3º Juzgado Civil de Temuco

AGUAS ARAUCANIA S.A/FISCO DE CHILE

Rol

C-2054-2024

Fecha

18 de agosto de 2025

Materia

HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1 compareci don ó Roberto Fuentes Fern ndez, abogado, ená calidad de mandatario judicial -seg n se acreditar - de ú á AGUAS ARAUCAN A S.A.Í , empresa del giro de servicios p blicos sanitarios,ú representada legalmente por don Jos Torga Leyton, todos domiciliadosé para estos efectos en calle Vicu a Mackenna N 0202 de Temuco e indicñ ° ó que en la representaci n que invoca, viene en deducir demanda deó indemnizaci n de perjuicios en contra del ó FISCO DE CHILE, persona jur dica de derecho p blico, representada para estos efectos por el Consejoí ú de Defensa del Estado, y ste a su vez por su Procurador Fiscal de laé Araucan a, Sr. Diego Acu a G lvez, abogado, ambos domiciliados en calleí ñ á Arturo Prat n 847, oficina 202 de la ciudad de Temuco; lo anterior en° virtud de los argumentos que a continuaci n se exponen: I.- Antecedentesó de hecho: su mandante se encontraba ligada a la DIRECCI N DEÓ OBRAS HIDR ULICAS por un contrato que se denomin Construcci nÁ ó “ ó Sistema APR Fajas 4.000 a 26.000, comuna de Cunco, Regi n de Laó Araucan a . Ello consta en la Resoluci n (TR) DGOP N 090, de fecha 06í ” ó ° de septiembre de 2019, que deja sin efecto la Resoluci n DGOP N 34, deó ° fecha 15 de abril de 2019 y Aprueba Convenio Ad-Refer ndum de fecha 11é de enero 2019 y Adenda entre la Direcci n de Obras Hidr ulicas y laó á Empresa Sanitaria Aguas Araucan a S.A. Tambi n consta en la Resoluci ní é ó (TR) DGOP N 031, de fecha 10 de mayo 2021, que deja sin efecto° Resoluci n DGOP N 4 de fecha 22 de febrero de 2021 sin Tramitar yó ° Aprueba Ampliaci n de Convenio Ad-Refer ndum y Adenda entre la DOHó é Código: PXXDBXFXQWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2054-2024 Foja: 1 y la Empresa Sanitaria Aguas Araucan a S.A., para la Ejecuci n delí ó Programa de Servicios Sanitarios Rurales en la Regi n de La Araucan a. Enó í el contexto de dicha relaci n contractual, es que la Direcci n de Obrasó ó Hidr uli

Fundamentos

considerando 14 . As las cosas, la ilegalidad del proceder de la DOH° í resulta patente; pues como se ha dicho fue la propia instituci n la que visó ó los antecedentes licitatorios, y por cuanto se ha irrogado facultades jurisdiccionales de las cuales carece, determinando la existencia de perjuicios, valoriz ndolos y descont ndolo de forma inmediata, lo que ená á derecho no procede. Luego, DOH Araucan a, mediante ORD N 1546, deí ° 24 de diciembre de 2021, inform que atendido a que los fondos asociadosó al estado de pago pertinente pertenecen al presupuesto de 2021, proceder aá la confecci n unilateral del Estado de pago (EP) N 12 de Asesor a Gesti nó ° í ó de Proyectos, proyecto construcci n Fajas 4000 a 26000, comuna de Cunco,ó SAFI 292.712, deduciendo anticipadamente la sanci n pecuniaria, cuyoó proceso se encontraba pendiente de tramitaci n. II.- Aspectos jur dicos: A.-ó í Validaci n de Antecedentes por la DOH: La relaci n contractual entre laó ó empresa sanitaria y la Direcci n de Obras Hidr ulicas Araucan a (DOH seó á í Código: PXXDBXFXQWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2054-2024 Foja: 1 estructur en torno a un marco legal y contractual que exig a eló í cumplimiento de ciertas formalidades para garantizar la transparencia, legalidad y eficacia de la ejecuci n del contrato. Dentro de este marco, unó proceso cr tico era la validaci n de los antecedentes licitatorios por parte deí ó la DOH Araucan a, un procedimiento establecido no como meraí formalidad, sino como salvaguarda esencial de los intereses p blicos y de laú integridad del proyecto. La validaci n de los antecedentes licitatorios por laó DOH Araucan a constituye un reconocimiento expl cito de su participaci ní í ó activa y su responsabilidad en la supervisi n y aprobaci n de lasó ó especificaciones t cnicas y administrativas del proyecto. Esta validaci n noé ó es un acto unilateral por parte del contratista, sino un proceso colaborativo que implica una revisi n detallada y la conformidad de la administraci nó ó con los documentos presentados.

Fallo

Por tanto, cualquier omisi n o error en losó antecedentes licitatorios validados comparte su origen en la supervisi n yó aprobaci n por parte de la DOH Araucan a. Al visar los antecedentes sinó í objeciones, la DOH Araucan a otorg su conformidad con los documentosí ó tal como fueron presentados, entre ellos, la inclusi n o exclusi n deó ó determinados proyectos o partidas. Este proceso de validaci n implica queó cualquier decisi n sobre la inclusi n o exclusi n de proyectos espec ficos fueó ó ó í tomada con el conocimiento y bajo la supervisi n de la DOH, quien tuvo laó oportunidad de solicitar modificaciones o complementaciones antes de dar su aprobaci n. La acusaci n de incumplimiento ignora el hecho de que laó ó responsabilidad por las decisiones tomadas en el proceso de licitaci n noó puede recaer nicamente en el contratista, sino que es compartida con laú entidad estatal que supervisa, valida y aprueba los antecedentes licitatorios. La imputaci n de responsabilidad unilateral no solo es jur dicamenteó í infundada, sino que tambi n pasa por alto el car cter colaborativo y deé á supervisi n inherente al proceso de contrataci n p blica, especialmente enó ó ú proyectos de la envergadura y complejidad t cnica como el presente. B.-é Inexistencia de Perjuicio Real: La acusaci n de perjuicio econ mico poró ó parte de la Direcci n de Obras Hidr ulicas Araucan a (DOH Araucan a)ó á í í hacia Aguas Araucan a S.A. se fundamenta en la alegaci n de que laí ó Código: PXXDBXFXQWX Este d

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C-2054-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2054-2024 CARATULADO : AGUAS ARAUCANIA S.A/FISCO DE CHILE Temuco, dieciocho de agosto de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1 compareci don ó Roberto Fuentes Fern ndez, abogado, ená calidad de mandatario judicial -seg n se acreditar - de ú á AGUAS ARAUCAN A S.A.Í , empresa del giro de servicios

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