2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CASAMAYOR/MELO

Rol

M-4963-2024

Fecha

13 de mayo de 2025

Materia

Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X SENTENCIA X La parte demandada no comparece, fue notificada personalmente, se la tiene por rebelde. Resuelve escrito: Al escrito acompaña documentos de la parte demandante: téngase presente. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda interpuesta, en rebeldía. Llamado a conciliación: Habiendo el Tribunal llamado a conciliación, ésta no se produce, atendida la rebeldía de la parte demandada. Fija hechos controvertidos: 1) Existencia de relación laboral ente las partes, fecha de inicio, funciones contratadas, labores ejercidas por la demandante, remuneración pactada y percibida. 2) Haber terminado la relación laboral por despido de la demandante, hechos, época y circunstancias. 3) En caso de existir relación laboral, estado de pago de las cotizaciones de seguridad social. 4) En caso de existir relación laboral, adeudarse a la demandante remuneración de 15 días del mes de julio de 2024. 5) En caso de existir relación laboral, feriado adeudado. Medios de Prueba: La parte DEMANDANTE ofrece E INCORPORA los siguientes medios de prueba: Documental: 1) Comprobante de transferencia de fondos, de fecha 3 de julio de 2024. 2) Comprobante de transferencia de fondos, de fecha 3 de julio de 2024. 3) Certificado de cotizaciones previsionales, emitido por FONASA, de fecha 16 de septiembre de 2024. 4) Presentación de reclamo ante la Inspección del Trabajo, de fecha 23 de agosto de 2024. 5) Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, de fecha 13 de septiembre de 2024. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante. Confesional: Se deja constancia que no comparece el representante legal de la demandada, por lo que la parte demandante solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal, el T

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva Visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, artículo 9, 10, artículo 162, 161, 162, artículo 168, 172, 173, artículo 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 459, 496, 500 y 501, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes,

Fallo

se resuelve: I. Se acoge la acción de declaración de relación laboral y, por tanto, se declara que entre la demandante Elda Deisy Casamayor Alfaro y la demandada Roberta Melo Dos Santos existió un contrato de trabajo entre el 15 de febrero del 2024 y el 15 de julio del 2024. II. Se acoge la acción de despido injustificado y, por tanto, se declara que el despido a la demandante del 15 de julio del 2024, es injustificado. III. Para todos los efectos legales, deberá entenderse que la relación laboral terminó por la causal necesidad de la empresa del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, en relación al inciso cuarto del artículo 168 del mismo cuerpo legal. IV. Se condena a la demandada Roberta Melo Dos Santos a pagar a la demandante Elda Deisy Casamayor Alfaro dos puntos: 1. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $650.000.- 2. Feriado correspondiente a $178.750.- 3. Remuneración del mes de julio del 2024 correspondiente a $325.000.- 4. Indemnización a todo evento correspondiente a $36.075.- V. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo, cuando corresponda. VI. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y, por tanto, se condena a la demandada Roberta Melo Dos Santos a pagar a la demandante Elda Deisy Casamayor Alfaro remuneraciones desde el despido ocurrido el 15 de julio del 2024 hasta el pago efec

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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 13 DE MAYO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 RUC 24-4-0616385-3 RIT M-4963-2024 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVA DE ACTAS CLAUDIA CÉSPEDES SOTOMAYOR HORA DE INICIO 10:30 HORAS HORA DE TÉRMINO 11:14 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2440616385-3-13

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