos en cada área como también una de sus principales labores que era calentar las comidas de los trabajadores de la empresa. Alrededor del mediodía 13:30 hrs. se encontraba en el casino viendo las comidas de los trabajadores, horario de colación, la trabajadora estaba preparando una taza de té y una compañera se percata que no quedaba azúcar, dicha colega de trabajo va a buscar azúcar a otro sector del trabajo, la cual trajo una bolsa plástica transparente con un contenido que hasta ese momento aparentaba ser azúcar, sin ningún rotulado o etiquetado que señalara su real materia. Acto seguido, procede a rellenar el azucarero del casino echando a su té tres cucharas, el cual lo ingirió después de terminado su almuerzo, donde a los minutos posteriores comenzó a sentir alto extraño el sabor, lo cual la puso en alerta asustándose por ello, y se dirigió raudamente el baño para expulsar lo ingerido. Enseguida, dio aviso a don Luis Ortiz (Prevencionista de Riesgo de la empresa) donde le exhibe la bolsa plástica con el supuesto contenido de azúcar, activando un eventual conducto regular, haciendo un levantamiento de donde se podría haber sacado ello desde la empresa. Más tarde, arribó la Encargada de Control de Calidad doña Geraldine quien dice de manera categórica que el contenido es un “producto químico, (Ácido Cítrico). Es ahí cuando el Sr. Luis Ortiz, Prevencionista de Riesgos de la empresa, le manifiesta a la trabajadora que no se va a morir, bajando el perfil a la situación, sabiendo a ese momento que la ingesta era un producto químico. Pese a estar en pleno conocimiento de lo ingerido por la trabajadora, la empresa le ordena o mandata a que reanudes sus labores como si no hubiera pasado nada, con total indolencia, displicencia de lo acaecido (actuar negligente). En ningún instante le sugirieron u ordenaron que se dirigiera a la mutualidad respectiva para ser atendida como es de costumbre en casos de esta índole, no quedando más alternativa que continuar con sus labores de conformidad a lo ordenado por sus superiores. Fue así, que eso de las 16:30 hrs, empezaron a manifestarse algunos síntomas en su organismo producto del químico ingerido, dirigiéndose de inmediato a la oficina de su jefe directo, Sr. Felipe Garrido, donde toma recién conocimiento de lo sucedido por el testimonio de la afectada. Es ahí cuando él la autor
Fallo
se resuelve: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por doña GIORGINA DEL CARMEN GAJARDO VARGAS en contra de ACSA INTERNATIONAL SPA, representada legalmente por don Fernando Videla Leigh, ignora profesión u oficio, ambos y, en definitiva, se condena a la demandada al pago de los siguientes montos y conceptos: a) $35.000.000, por concepto de daño moral; b) Intereses y reajustes de conformidad con lo dispuesto con los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, desde que la presente sentencia se encuentre ejecutoriada. II.- Que se condena en costas a la demandada, por haber sido totalmente vencida y no tener motivo plausible para oponerse, regulándose las personales en la suma de $3.000.000. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. RIT: O-108-2024 RUC: 24-4-0594732-K Dictada por don SEBASTIÁN IGNACIO BRAVO IBARRA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras de Rengo. En Rengo a siete de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario la resolución precedente.
Texto Completo (Preview)
Rengo, siete de junio de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña GIORGINA DEL CARMEN GAJARDO VARGAS, cédula nacional de identidad Nº 12.125.908-7, quien interpone demanda laboral de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo, en juicio ordinario laboral, en contra del empleador ACSA INTERNATIONAL SPA, representada legalmente por don Fernando Videla Leigh, igno
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica