2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ALIANZA SEGURIDAD LIMITADA/CASTRO

Rol

I-792-2024

Fecha

6 de junio de 2025

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X RECEPCIÓN DE PRUEBAS OFRECIDA PARTES X OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTES X DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA X Al escrito de patrocinio y poder parte reclamada: A lo principal: téngase presente el patrocinio y poder; Al primer otrosí: téngase por acompañada la resolución indicada; Al segundo otrosí: téngase presente correo electrónico. A los escritos de digitalización de documentos de las partes: Téngase por acompañados los documentos. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda. Llamado a Conciliación: Llamadas las partes a conciliación esta no se produce, atendido que la reclamada no tiene facultades para ello. Hechos a Probar: El Tribunal, estimando que existen hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar: 1. Si la reclamante incurrió en la conducta por la que fue multada. 2.

Fundamentos

Fundamentos de la resolución reclamada, particularmente respecto a la cuantía de la sanción cursada. Medios de Prueba: LA PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Documentos relativos a RODRIGO GARRIDO CÉSPEDES, Rut: 13.884.281-9: a) Contrato de Trabajo de fecha 25 Julio del 2023. b) Carta de aviso de término de Contrato de Trabajo de fecha 21 de junio del 2024, comprobante de carta de aviso para terminación del contrato de trabajo y comprobante de envío de Correos de Chile. c) Finiquito de Trabajo de fecha 05 de septiembre del 2024, ratificado notarialmente con fecha 05 de septiembre de 2024. d) Anexos De Contrato De Trabajo denominado “INFORMA CAMBIO DE LUGAR DE TRABAJO.” e) Pauta de trabajo semana del 25 al 31 de julio del 2023 f) Liquidación de sueldo correspondiente a los meses de mayo y junio del 2023. Se deja constancia que no hay objeciones ni de fondo ni de pertinencia respecto de los documentos ofrecidos.- LA PARTE RECLAMADA OFRECE E INCORPORA LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Resolución de Multa N°1929/2024/191 de fecha 31 de Julio de 2024. 2) Notificación de Resolución de Resolución de Multa N°1929/2024/191, enviada mediante correo electrónico con fecha 03 de octubre de 2024. 3) Presentación de Reclamo Ante la Inspección del Trabajo, 1324/2024/17540 de fecha 25 de Junio de 2024. 4) Notificación de ¨Presentación de Reclamo ante la Inspección del Trabajo; citación a comparendo de Conciliación y Requerimiento de documentos. 5) Acta de Comparendo de Conciliación de fecha 31 de Julio de 2024. 6) Carta de Aviso termino de Contrato de fecha 21 de Julio de 2024. 7) Contrato de Trabajo, entre la empresa Alianza de Seguridad Ltda. y el Trabajador Rodrigo Cristóbal Garrido Céspedes, de fecha 25 de Julio de 2023. Se deja constancia que no hay objeciones ni de fondo ni de pertinencia respecto de los documentos ofrecidos.- Se deja constancia que no se decreta la custodia de los documentos. _______________________________________________________________________ Habiendo las partes realizado sus respectivas observaciones a la prueba, el Tribunal procede a dictar sentencia en este acto: SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Y, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 162, 420 y siguientes, 456, 496 y siguientes, 501, 503, 506 y 506 quáter del Código del Trabajo, y 19 de la Constitución Política de la República,

Fallo

se resuelve que: I. Se ACOGE PARCIALMENTE la demanda en cuanto a que se acoge la petición subsidiaria de rebajar la cuantía de la multa cursada mediante la resolución administrativa de multa número 1929/2024/191, de 31 de julio de 2024, del Centro de Conciliación y Mediación de la Dirección Regional del Trabajo Metropolitano Oriente, cuya cuantía pasa de las 60 a las 3 Unidades Tributarias Mensuales. II. No se condena en costas a ninguna de las partes por no haber sido ninguna totalmente vencida. Téngase presente que se tiene por notificadas a las partes en este mismo acto del fallo dictado conforme pone el artículo 457 inciso 2 del Código del Trabajo. Regístrese y archívese su oportunidad. Dirigió don SANTIAGO PEÑA BAZAN, Juez suplente del 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.- Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, seis de junio de dos mil veinticinco.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 06 DE JUNIO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 24-4-0617561-4 RIT I-792-2024 SALA 1 MAGISTRADO SANTIAGO PEÑA BAZAN ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN PANES GARRIDO HORA DE INICIO 10.16 HORAS HORA DE TERMINO 11.03 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440617561-4

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