AZÓCAR/CASTRO
Rol
M-83-2023
Fecha
15 de mayo de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos contenidos en la demanda. El Tribunal resuelve: Atendido el mérito de autos, el Tribunal omite la recepción de la causa a prueba y procede a dictar y notificar la sentencia definitiva de forma inmediata. En cuanto a la aplicación del artículo 453 del Código del Trabajo, se deja su resolución para definitiva. VALPARAÍSO, catorce DE mayo DE DOS MIL veinticinco.- VISTO, OÍDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia. Se deja constancia que, el registro íntegro de la sentencia, se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema.
Fallo
Por estas consideraciones y, conforme a lo dispuesto en los artículos 1698 del Código Civil 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11,12, 33, 41 y siguientes, 58, 63, 162, 163, 168, 172, 173, 420, 446 y siguientes y 496 y siguientes del Código del Trabajo, del Decreto Ley N°3.500, de la ley 17.322 y, demás normas legales aplicables en la especie, SE DECLARA: I. Que, se acoge la demanda deducida por doña LUCÍA JAVIERA AZÓCAR AZÓCAR, en contra de su ex empleador, don FELIPE ANDRÉS CASTRO GOROSTIZA, ambos ya individualizados y, se declara la nulidad de este despido, razón por la cual se condena al demandado a pagar a la actora todas las remuneraciones devengadas desde su separación, ocurrida el 18 de noviembre de 2022, hasta que se lleve a cabo la convalidación, haciendo presente que su remuneración ascendió a la suma de $360.000 y, a declarar y enterar las cotizaciones de seguridad social, de salud y de cesantía, devengadas desde junio de 2021 a noviembre de 2022, en las instituciones a cuales se encuentra afiliada la trabajadora. II. Que, se acoge la demanda y se declara este despido incausado e injustificado razón por la cual se condena al demandado a pagar a la parte demandante la suma de: $360.000, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo y, la suma de $360.000, correspondiente a la indemnización por años de servicio, debiendo aplicarse a esta última el recargo legal del 50%, esto es, la suma de $180.000. III. Que, se acoge la demanda y se condena al demandado a pagar a l
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA Valparaíso, 14 de mayo de 2025 RUC 23-4-0457576-7 RIT M-83- 2023 MAGISTRADO JUAN TUDELA JIMÉNEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Diego Velasco Sánchez HORA DE INICIO 11:22 Horas. HORA DE TERMINO 11:31 Horas. SALA DE AUDIENCIA Sala N° 5 Nº REGISTRO DE AUDIO 23-4-0457576-7-1338 PARTE DEMANDANTE C
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