BUENO/PROMOCIONES PUBLICIDAD Y SERVICIOS LTDA
Rol
O-3154-2024
Fecha
26 de mayo de 2025
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto de más, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 1, 3, 7, 9, 10, artículos 160, 162, 168, 171, 420 y siguientes, todos del Código del Trabajo y artículo 1698 del Código Civil se resuelve: 1. Que se acoge la demanda interpuesta por don Eliecer Bueno Moraga en contra de su ex empleador, CONSTRUCTORA SYLCO SPA y en consecuencia se declara que el despido indirecto que ejecutó el actor con fecha 5 de abril del año 2024 se encuentra ajustado a derecho, toda vez que la demandada ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo. 2. Que asimismo se declara que las demandadas INMOBILIARIA CONSTRUCCIONES E INVERSIONES S Y L LTDA., CONSTRUCTORA SYLCO SPA., JAVIER ALEJANDRO SWETT SAAVEDRA, APROC LTDA., constituyen una unidad económica para efectos laborales y previsionales y por tanto son solidariamente responsables de proceder al pago de las siguientes prestaciones. a. Indemnización sustitutiva a viso previo por la suma de un $1.014.300. b. Indemnización por 11 años de servicio por la suma de $11.157.300, suma que deberá ser pagada con un 50% de recargo, esto es en la suma de $5.578.650. c. Diferencia de remuneración correspondiente al mes de febrero del año 2024 por la suma de $591.300. d. Diferencia de remuneración correspondiente al mes de marzo del año 2024 por la suma de $591.300. e. Remuneración proporcional del mes de abril del año 2024 por la suma de $169.050. f. Compensación de feriado legal por la suma de $1.420.020. g. Compensación de feriado proporcional por la suma de $650.843. h. Cotizaciones adeudadas en AFP Provida, FONASA y AFC Chile. 3. Que asimismo se declara que el despido indirecto que ejecutó el actor no produce el efecto de poner término contrato de trabajo y por lo tanto las demandas deberán proceder al pago de las remuneraciones y demás prestaciones desde la fecha del despido indirecto, esto es el 5 de abril del año 2024, hasta la convalidación del mismo mediante el pago íntegro en las cotizaciones
Fallo
se resuelve: 1. Que se acoge la demanda interpuesta por don Eliecer Bueno Moraga en contra de su ex empleador, CONSTRUCTORA SYLCO SPA y en consecuencia se declara que el despido indirecto que ejecutó el actor con fecha 5 de abril del año 2024 se encuentra ajustado a derecho, toda vez que la demandada ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo. 2. Que asimismo se declara que las demandadas INMOBILIARIA CONSTRUCCIONES E INVERSIONES S Y L LTDA., CONSTRUCTORA SYLCO SPA., JAVIER ALEJANDRO SWETT SAAVEDRA, APROC LTDA., constituyen una unidad económica para efectos laborales y previsionales y por tanto son solidariamente responsables de proceder al pago de las siguientes prestaciones. a. Indemnización sustitutiva a viso previo por la suma de un $1.014.300. b. Indemnización por 11 años de servicio por la suma de $11.157.300, suma que deberá ser pagada con un 50% de recargo, esto es en la suma de $5.578.650. c. Diferencia de remuneración correspondiente al mes de febrero del año 2024 por la suma de $591.300. d. Diferencia de remuneración correspondiente al mes de marzo del año 2024 por la suma de $591.300. e. Remuneración proporcional del mes de abril del año 2024 por la suma de $169.050. f. Compensación de feriado legal por la suma de $1.420.020. g. Compensación de feriado proporcional por la suma de $650.843. h. Cotizaciones adeudadas en AFP Provida, FONASA y AFC Chile. 3. Que asimismo se declara que el despido indirecto que ejecutó
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 26-05-2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 14 RUC 24-4-0571361-2 RIT O-3154-2024 MAGISTRADO CAROLINA ALEJANDRA BRAVO YÁÑEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marcelo Navarrete HORA DE INICIO 11:19 HORAS HORA DE TERMINO 11:59 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440571361-2-1349-250526-00 Nº CUSTODIA ASI
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