SÁNCHEZ/CALLSOUTH S.A.
Rol
M-4566-2024
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Se deja constancia que la audiencia fue suspendida y fijada su continuación para el día de hoy, a fin que se practicara la notificación del liquidador concursal, tramite efectuado con fecha 16 de abril de 2025. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a las partes a conciliación, ésta no se produce, atendida la rebeldía de la demandada. Fija hechos controvertidos: 1) Efectividad que la demandante presta servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada CALLSOUTH S.A. Funciones desempañas por la demandante, naturaleza de la contratación y demás estipulaciones de relevancia. 2) Para el evento de lo anterior, fecha de inicio de la relación laboral, remuneración pactada y efectivamente percibida por la demandante, fecha y forma detener de la relación laboral, cumplimiento de las formalidades legales por la demandada, existencia de carta de término y efectividad de los hechos en ella establecidos, pormenores y circunstancias. 3) Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social de la actora durante la relación laboral. 4) Si la demandada otorgó o en su defecto compensó el feriado proporcional que se reclama. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDANTE OFRECIÓ E INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) Contrato de trabajo suscrito entre la demandante y Callsouth S.A. el 10 de agosto de 2023. 2) Liquidación de remuneraciones del periodo entre agosto de 2023 y junio de 2024. 3) Certificado de cotizaciones previsionales emitido por AFC MODELO el 09 de septiembre de 2024. 4) Certificado de periodos no cotizados emitido por AFC el 09 de septiembre de 2024. 5) Certificado de cotizaciones Fonasa emitido el 09 de septiembre de 2024. 6) Carta aviso de término de contrato de trabajo de fecha 31 de julio de 2024. 7) Set de imágenes que dan cuenta del trabajo realizado por la demand
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 7, 162, 163, 163 BIS, 454, 456, 500 y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil, se declara: I. Que entre la demandante ARANTXA PAZ SÁNCHEZ ARANDA y CALLSOUTH S.A. existió una relación laboral cuya fecha de inicio es el 10 de agosto de 2023 y su término el 31 de julio de 2024. II. Que el despido verificado por la demandada es indebido, improcedente e injustificado, por lo cual la demandada deberá dar pago a los siguientes conceptos: a. $695.098 indemnización sustitutiva del mes de aviso previo. b. $547.262 feriado proporcional. III. Que la demandada deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social en las instituciones de AFP Modelo, AFC CHILE y FONASA durante todo el periodo en que se encuentren impagas de la relación laboral previa liquidación de las instituciones previsionales correspondientes. IV. Que asimismo, la demandada quedará sujeta a las sanciones establecidas en el artículo 162 inciso 5° y 7° del Código del Trabajo, debiendo continuar la demandada con el pago de las remuneraciones hasta su efectiva convalidación, la que en cualquier caso no podrá exceder del día 30 de enero del año 2025, época en la que se declara la liquidación concursal de la demandada. V. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes. VI. Que cada parte pagará sus costas. Se deja constancia que el Tribunal hace entrega de los documentos incorpo
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA VEINTIDOS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES RUC 24-4-0610762-7 RIT M-4566-2024 MAGISTRADO LILIANA LUISA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 10:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:00 HORAS N° REGIS
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