VALDÉS/TRANSPORTES VANSILVER S.P.A.
Rol
O-7263-2023
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en el artículo 1, 5, 7, 9, 41, 171, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo, se dispone: I. Que se declara la existencia de una relación laboral entre don EDUARDO VALDEZ ULLOA y TRANSPORTES VANSILVER SPA; II. Que se declara justificado el auto despido del actor; III. Que se rechaza la demanda deducida en contra de FRANCISCO RAMÍREZ MAMANI; IV. Que se condena a la empresa TRANSPORTES VANSILVER SPA a las siguientes prestaciones: a. A la suma de $962.459 por concepto de sustitutiva del aviso previo; b. A la suma de $4.849.836 por concepto de años de servicio; c. A la suma de $1.924.918 por concepto de recargo legal; d. A la suma de $2.630.721 por concepto de feriado legal y proporcional; V. Que se condena la demandada al pago de las cotizaciones de seguridad social devengadas durante la vigencia relación laboral, esto es, entre el 01 de septiembre del año 2019 y el 20 de julio del año 2023 que no hayan sido pagadas por la demandada. Conforme a la liquidación que practique los institutos de seguridad social correspondiente, a la etapa de cumplimiento del fallo en base una remuneración mensual de $962.459 VI. Que se condena la demanda al pago de las remuneraciones y demás prestaciones que se hayan devengado desde el término de servicio y hasta la convalidación del mismo conforme a una remuneración mensual de $962.459; VII. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo para los intereses y reajustes establecidos en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo; VIII. Y por último que cada parte pagará sus costas. Dirigió y dictó doña VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras de
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 1, 5, 7, 9, 41, 171, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo, se dispone: I. Que se declara la existencia de una relación laboral entre don EDUARDO VALDEZ ULLOA y TRANSPORTES VANSILVER SPA; II. Que se declara justificado el auto despido del actor; III. Que se rechaza la demanda deducida en contra de FRANCISCO RAMÍREZ MAMANI; IV. Que se condena a la empresa TRANSPORTES VANSILVER SPA a las siguientes prestaciones: a. A la suma de $962.459 por concepto de sustitutiva del aviso previo; b. A la suma de $4.849.836 por concepto de años de servicio; c. A la suma de $1.924.918 por concepto de recargo legal; d. A la suma de $2.630.721 por concepto de feriado legal y proporcional; V. Que se condena la demandada al pago de las cotizaciones de seguridad social devengadas durante la vigencia relación laboral, esto es, entre el 01 de septiembre del año 2019 y el 20 de julio del año 2023 que no hayan sido pagadas por la demandada. Conforme a la liquidación que practique los institutos de seguridad social correspondiente, a la etapa de cumplimiento del fallo en base una remuneración mensual de $962.459 VI. Que se condena la demanda al pago de las remuneraciones y demás prestaciones que se hayan devengado desde el término de servicio y hasta la convalidación del mismo conforme a una remuneración mensual de $962.459; VII. Que las sumas ordenadas pagar deberán serlo para los intereses y reajustes establecidos en el artícul
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUCIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (Hibrida) FECHA Santiago, 22 de mayo de 2025 RUC 23-4-0522250-7 RIT O-7263-2023 CARATULADO Valdés/Transportes Vansilver S.P.A. MAGISTRADO VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marisol Aravena Rodríguez HORA DE INICIO 11:56 HORA DE TERMINO 12:17 SALA 5.1 Nº REGISTRO
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