TRANSPORTES CCU LIMITADA/CENTRO DE CONCILIACIÓN Y MEDIACIÓN REGIÓN METROPOLITANA PONIENTE
Rol
I-830-2024
Fecha
16 de mayo de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 162, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459, 503, 506 todos del Código del Trabajo, artículo 31, 32 y 33 del Decreto con Fuerza de Ley N°2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge parcialmente la demanda, solo en cuanto se rebaja parcialmente las multas impuestas a la empresa en el siguiente sentido, respecto de la multa N°1324/2024/306: 1. respecto de la multa concluida en N°1324/2024/306- 1, “no exhibir la documentación exigida derivada de las relaciones de trabajo necesarias para efectuar la audiencia de conciliación, se rebaja a medio ingreso mínimo mensual. 2. Respecto de la multa terminada en N°1324/2024/306-2: “no enviar a la Inspección del Trabajo dentro de tercero día hábiles siguientes a la separación del trabajador la carta de despido” se rebaja a 30 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). 3. Respecto de la multa terminada en N°1324/2024/306-3: “no indicar la carta de aviso de término de contrato de trabajo la posibilidad de efectuar reserva de derechos” se mantiene la multa en 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). II. Cada parte soportará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco.
Fallo
se resuelve: I. Se acoge parcialmente la demanda, solo en cuanto se rebaja parcialmente las multas impuestas a la empresa en el siguiente sentido, respecto de la multa N°1324/2024/306: 1. respecto de la multa concluida en N°1324/2024/306- 1, “no exhibir la documentación exigida derivada de las relaciones de trabajo necesarias para efectuar la audiencia de conciliación, se rebaja a medio ingreso mínimo mensual. 2. Respecto de la multa terminada en N°1324/2024/306-2: “no enviar a la Inspección del Trabajo dentro de tercero día hábiles siguientes a la separación del trabajador la carta de despido” se rebaja a 30 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). 3. Respecto de la multa terminada en N°1324/2024/306-3: “no indicar la carta de aviso de término de contrato de trabajo la posibilidad de efectuar reserva de derechos” se mantiene la multa en 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). II. Cada parte soportará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia don VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veinticinco.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO DE RECLAMO FECHA DIECISEIS DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES RUC 24-4-0620072-4 RIT I-830-2024 MAGISTRADO VICTOR MANUEL RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 11:34 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:45 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440620072-4-1349-2
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