2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

PLAZA/TRANSPORTES TACC CARGO S.A

Rol

O-89-2025

Fecha

14 de mayo de 2025

Materia

Despido indirecto, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 162, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don NELSON EUGENIO PLAZA ACUÑA en contra de TRANSPORTES TACC CARGO S.A. RUT.76.360.322-9, representada por Rodrigo Ibáñez Sotomayor, todos ya debidamente individualizados y se declara que existió una relación laboral a partir del día 03 de enero de 2011 y por aplicación del artículo 4 del Código del Trabajo, ésta se extendió hasta el día 05 de diciembre de 2024 en relación a TRANSPORTES TACC CARGO LTDA., fecha ultima en que se verificó un despido indirecto y debido y en consecuencia se ordena el pago a la demandada de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo $1.051.966. b. Indemnización por años de servicios por $11.571.626. c. Recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicios $5.785.813. d. Remuneración impaga por $525.983. e. Cotizaciones morosas en las instituciones previsionales que correspondan. En particular, AFP CAPITAL, FONASA y AFC CHILE y en lo que dice relación a las cotizaciones de noviembre de 2024 y aquellas que se encuentren impagas durante la vigencia de la relación laboral, debiendo oficiarse a las entidades previsionales que correspondan para que procedan al debido cobro conforme a Derecho. II. Que las sumas ordenadas pagar serán con los intereses y reajustes establecidos en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo según corresponda. III. Cada parte pagará sus costas. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia doña IVETTE RENÉE MOURGUET BESOAIN, Juez Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, catorce de mayo de dos mil veinticin

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 10, 160, 162, 168, 420 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas que resulten pertinentes, se resuelve: I. Que se acoge la demanda de don NELSON EUGENIO PLAZA ACUÑA en contra de TRANSPORTES TACC CARGO S.A. RUT.76.360.322-9, representada por Rodrigo Ibáñez Sotomayor, todos ya debidamente individualizados y se declara que existió una relación laboral a partir del día 03 de enero de 2011 y por aplicación del artículo 4 del Código del Trabajo, ésta se extendió hasta el día 05 de diciembre de 2024 en relación a TRANSPORTES TACC CARGO LTDA., fecha ultima en que se verificó un despido indirecto y debido y en consecuencia se ordena el pago a la demandada de las siguientes prestaciones: a. Indemnización sustitutiva por falta de aviso previo $1.051.966. b. Indemnización por años de servicios por $11.571.626. c. Recargo legal del 50% sobre la indemnización por años de servicios $5.785.813. d. Remuneración impaga por $525.983. e. Cotizaciones morosas en las instituciones previsionales que correspondan. En particular, AFP CAPITAL, FONASA y AFC CHILE y en lo que dice relación a las cotizaciones de noviembre de 2024 y aquellas que se encuentren impagas durante la vigencia de la relación laboral, debiendo oficiarse a las entidades previsionales que correspondan para que procedan al debido cobro conforme a Derecho. II. Que las sumas ordenadas pagar serán con los intereses y reajustes establecidos en el artícul

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA CATORCE DE MAYO DE DOS MIL VEINTICINCO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES RUC 25-4-0635985-1 RIT O-89-2025 MAGISTRADO IVETTE RENÉE MOURGUET BESOAIN ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 11:20 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:03 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2540635985-1-1349-2505

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