1º Juzgado de Letras de Santa Cruz

MAESTRANZA Y PLANTA DE ÁRIDOS RIO MAIPO S.A./ARANDA

Rol

I-4-2025

Fecha

29 de mayo de 2025

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS PACÍFICOS X HECHOS A PROBAR X RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA Documental X RECLAMADO OFRECE E INCORPORA PRUEBA Documental X OBSERVACIONES A LA PRUEBA X DICTACIÓN DE SENTENCIA X “La presente acta sólo constituye un registro administrativo, confeccionado por el funcionario encargado de acta, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la audiencia. Los argumentos vertido por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentra íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 61 y 62 del Acta 71-2016, del Auto Acordado que regula el funcionamiento de Tribunales que tramitan electrónicamente”. I.- INICIO DE LA AUDIENCIA: Siendo las 11:32 horas se inicia la audiencia única decretada en autos, asistiendo en representación de la reclamante el abogado don RICARDO PRADO ALCALDE y la reclamada debidamente representado por su abogada don CÉSAR CLAUDIO VALDIVIA GARCÍA. II.- RELACIÓN BREVE DE LA DEMANDA III.- CONTESTA DEMANDA IV.- CONCILIACIÓN: El Tribunal en uso de sus facultades de oficio en el marco de la Normativa Procesal Laboral realizó el respectivo llamado a conciliación, instancia procesal que se ve frustrada al no tener autorización para conciliar el abogado patrocinante de la reclamada la Inspección Comunal del Trabajo de Santa Cruz. V.- HECHOS PACÍFICOS: 1.- Existencia de la resolución administrativa de multa impugnada, fecha en que fue dictada y la notificación a la reclamante. 2.- El proceso administrativo previo que origina dicho acto administrativo. 3.- El hecho constatado (no su efectividad) que se dio cuenta como infracción en la resolución administrativa. 4.- Que la fiscalización se habría producido a través de una denuncia que habría realizado la trabajadora señorita Vallejos en contra de su empleadora, la empresa reclamante. 5.- Que la cuantía de la multa impuesta asciende a 60 UTM. VI.- HECHOS A PROBAR: Acto seguido se procedi

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: Se da por reproducida la relación de la demanda y contestación efectuada en audiencia que sirve de parte expositiva. Los registros de la fundamentación han quedado vertidos en los registros de audios correspondientes.- Atendido lo expuesto en la presente audiencia única de contestación, conciliación y prueba, y teniendo presente los artículos 33, 55, 154, 501 inciso tercero, 459 Número 4 del Código del Trabajo, DFL N° 2 del año 1967 del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, artículo 144 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 1698 del Código Civil,

Fallo

se resuelve: I.- Que se ACOGE la reclamación judicial interpuesta por Maestranza y Planta de Áridos Río Maipo S.A., RUT 96.688.340-5, en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Santa Cruz, RUT: 61.502.000-1, en contra de la resolución administrativa de multa original N° 8836/25/18 de fecha 27 de febrero del 2025, notificada a la reclamante con fecha 24 de marzo del 2025. En consecuencia, se deja sin efecto la multa de 60 UTM impuesta a la actora por parte de la reclamada por estimar que hubo error de hecho en el hecho infraccional constatado por el fiscalizador actuante, en razón a que el descuento realizado a la trabajadora Margarita Vallejos se encontraba correctamente aplicado correspondiente a la liquidación del mes de diciembre del 2024, ascendente a un monto de $160.940 por 9, 4 días no trabajados II.- Que no se condena en costas a la reclamada por tener obligación legal de litigar en este tipo de juicio. Que el presente fallo ha sido redactado en conformidad al acta 71, artículo 62 de la Corte Suprema. Anótese, Regístrese y Archívese, se notifica personalmente a las partes mediante sus abogados patrocinantes por el hecho de haber comparecido a la presente audiencia. Siendo las 13:36 y no habiendo más cuestiones que resolver se pone término a la presente audiencia. Dirigió y resolvió don JULIO JAVIER CÁCERES NIKOLAY, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras y del Trabajo de Santa Cruz.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA (mediante video conferencia) FECHA Martes 27 de Mayo del 2025 RUC 25-4-0664005-4 CARATULADO MAESTRANZA Y PLANTA DE ÁRIDOS RÍO MAIPO S.A./INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE SANTA CRUZ RIT I-4-2025 HORA DE INICIO 11:32 HORA DE TÉRMINO 13:36 MAGISTRADO JULIO JAVIER CÁCERES NIKOLAY ADMINISTRATIVO DE ACTAS EDGARDO IGNACIO VÁSQUEZ GONZÁLEZ Nº REGISTRO DE AUDIO 25

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