BUSTOS/FUNDACIÓN EDUCACIONAL LICEO NUESTRA SEÑORA MARÍA INMACULADA DE EL BOSQUE
Rol
M-223-2025
Fecha
2 de junio de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 63, 168, 173, 434 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se condena a la demandada Fundación Educacional Liceo de Nuestra Señora María Inmaculada Del Bosque, al pago de la suma de $5.170.228.- en favor del actor, al haberse allanado a la acción de despido injustificado ejercida en su contra. II. Que cada parte pagará sus costas. III. Que las sumas ordenadas a pagar deberán serlo con más intereses y reajustes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Quedan notificadas ambas partes del texto de la presente sentencia, de su contenido. Se pone también a disposición el registro de audio para los efectos de posibles recursos en su contra. Regístrese la misma y archívese los antecedentes en su oportunidad. RIT M-223-2025 RUC 25-4-0663878-5 Siendo las 10:26 horas se pone término a la presente audiencia. Dirigió Doña Juana Álvarez Arenas, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, dos de junio de dos mil veinticinco.- Página 4 de 4
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 63, 168, 173, 434 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se condena a la demandada Fundación Educacional Liceo de Nuestra Señora María Inmaculada Del Bosque, al pago de la suma de $5.170.228.- en favor del actor, al haberse allanado a la acción de despido injustificado ejercida en su contra. II. Que cada parte pagará sus costas. III. Que las sumas ordenadas a pagar deberán serlo con más intereses y reajustes de conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. Quedan notificadas ambas partes del texto de la presente sentencia, de su contenido. Se pone también a disposición el registro de audio para los efectos de posibles recursos en su contra. Regístrese la misma y archívese los antecedentes en su oportunidad. RIT M-223-2025 RUC 25-4-0663878-5 Siendo las 10:26 horas se pone término a la presente audiencia. Dirigió Doña Juana Álvarez Arenas, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel, dos de junio de dos mil veinticinco.- Página 4 de 4
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 2 de junio de 2025 RUC 25-4-0663878-5 RIT M-223-2025 MAGISTRADO Juana Álvarez Arenas ADMINISTRATIVO DE ACTAS Cristian Chávez Parada HORA DE INICIO 10:14 HORA DE TERMINO 10:26 Nº REGISTRO DE AUDIO 2540663878-5-1351 SALA 2.- PARTE DEMANDANTE Germán Patricio Bustos Llanos RUT: 13.278.306-3 ABOGADO
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