1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MARTÍNEZ/TRANSPORTES EL TREBOL SPA

Rol

M-1073-2025

Fecha

5 de mayo de 2025

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. RECLAMANTE · · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL X · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA (exhibición) - · 1. RECLAMADA · · A. DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · DESISTIMIENTO X · SENTENCIA X INCOMPARECENCIA. El tribunal deja constancia que habiéndose efectuado los llamados de rigor en antesala, la demandada TRANSPORTES EL TREBOL SPA, no ha comparecido a la presente audiencia, encontrándose válidamente notificada. AUTORIZA PODER: El Tribunal tiene presente escrito delegación de poder otorgado al abogado doña MARÍA PAZ PUGA LAGOS. RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. EXCEPCIÓN FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA Parte demandante evacúa traslado. EL TRIBUNAL RESUELVE: Téngase por evacuado el traslado, déjese su resolución para definitiva. CONCILIACIÓN: Atendida la incomparecencia de la demandada principal, no se produce. La parte demandada solidaria no tiene instrucciones para conciliar. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de relación laboral 2. Fecha de inicio y término 3. Efectividad de que el demandante fue despedido verbalmente, causas y circunstancias que lo acrediten 4. La remuneración del trabajador 5. Si la demandada pagó saldo de remuneraciones del mes de noviembre y días trabajados del mes de diciembre del año 2024 6. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social 7. Si la demandada pagó el feriado proporcional que se reclama 8. Efectividad de que entre la demanda y la demandada solidaria existe un vínculo comercial. En la afirmativa, efectividad de que el demandante se desempeñó bajo régimen de subcontratación para la demandada solidaria. En su caso, periodo y si esta hizo efectivo el derecho de información y retención. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Acta de comparendo de conc

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto el artículo 1,7, 9, 141, 172, 168, 172, 420 y siguientes del Código del Trabajo se dispone: I. Que se declara la existencia de una relación laboral entre Don Mauricio Martínez Santibáñez y la empresa El Trébol Spa desde el 30 de octubre del año 2024 y hasta el 2 de diciembre del año 2024 II. Que se declara que el demandante fue despedido de manera injustificada por la demandada y se condena a esta última el pago de la siguiente prestaciones: 1) La suma de $720.000.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; 2) A la suma $238.000.-, por concepto de remuneraciones adeudadas; 3) A la suma de $30.000.- es feriado proporcional y; 4) Al pago de las cotizaciones de seguridad social del demandante de Afp Provida, Fonasa y AFC Chile de conformidad a la liquidación o de acuerdo a la liquidación que practique los Institutos de Seguridad Social en la etapa de cumplimiento del fallo, esto durante toda la vigencia relación laboral conforme a una remuneración mensual de $720.000.-. Que las sumas ordenadas a pagar deberán ser los más los intereses y reajustes establecidos en el Artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. Y por último, que cada parte pagará sus costas. Dictado el presente fallo por Valeska Osses Trincado, Juez Titular del Tribunal. Siendo las 09:52 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia doña VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Traba

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 05/05/2025, Santiago RUC 25- 4-0654057-2 RIT M-1073-2025 CARATULADO MARTÍNEZ/TRANSPORTES EL TREBOL SPA MAGISTRADO VALESKA ALEJANDRA OSSES TRINCADO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ricardo Antonio Sierra Medina HORA DE INICIO 09:06 HORA DE TERMINO 09:52 SALA 4.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2540654

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