VALENZUELA/SERVICIOS INDUSTRIALES SOLDESP S.A.
Rol
M-19-2025
Fecha
29 de mayo de 2025
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos. SE RECIBE LA CAUSA A PRUEBA. HECHOS A PROBAR: 1.- a) Efectividad de haber prestado servicios, el demandante, bajo subordinación o dependencia, conforme el artículo 7° del Código del Trabajo en el período alegado en su demanda. b) En la afirmativa, condiciones del contrato de trabajo, fecha de inicio, término, jornada de trabajo, funciones. c) Remuneración pactada y efectivamente percibida por el demandante. d) Estado de pago de las remuneraciones. e) Efectividad de adeudarse el bono alegado por el actor. f) Efectividad de existir un vicio del consentimiento error en la suscripción del finiquito. Hechos y circunstancias. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA PRINCIPAL PRUEBA DOCUMENTAL: 1. Contrato de trabajo de fecha 17 de noviembre de 2024. 2. Liquidación de remuneraciones y comprobantes de pago de los meses de noviembre de 2024 y diciembre de 2025. 3. Certificado de cotizaciones previsionales del demandante por todo el periodo trabajado, esto es, noviembre y diciembre de 2024. 4. Finiquito de fecha 18 de diciembre de 2024 firmado por el trabajador. 5. Registro de asistencia del mes de diciembre de 2024. Tribunal resuelve: Se tiene por ofrecidos e incorporados documentos. PRUEBA CONFESIONAL: Solicita se cite a absolver posiciones en forma personal al demandante don JORGE GASTÓN VALENZUELA RÍOS. Se deja constancia que, atendida la incomparecencia de la parte demandante, la parte demandada principal solicita se hagan efectivos los apercibimientos establecidos en el numeral 3 del artículo 454 del Código del Trabajo. Tribunal resuelve: Se tiene presente, se dejará su resolución para definitiva. LA PARTE DEMANDADA PRINCIPAL REALIZA SUS OBSERVACIONES Y ALEGATOS A LA PRUEBA. PROCEDIMIENTO: MONITORIO MATERIAS: NULIDAD DEL FINIQUITO, RECONOCIMIENTO DE LA RELACIÓN LABORAL, Y COBRO DE PRESTACIONES ADEUDADAS DEMANDANTE: JORGE GASTÓN VALENZUELA RÍOS DEMANDADO PRINCIPAL: SERVICIOS INDUSTRIALES SOLDESP S.A. DEMANDADO SOLIDARIO: CODELCO CHILE
Fundamentos
CONSIDERANDO:
Fallo
Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 7, 54 a 58, 73, 159, 177, 454, 496 a 501, todos del Código del Trabajo, y demás normas pertinentes, se declara: I.- Que se rechaza, en todas sus partes, la demanda deducida por don Jorge Gastón Valenzuela Ríos en contra de su ex empleadora SOLDESP S.A. y, solidariamente, contra la Corporación Nacional del Cobre de Chile, CODELCO; II.- Que se condena en costas a la demandante, regulándose en $200.000, las personales; III.- Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella, dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la sección de cobranza laboral y previsional de este Tribunal. Dirigió la audiencia don CARLOS EDUARDO JONES FERNANDEZ, Juez Suplente del Juzgado de Letras de La Calera. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras de La Calera, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Veintiocho de mayo de dos mil veinticinco RUC 25-4-0657649-6 RIT M-19-2025 MAGISTRADO CARLOS EDUARDO JONES FERNANDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS NICOLE ESCOBAR BRIZUELA HORA DE INICIO 12:29 HORAS HORA DE TERMINO 15:30 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 25-4-0657649-6-98 PARTE DEMANDANTE ( NO COMPARECE) JORGE GASTÓN VALENZUELA RÍOS PAR
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