2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

FUENTES/LATAM AIRLINES GROUP S.A

Rol

O-6563-2024

Fecha

6 de mayo de 2025

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos que constan en registro de audio: 1. Jocelyn Gabriela Otárola Martínez. RUT: 16.071.235-K. Exhibición de documentos: La parte demandante exhibe a la demandada los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en: 1. Video grabado con fecha 29 de mayo de 2024, donde se registra que Nicole Fuentes y Natalia Castillo llaman por micrófono a otra compañera de la empresa durante su jornada laboral. Cumplido exhibición. Otra prueba: Imágenes en video: 1. Vídeo con una duración de 0 minutos y 34 segundos, en que dan cuenta de los hechos contenidos en la carpeta de despido. Este documento electrónico se encuentra en el siguiente enlace: https://drive.google.com/drive/folders/1fNvRw6fofxshZ97FYqn3ydMO cryugHIe?usp=sharing LA PARTE DEMANDANTE INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1. Contrato de trabajo suscrito entre las partes. 2. Carta de despido de fecha 19 de julio de 2024. 3. 3 liquidaciones de sueldo correspondiente de los meses de abril, mayo y junio del 2024. 4. Reclamo ante la inspección del trabajo y acta de comparendo de conciliación. 5. Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad de Latam. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandante y decreta su custodia. Confesional: Se desiste. Testimonial: Declararon los siguientes testigos, quienes legalmente juramentados exponen sobre los hechos que constan en registro de audio: 1. Natalia Merari Castillo Barriga, cédula de identidad N.º 19.105.426-1. 2. Alex Gianni Berti Abarca, cédula de identidad N.º 7.627.405-3. Oficio: Se incorpora la respuesta del oficio emitido a las siguientes instituciones: 1. CONCESIONARIA AEROPUERTO NUEVO PUDAHUEL (NPU). Exhibición de documentos: La parte demandada exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en: 1. Cartas de amonestaciones hacia la trabajadora. 2. Procedimiento de la investigación realizado por la empresa. 3. Las 6 últ

Fundamentos

considerando primero de la presente sentencia, y en consecuencia, se condena a esta a concurrir al pago de las siguientes sumas de dinero: a. La suma de $ 1.317.416.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. La suma de $3.952.248.- por concepto de indemnización por años de servicio, incrementada esta última en un 80% conforme mandata el artículo 168 del Código del Trabajo, esto es, en la suma de $3.161.798.- c. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con todos los intereses y reajustes legales. II. Que se rechaza la demanda en lo demás. III. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase ella dentro de quinto día, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al judicatura especializada de cobranza laboral y previsional de esta ciudad. Una vez que la presente sentencia adquiera el carácter de firme y ejecutoriada procédase a la devolución de la prueba documental que queda en poder del Tribunal. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió doña GERMAN PETIT-LAURENT ELICEIRY, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, seis de mayo de dos mil veinticinco.-

Fallo

se declara: I. Que se acoge parcialmente la acción de despido injustificado interpuesta por doña NICOLE ALEJANDRA FUENTES GONZÁLEZ, en contra de su ex empleador LATAM AIRLINES GROUP S.A, ya suficientemente individualizado en el considerando primero de la presente sentencia, y en consecuencia, se condena a esta a concurrir al pago de las siguientes sumas de dinero: a. La suma de $ 1.317.416.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. La suma de $3.952.248.- por concepto de indemnización por años de servicio, incrementada esta última en un 80% conforme mandata el artículo 168 del Código del Trabajo, esto es, en la suma de $3.161.798.- c. Que las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con todos los intereses y reajustes legales. II. Que se rechaza la demanda en lo demás. III. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase ella dentro de quinto día, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes al judicatura especializada de cobranza laboral y previsional de esta ciudad. Una vez que la presente sentencia adquiera el carácter de firme y ejecutoriada procédase a la devolución de la prueba documental que queda en poder del Tribunal. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió doña GERMAN PETIT-LAURENT ELICEIRY, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición d

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 06 DE MAYO DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 10 RUC 24-4-0608044-3 RIT O-6563-2024 MAGISTRADO GERMAN PETIT-LAURENT ELICEIRY ADMINISTRATIVO DE ACTAS MIJAIL MELLA HORA DE INICIO 11:19 HORAS HORA DE TERMINO 13:25 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440608044-3-1349-250506-00 Nº CUSTODIA A

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