ROMERO CON TRANSPORTES CLAUDIO ERNESTO PARADA HERNÁNDEZ EIRL
Rol
M-143-2024
Fecha
23 de mayo de 2025
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos pacíficos: 1) Inicio de la relación laboral el 15 de abril del año 2024 y termino el 13 de septiembre del año 2024. 2) La causal alegada por el empleador fue la 16 N°3 del Código del Trabajo. El Tribunal fija como hechos a probar los siguientes: 1) Efectividad de adeudarse al trabajador feriado proporcional, monto adeudado. 2) Ultima remuneración mensual. 3) Efectividad de que el demandado principal enteró y pago las cotizaciones previsionales, en la oportunidad señalada en el artículo 162 del Código del Trabajo. 4) Efectividad de que el demandante incurrió en la causal de despido invocada por el demandado en la carta de aviso. 5) Efectividad que durante la vigencia laboral existo entre los demandados un vínculo de subcontratación de trabajadores. 6) Efectividad que la empresa mandante cumplió con su deber de información y/o retención. La parte demandada ofrece y rinde la siguiente prueba: Documental: 1) Carta de aviso de termino de contrato Cesar Romero 2) Copia carta de aviso de termino de contrato Cesar Romero firmada por empleador 3) Comprobante de pago Correos de Chile por envío de carta certificada 4) Contrato de trabajo cesar romero 5) Certificado de pagos de cotizaciones previsionales 6) Finiquito Cesar Romero 7) Comprobante de transferencia bancaria electrónica por concepto de pago de vacaciones proporcionales de fecha 29 de septiembre de 2024, por el monto de 206.950 pesos. 8) Comprobante de transferencias bancaria electrónica por concepto de pago diferencia sueldo mes de agosto, realizada con fecha 6 de septiembre de 2024 por la suma de 600.000 pesos. 9) Comprobante de transferencias bancaria electrónica por concepto de pago sueldo mes de junio, realizada con fecha 2 de julio de 2024 por la suma de 500.000 pesos 10) Comprobante de transferencias bancaria electrónica por concepto de pago sueldo mes de julio, realizada con fecha 3 de agosto de 2024 por la suma de 700.000 pesos 11) Comprobante de transferencias bancaria electrónica por concepto de p
Fundamentos
CONSIDERANDO
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 63, 73, 160, 162, 168, 172, 173, 183 letra a, 496 y siguientes del Código del Trabajo, SE RESUELVE: I. Que se declara la existencia de la relación laboral entre las partes, entre el 1 de mayo del año 2024 hasta al 12 de septiembre del año 2024. II. Que el despido de la demandante es injustificado e improcedente, que la última remuneración mensual del actor corresponde a la suma de $933.333 (novecientos treinta y tres mil trecientos treinta y tres pesos.) III. Que se acoge la demanda de nulidad de despido declarándose consecuencialmente que el despido es injustificado, y se condena a las demandadas al pago de las siguientes prestaciones: a) Cotizaciones previsionales adeudadas de salud y cesantía correspondientes al periodo trabajado del 1 de mayo del 2024 al 12 de septiembre del 2024, a razón de $933.333 (novecientos treinta y tres mil trecientos treinta y tres pesos.) b) Remuneraciones devengadas desde la fecha de separación del trabajador hasta que se convalide el despido, al pago íntegro de las cotizaciones previsionales de salud AFP y Cesantía, correspondientes al periodo trabajado y las que se devenguen desde la fecha de la separación hasta la convalidación del mismo. c) Que se condena además a la actora al pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo, correspondiente a la suma de $933.333 (novecientos treinta y tres mil trecientos treinta y tres pesos.) II. Que se rechaza la demanda de fer
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Villa Alemana, jueves, 22 de mayo de 2025. RUC 24-4-0633461-5 RIT M-143-2024 MAGISTRADO ANDREA MUÑOZ SAAVEDRA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Belén González Arancibia.- HORA DE INICIO 11.11 horas.- HORA DE TERMINO 12.27 horas.- Nº REGISTRO DE AUDIO 2440633461-5-0085 PARTE DEMANDANTE CÉSAR ANTONIO ROMERO ME
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica