1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

WINTER/FARMACIAS LA ABUELA SPA

Rol

O-6828-2024

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, con fecha 01/10/2024, comparecen doña Viviana Andrea Ríos Zavala, trabajador, Rut N° 16.550.745-2, con domicilio en Los Morenos 117, Villa el Remanso, Los Andes; doña Lourdiannis Lisette Maíz Pinto, trabajador, Rut N° 26578245-0, con domicilio en Carmen 590, Santiago; y, don3) Otto Hans Winter Valdebenito, trabajador, Rut N° 17066738-7, con domicilio en Morandé 617, Depto. A-1106, Santiago Centro, demandando a Farmacias La Abuela Spa, Rut N° 77.527.724-6, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Marcelo Astorga Lea, desconozco profesión u oficio, o por quien haga las veces de tal conforme al artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio en ENRIQUE FOSTER SUR 39 PISO 7, COMUNA DE LAS CONDES, domicilio donde no fueron habidos, y luego de las búsquedas de rigor, fueron notificados legalmente por inserción en el Diario Oficial, de fecha 15 de febrero de 2025. Celebrada la audiencia preparatoria, ésta se celebró con la sola comparecencia de la parte demandante, representados por su apoderado judicial, no siendo posible arribar a conciliación. Asimismo, dada la rebeldía de la demandada, se hace efectivo el apercibimiento legal. Y, conforme la prueba subida a la carpeta digital, dentro de plazo, se dicta sentencia. CON LO OÍDO, VISTO Y CONSIDERNADO: PRIMERO: Que, mediante la interposición de la demanda en procedimiento de aplicación general, por despido indirecto, nulidad del despido, solicitando que se tenga por interpuesta, dentro de plazo legal, demanda en procedimiento Ordinario por Despido indirecto, Declaración de continuidad laboral, Lucro cesante, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones que indica, en contra de nuestro ex empleadora Farmacias La Abuela Spa, ya individualizado; la acoja a tramitación, y en definitiva, de lugar a ella en todas sus partes, declarando procedente el despido indirecto por haber incurrido el empleador en los incumplimientos indicados en la carta de autod

Fallo

SE RESUELVE que SE ACOGE sin costas, la demanda interpuesta por doña Viviana Andrea Ríos Zavala, doña Lourdiannis Lisette Maíz Pinto y, don Otto Hans Winter Valdebenito, en contra de Farmacias La Abuela Spa, todos ya individualizados, y se declara: I.- Que, se puso término a la relación laboral por auto despido de los demandantes, fundada en la causal prevista en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, el que se encuentra ajustado a derecho. II.- Que, la demandada deberá pagar las siguientes prestaciones e indemnizaciones legales: 1) VIVIANA ANDREA RIOS ZAVALA: a) La suma de $791,512, por concepto de indemnización sustitutiva de mes de aviso previo; b) La suma de $377,287, por concepto de Feriado legal y proporcional adeudado, lo equivale a 14.3 de Feriado legal y proporcional pendiente; c) La suma de $341.512 por concepto de saldo restante de remuneración de junio de 2024. d) La suma de $791.512 por concepto de remuneración adeudada del mes de julio de 2024; y, e) La suma de $580.442 por concepto de remuneración adeudada del mes de agosto 2024; N°2 LOURDIANNIS LISETTE MAÍZ PINTO. a) La suma de $1.698.388, por concepto de remuneración pendiente del mes de agosto 2024; b) La suma de $ 1.312.390 por concepto de lucro cesante por los 17 días restantes para el término del contrato: c) La suma de $486,357, por concepto de Feriado legal y proporcional pendiente. N°3 OTTO HANS WINTER VALDEBENITO: a) La suma de $300.000, por concepto de remuneración adeudada del mes de julio de 2

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. Santiago, dos de mayo de veintidós. Que, no obstante de haber sido dictado dentro de plazo, por errores en la tramitación de la causa se omitió subir la sentencia al Sistema Informático De Los Tribunales De Laborales (SITLA) dentro de su oportunidad, por lo tanto, hágase con esta fecha. VISTOS: Que, con fech

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica