FUNDACION EDUCACIONAL CONSTANZA VILLA II/RAMÍREZ
Rol
O-21-2025
Fecha
30 de mayo de 2025
Materia
Desafuero Maternal
Resultado
No especificado
Hechos
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA / DICTACION SENTENCIA FECHA Veintinueve de mayo de dos mil veinticinco RUC 25-4-0650912-8 RIT O-21-2025 MAGISTRADO DANIEL VALENZUELA CASTILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yennifer Arriagada Burgos SALA 2 HORA DE INICIO 11:30 Horas HORA DE TERMINO 11:45 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2540650912-8-149 PARTE DEMANDANTE FUNDACION EDUCACIONAL CONSTANZA VILLA II ABOGADO DEMANDANTE Natacha Chávez de la Vega Con domicilio y forma de notificación ya registrada en el tribunal. PARTE DEMANDADA Karen Ramírez Figueroa Cedula de identidad 20.621.283-7 ACTUACIONES EFECTUADAS: SI NO · INDIVIDUALIZACION DE LAS PARTES X · ESCRITOS PENDIENTES X · RELACION DEMANDA X · RECTIFICACION DE LA DEMANDA X · SOLICITUD DEMANDANTE X · DICTACION SENTENCIA X I.-INDIVIDUALIZACION DE LAS PARTES II.- ESCRITOS PENDIENTES Al escrito que se encuentran pendiente de fecha 28 de mayo de 2025, acompaña documentos. El Tribunal resuelve, téngase presente y por acompañados documentos. III.- RELACION DE LA DEMANDA IV.- RECTIFICACION DE LA DEMANDA Se rectifica la demanda, solo en cuanto a la fecha de nacimiento del hijo de la demandada, indicada en la demanda, que se señala como fecha del nacimiento el día 26 de marzo del 2025, y corresponde a la fecha indicada en la licencia médica, que es 06 de marzo del 2025. El Tribunal resuelve, téngase presente. V.- SOLICITUD PARTE DEMANDANTE La abogada de la parte demandante solicita atendida la inasistencia de la parte demandada a la presente audiencia, solicita se dicte sentencia en este mismo acto. El Tribunal, resuelve: Estese a lo que se resolverá a continuación. VI.- DICTACION DE SENTENCIA: Se transcribe solo la parte resolutiva, constando la parte expositiva y considerativa íntegramente en el registro de audio. Yungay, veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además lo dispuesto conforme lo indican los artículos 710, 159 N°4, 174, 201, 439, 446, 453, 459 Y 496 del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se acoge la demanda por desafuero maternal, interpuesta por FUNDACION EDUCACIONAL CONSTANZA VILLA II, representada legalmente por doña CONSTANZA ELENA VILLA CRUZ en contra de doña KAREN ANDREA RAMIREZ FIGUEROA, cedula de identidad 20.621.283-7, ya individualizadas, en consecuencia se autoriza a la parte demandante para poner término a la relación laboral, conforme a lo dispuesto en el artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, esto es vencimiento del plazo convenido en el contrato, desde la fecha en que la presente sentencia quede ejecutoriada. II. Que, no se condena en costas a la demandada. La parte demandante queda notificada personalmente. Notifíquese a la demandada a través de carta certificada. RIT: O-21-2025 RUC: 25-4-0650912-8 Dirigió y resolvió, don DANIEL VALENZUELA CASTILLO, Juez Titular del Juzgado de Letras de Yungay. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de Yungay – Chorrillos N° 61 Yungay – Fono (042) 2680056
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA / DICTACION SENTENCIA FECHA Veintinueve de mayo de dos mil veinticinco RUC 25-4-0650912-8 RIT O-21-2025 MAGISTRADO DANIEL VALENZUELA CASTILLO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Yennifer Arriagada Burgos SALA 2 HORA DE INICIO 11:30 Horas HORA DE TERMINO 11:45 Horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2540650912-8-149 PARTE DEMANDANTE FUNDACION EDUCACIONAL CONSTANZA VILLA II
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica