CHÁVEZ/READY 2 GO S.P.A.
Rol
M-5123-2024
Fecha
19 de mayo de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X FIJA HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA X SENTENCIA X Se deja constancia que por la empresa demandada INTERMODAL LA CISTERNA SA no compareció nadie, ni tampoco se apersonó a este juicio. Resuelve escritos: Al escrito acompaña documentos de la parte demandada: téngase por digitalizados los documentos y minuta, sin perjuicio de su ofrecimiento en la etapa procesal respectiva. Al escrito delega poder de la parte demandante: téngase presente, sin perjuicio de su debida incorporación a la Oficina Judicial Virtual como litigante. Al escrito delega poder de la parte demandada: téngase presente, sin perjuicio de su debida incorporación a la Oficina Judicial Virtual como litigante. Al escrito acompaña medios de prueba de la parte demandante: téngase por digitalizados los documentos y minuta, sin perjuicio de su ofrecimiento en la etapa procesal respectiva; se tiene presente los datos de contacto. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, ésta no se produce. El Tribunal propone como bases de conciliación en lo que corresponde al 50% de los años de servicio y de la indemnización sustitutiva del aviso previo, los montos del feriado y lo adeudado por el mes de agosto. La parte demandante propone la suma de $2.500.000.-. Por su parte, la demandada ofrece la suma de $1.700.000.- Fija hechos pacíficos: 1) Existencia de la relación laboral. 2) Fecha de inicio. 3) Remuneración. 4) Cargo. Fija hechos controvertidos: 1) Hechos, circunstancias, causas, fecha y forma en que concluyeron los servicios prestados. En su caso, cumplimiento de formalidades legales para el término de la relación y efectividad de los hechos contenidos en la carta. 2) Estado de pago del feriado legal y proporcional al té
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva Por las consideraciones realizadas a lo largo de la presente sentencia y en conformidad a lo establecido en los artículos 1 al 11, 71, 160, 162, 163, 168, 420, 423, 425, 432, 496 al 502 del Código del Trabajo, y demás normas legales pertinentes,
Fallo
se resuelve que: I. Se acoge la demanda interpuesta por don GONZALO CHÁVEZ CUEVAS, cédula nacional de identidad Nº 7.698.064-0, en contra de READY 2 GO S.P.A., R.U.T. Nº 76.285.464-3, representada legalmente por Pablo Andrés Silva Marholz, y en contra de SOCIEDAD CONCESIONARIA INTERMODAL LA CISTERNA S.A., todos ya individualizados en el considerando primero y, en consecuencia, se declara, que el despido ha sido injustificado y en consecuencia deberá pagar al demandante las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo de despido, por $723.852.- b. Indemnización por años de servicio, por $2.895.408.- c. Recargo legal del 80%, establecido en la letra c del artículo 168 del Código del Trabajo, por la suma de servicio $2.895.408.- d. Remuneraciones adeudadas por 23 días trabajados en el mes de agosto de 2024, por la suma de $554.944.- e. Compensación de feriado legal y proporcional por la suma de $790.343.- por 38.5 días corridos. II. Que se condenará a la SOCIEDAD CONCESIONARIA INTERMODAL LA CISTERNA S.A., ya individualizada, está obligada solidariamente al pago de las prestaciones e indemnizaciones que se han ordenado precedentemente por haberse acreditado que el actor prestaba servicios en régimen de subcontratación para dicha empresa por el periodo indicado y que antecedió en la relación laboral y el despido, esto es, desde el inicio de la relación laboral hasta su término. III. Las sumas indicadas precedentemente y a las que fueron condenadas a pag
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 19 DE MAYO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 RUC 24-4-0618839-2 RIT M-5123-2024 MAGISTRADA SUSANA VERDUGO PÉREZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 10:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:54 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440618839-2-134
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