1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MONTERO/ALVES

Rol

O-5061-2022

Fecha

30 de mayo de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos Oídos y

Fundamentos

Considerando Primero: Comparece doña ERIKA ALEJANDRA MONTERO RANGEL, venezolana, cedula nacional de identidad N°27765239-0, domiciliada en Morande 835 oficina 1314, y también comparece ODALIS COROMOTO TORRIVILLA MARCANO Rut N° 26.628.667-8, con el mismo domicilio anterior, quienes interponen demandas por despido indirecto y declaración de unida económica y cobro de prestaciones en contra de las Empresas GERIBA SPA, LONDON VISION SPA, ambas representadas por JOSE ALVES LONTRA NETO, ambos domiciliados en Moneda 772, local 112-B y en contar de JOSE ALVES LONTRA NETO, como persona natural.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 5, 7, 9, 162, 168, 171, 420 y siguientes del Código del Trabajo se dispone en primer lugar. I.- Que se declara la existencia de una relación laboral entre las demandantes ODALIS COROMOTO TORRIVILLA MARCANO y LONDON VISION SPA y se declara la existencia de una relación laboral entre ERIKA ALEJANDRA MONTERO RANGEL y GERIBA SPA. II.- Que se declara que los auto despidos de ambas demandantes son justificados. III.- Que se declara que las demandadas GERIBA SPA y LONDON VISION SPA, constituyen una unidad económica siendo condenada solidariamente al pago de las siguientes prestaciones: 1) En relación a la demandante ERIKA ALEJANDRA MONTERO RANGEL, 2) la suma de $720.000 por indemnización sustitutiva del aviso previo, 3) la suma de $2.160.000 por concepto de años de servicios 4) A la suma de $1.080.000 por concepto de recargo legal, equivalente al 50% de los años de servicios conforme lo dispone el articulo 171 del Código del Trabajo 5) A la suma de $705.840, por concepto de feriado legal y proporcional 6) Al pago de las remuneraciones y demás prestaciones desde la fecha de termino de los servicios hasta la convalidación del mismo por aplicación del artículo 161 inciso quinto del Código del Trabajo conforme a una remuneración mensual de $720.000 y el pago de las cotizaciones de seguridad social devengadas durante el periodo de vigencia de la relación laboral que no hayan sido pagadas por la demandada conform

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 30/05/2025 Santiago RUC 22- 4-0421611-6 RIT O-5061-2022 O-5062-2022 CARATULADO MONTERO/ALVES MAGISTRADO VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Nelson Montoya Candia HORA DE INICIO 11:00 HORA DE TERMINO 11:42 SALA 5.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2240421611-6-1348 PA

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