Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

AGUAYO/EASY ADMINISTRADORA SPA

Rol

M-294-2025

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR X · INCORPORA PRUEBA PARTE DEMANDADO · DOCUMENTAL X · INCORPORA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · SENTENCIA X PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS  X     * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886    X   * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL    X   ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS  X     * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886    X   * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL    X   PROVEE ESCRITO: Téngase presente los documentos digitalizados por la parte demandada, ofrézcase e incorpórese en la oportunidad legal pertinente. LLAMADO A CONCILIACIÓN: El Tribunal propone el 80% del total demandado] como base para lograr una conciliación y ésta no se produce. HECHOS A PROBAR: 1.- Los hechos que se indica en la carta de despido, su efectividad y como configuran la necesidad de despedir a la trabajadora. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDADA: DOCUMENTAL: 1.- Carta de aviso de término de contrato de trabajo. 2.- Finiquito suscrito por las partes con reserva de derechos del trabajador. 3.- Acta de comparendo de conciliación ante la Dirección del Trabajo. 4.- Índice real de ventas comercio minorista de locales equivalentes de la Región de la Araucanía, comparativo del año 2023 y 2024. Se deja constancia que la prueba documental fue digitalizada por la parte e ingresada a la carpeta digital, y el contenido es de su responsabilidad. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE: No rinde prueba. SENTENCIA: De conformidad a lo dispuesto en el artículo 62 del Acta N° 71-2016 de la Excma. Corte Suprema, que “Regula el Funcionamiento de Tribunales que Tramitan Electrónicamente”, la sentencia fue dictada en audiencia y su cont

Fallo

se resuelve:             I.- Que SE ACOGE la demanda deducida por don MATÍAS ANDRÉS AGUAYO ACUÑA, RUN 20.827.199-7, en contra de EASY ADMINISTRADORA SPA, RUT 77.562.427-2, todos ya singularizados en esta causa, declarándose que el despido del actor de fecha diecisiete de febrero del dos mil veinticinco, por la causal de necesidades de la empresa, ha sido improcedente condenándose a la parte demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $815.144, por concepto de incremento del 30% de la indemnización por años de servicio ya pagada. b) $417.583, por concepto de devolución del descuento indebido del fondo de cesantía en cuanto al aporte que hizo el empleador al mismo. Estas sumas deberán pagarse con los reajustes e intereses del artículo 173 del Código del Trabajo. II.- Cada parte pagará sus costas. Regístrese. Las partes presentes en esta audiencia quedan notificadas de todo lo obrado en ella. Sin perjuicio de lo señalado, remítase la presente Acta de Audiencia a los correos electrónicos señalados. R.I.T. R.U.C. 25- 4-0669794-3 Resolvió don ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La presente audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra, en el registro de audio del Tribunal.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 26/05/2025 RUC 25- 4-0669794-3 RIT M-294-2025 MAGISTRADO ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT ADMINISTRATIVO DE ACTAS Francisco Javier Chávez Godoy, Sala N° 2 SALA FÍSICA N° 2 HORA DE INICIO 09:42 horas HORA DE TÉRMINO 10:06 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2540669794-3-1344 PARTE DEMANDANTE MATÍAS ANDRÉS AG

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