2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MUÑOZ/ACTUCIA SPA

Rol

M-4961-2024

Fecha

20 de mayo de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos vertidos en la demanda, se omita recibir la causa a prueba y se proceda a dictar sentencia de manera inmediata. El Tribunal acoge la solicitud, omite recibir los medios de prueba ofrecidos y procede a dictar sentencia de manera inmediata. Sentencia Conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016. Artículo 62 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016, la sentencia que es pronunciada en la audiencia, corresponde la transcripción únicamente de su parte resolutiva y la debida individualización de las partes. Y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 160 N°7, 162, 168, 171, 498 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por doña ELIZABETH PATRICIA MUÑOZ OLMOS en contra de su ex empleadora ACTUCIA SPA. II. Que se declara que la relación laboral existente entre las partes se extendió entre los días 15 de enero de 2023 y 05 de julio de 2024. III. Que la remuneración de la trabajadora era la suma de $500.000 mensuales. IV. Que se declara justificado el despido indirecto materializado por la demandante, el día 05 de julio de 2024 por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que al empleador le imponía el contrato de trabajo. Se adeudan a la trabajadora las siguientes prestaciones: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo $500.000. 2. Indemnización por años de servicios $500.000. 3. Recargo del 50% asociado al despido indirecto $250.000. 4. Feriado legal y proporcional no pagado ni acreditada su compensación $350.000. V. Que además de lo anterior, se declara nulo el despido de que fue objeto la actora y por lo tanto deberán enterarse en AFP MODELO, FONASA y AFC CHILE todas las cotizaciones de seguridad social, de salud y cesantía devengadas durante la relación laboral y además se seguirán devengando la remuneración de la trabajadora y sus cotizaciones previsionales, de salud y cesantía mientras no se convalide legalmente el despido a razón de la sum

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda deducida por doña ELIZABETH PATRICIA MUÑOZ OLMOS en contra de su ex empleadora ACTUCIA SPA. II. Que se declara que la relación laboral existente entre las partes se extendió entre los días 15 de enero de 2023 y 05 de julio de 2024. III. Que la remuneración de la trabajadora era la suma de $500.000 mensuales. IV. Que se declara justificado el despido indirecto materializado por la demandante, el día 05 de julio de 2024 por la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que al empleador le imponía el contrato de trabajo. Se adeudan a la trabajadora las siguientes prestaciones: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo $500.000. 2. Indemnización por años de servicios $500.000. 3. Recargo del 50% asociado al despido indirecto $250.000. 4. Feriado legal y proporcional no pagado ni acreditada su compensación $350.000. V. Que además de lo anterior, se declara nulo el despido de que fue objeto la actora y por lo tanto deberán enterarse en AFP MODELO, FONASA y AFC CHILE todas las cotizaciones de seguridad social, de salud y cesantía devengadas durante la relación laboral y además se seguirán devengando la remuneración de la trabajadora y sus cotizaciones previsionales, de salud y cesantía mientras no se convalide legalmente el despido a razón de la suma de $500.000. VI. Que todas las cantidades antes indicadas serán pagadas con intereses y reajustes de conformidad a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VII. Que se c

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA VEINTE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES RUC 24-4-0616367-5 RIT M-4961-2024 MAGISTRADO GONZALO FIGUEROA EDWARDS ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 10:25 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:35 HORAS N° REGISTRO DE A

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