PRIETO/CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PLAZA S
Rol
O-7830-2024
Fecha
22 de mayo de 2025
Materia
Costas, Despido indirecto, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 N°7, 171, 162, 454, 455, 456 y siguientes del Código del Trabajo, y artículo 1698 del Código Civil, se declara: I. Que entre el demandante don MAURICIO ANTONIO PRIETO CATALÁN y la demandada CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PLAZA SPA existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al día 27 de enero del 2022 y su término al 16 de septiembre de 2024. II. Que se acoge la demanda por el autodespido, declarando que el término de la relación laboral se ha debido a los incumplimientos graves de las obligaciones del contrato verificado por el ex empleador de la demandante, quien deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $2.851.251.-, indemnización por años de servicio b) $950.417.-, indemnización sustitutiva del mes de aviso previo c) $1.425.627.-, 50% de recargo legal d) $1.984.154.- feriado legal y/o proporcional III. Que la demandada deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social en las instituciones de AFC Chile, FONASA y AFP Cuprum durante todo el período de vigencia laboral que se encuentren impagas, previa liquidación de las instituciones previsionales correspondientes. IV. Que el autodespido no ha puesto término de la obligación remuneratoria del empleador, quien deberá continuar con el pago de las remuneraciones hasta su efectiva convalidación, teniendo como base de cálculo la suma de remuneración de 950.417.- V. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes, intereses correspondientes VI. Que cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Liliana Luisa Ledezma Miranda, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinte de mayo de dos mil
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 160 N°7, 171, 162, 454, 455, 456 y siguientes del Código del Trabajo, y artículo 1698 del Código Civil, se declara: I. Que entre el demandante don MAURICIO ANTONIO PRIETO CATALÁN y la demandada CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA PLAZA SPA existió una relación laboral cuya fecha de inicio corresponde al día 27 de enero del 2022 y su término al 16 de septiembre de 2024. II. Que se acoge la demanda por el autodespido, declarando que el término de la relación laboral se ha debido a los incumplimientos graves de las obligaciones del contrato verificado por el ex empleador de la demandante, quien deberá dar pago a los siguientes conceptos: a) $2.851.251.-, indemnización por años de servicio b) $950.417.-, indemnización sustitutiva del mes de aviso previo c) $1.425.627.-, 50% de recargo legal d) $1.984.154.- feriado legal y/o proporcional III. Que la demandada deberá regularizar el pago de las cotizaciones de seguridad social en las instituciones de AFC Chile, FONASA y AFP Cuprum durante todo el período de vigencia laboral que se encuentren impagas, previa liquidación de las instituciones previsionales correspondientes. IV. Que el autodespido no ha puesto término de la obligación remuneratoria del empleador, quien deberá continuar con el pago de las remuneraciones hasta su efectiva convalidación, teniendo como base de cálculo la suma de remuneración de 950.417.- V. Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 20 DE MAYO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 7 RUC 24-4-0622510-7 RIT O-7830-2024 MAGISTRADA LILIANA LEDEZMA MIRANDA ADMINISTRATIVA DE ACTAS ROCÍO ÁLVAREZ MIRANDA HORA DE INICIO 11:34 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:14 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440622510-7-1349-250520-00 N° CUSTODIA
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