PINO/GRUPO TELEPIZZA CHILE S.A.
Rol
O-9-2025
Fecha
3 de junio de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y solicita tener por contestada la demanda. Que con fecha 27 de marzo de 2025 (folio 55) se realiza la audiencia preparatoria, a la cual comparecen ambas partes. En ella se efectuó el llamado a conciliación sobre las bases de acuerdo del tribunal, el cual no tuvo resultados positivos. A continuación se recibió la causa a prueba, estableciéndose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos: 1) Existencia de una relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia entre los demandantes y demandado; inicio y término de la misma; remuneración pactada y/o última remuneración mensual. 2) Efectividad de adeudarse feriado legal y/o proporcional, monto adeudado. 3) Efectividad que el despido de los trabajadores fue verbal, sin expresión de causa, manteniendo el cumplimiento de las formalidades del despido. 4) Efectividad de adeudarse remuneraciones a los trabajadores, monto adeudado. 5) Efectividad que el demandado se encuentra sujeto a un procedimiento de liquidación concursal, fecha de la liquidación. Que con fecha 16 de mayo de 2025 (folio 56), se realiza la audiencia de juicio, sólo con la asistencia de la parte demandante. En ella fueron incorporados los medios de prueba y, al término de la misma, se formularon las observaciones a la prueba rendida. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los actores relatan individualmente su vínculo laboral con Telepizza Chile S.A. 1. ARYADNA AMELIE LEIVA CISTERNAS: comenzó a trabajar el 04 de octubre de 2024, siendo el último cargo desempeñado para la demandada el de PIZZERO PART TIME, (20 horas) prestando servicios en el establecimiento de la demandada correspondiente a la tienda VILLA ALEMANA TLP ubicado en Av. Valparaíso 1015 Loc. B y C, Comuna de Villa Alemana, ciudad de Marga Marga, mi jornada era de 20 horas semanales, siendo su contrato de duración indefinida y su última remuneración mensual para los efectos del artículo 172 corresponde a la suma de $252.726. 2. CAROLINA PAZ SOTO PAINEQUEO: comenzó a trabajar el 26 de diciembre de 2007, siendo el último cargo desempeñado para la demandada el de GERENTE DE RESTAURANTE 1, prestando servicios en el establecimiento de la demandada correspondiente a la tienda VILLA ALEMANA TLP ubicado en Av. Valparaíso 1015 Loc. B y C, Comuna de Villa Alemana, ciudad de Marga Marga, mi jornada era de 44 horas semanales, siendo su contrato indefinido y su última remuneración mensual para los efectos del artículo 172 corresponde a la suma de $1.511.415. 3. DIEGO ANDRÉS FLORES MUÑOZ: comenzó a trabajar el 21 de agosto de 2021, siendo el último cargo desempeñado para la demandada el de PIZZERO PART TIME (20 HORAS), prestando servicios en el establecimiento de la demandada correspondiente a la tienda VILLA ALEMANA TLP ubicado en Av. Valparaíso 1015 Loc. B y C, Comuna de Villa Alemana, ciudad de Marga Marga, mi jornada era de 20 horas semanales, siendo su contrato indefinido y su última remuneración mensual para los efectos del artículo 172 corresponde a la suma de $415.585. 4. FERNANDA ALINE HUAIQUIL BARRERA: comenzó a trabajar el 06 de enero de 2024, siendo el último cargo desempeñado para la demandada el de PIZZERO PART TIME (25 HORAS), prestando servicios en el establecimiento de la demandada correspondiente a la tienda VILLA ALEMANA TLP ubicado en Av. Valparaíso 1015 Loc. B y C, Comuna de Villa Alemana, ciudad de Marga Marga, mi jornada era de 25 horas semanales, siendo su contrato indefinido y su última remuneración mensual para los efectos del artículo 172 corresponde a la suma de $297.562. 5. ISIDORA FERNANDA ESPINOZA ROJAS: comenzó a trabajar el 16 de noviembre de 2024, siendo el último cargo desempeñado para la demandada el de PIZZERO PART TIME20 HORAS, prestando servicios en el establecimiento de la demandada correspondiente a la tienda VILLA ALEMANA TLP ubicado en Av. Valparaíso 1015 Loc. B y C, Comuna de Villa Alemana, ciudad de Marga Marga, mi jornada era de 20 horas semanales, siendo su contrato indefinido y su última remuneración mensual para los efectos del artículo 172 corresponde a la suma de $352992 6. MIGUEL IGNACIO VARAS NORIEGA: comenzó a trabajar el 19 de junio de 2021, siendo el último cargo desempeñado para la demandada el de JEFE DE TURNO 3, prestando servicios en el establecimiento de la demandada correspo
Fallo
fallo corresponde al juzgado civil que declaró la liquidación. TERCERO: Que la parte demandante rindió en juicio las siguientes probanzas: 1) Anexo de contrato de trabajo de fecha 11 de octubre de 2024 de la actora Fernanda Aline Huaiquil Barrera. 2) Anexo de contrato de trabajo de fecha 09 de diciembre de 2024 de la actora Fernanda Aline Huaiquil Barrera. 3) Liquidaciones de Remuneraciones del mes de marzo y noviembre de 2024 y enero de 2025 de la actora Fernanda Aline Huaiquil Barrera. 4) Anexo de pacto de horas extraordinarias de fecha 01 de enero de 2025 de la actora Fernanda Aline Huaiquil Barrera. 5) Liquidaciones de remuneraciones del mes de noviembre 2024, diciembre 2024 y enero 2025 de la actora Fernanda Isadora Espinoza Rojas. 6) Contrato de Trabajo de fecha 16 de noviembre de 2024 de la actora Fernanda Isadora Espinoza Rojas. 7) Liquidaciones de remuneraciones de los meses de julio 2024, agosto 2024, septiembre 2024, octubre 2024, noviembre 2024, diciembre 2024 del actor don Miguel Ignacio Varas Noriega. 8) Certificado de Antigüedad Laboral del actor don Miguel Ignacio Varas Noriega. 9) Contrato de Trabajo de fecha 19 de junio de 2021 del actor don Miguel Ignacio Varas Noriega. 10) Actualización de Contrato de Trabajo de fecha 06 de noviembre de 2021 del actor don Miguel Ignacio Varas Noriega. 11) Anexo de Contrato de Trabajo de fecha 01 de julio de 2022 del actor don Miguel Ignacio Varas Noriega. 12) Anexo de Contrato de Trabajo de fecha 01 de septiembre de 2023 d
Texto Completo (Preview)
Villa Alemana, tres de junio de dos mil veinticinco VISTOS, OÍDOS Y TENIENDO PRESENTE: Que con fecha 14 de febrero de 2025 (folio 2), comparecen ARYADNA AMELIE LEIVA CISTERNAS, cesante, cédula nacional de identidad número 22.107.288-K, domiciliada en Los Maitenes 2030, Villa Alemana, Villa Alemana; CAROLINA PAZ SOTO PAINEQUEO, cesante, cédula nacional de identidad número 17.104.278-K, domiciliada
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica