1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

NÚÑEZ/ICARO SEGURIDAD LIMITADA

Rol

M-5120-2024

Fecha

2 de mayo de 2025

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: a) Existencia de una relación laboral entre las partes, fecha de inicio. b) Si la demandada puso fin a la relación laboral verbalmente el 11 de julio del 2024. c) Valor de la última remuneración. QUINTO: Que la parte demandante para acreditar sus dichos incorporó en la audiencia de juicio los siguientes medios de prueba: I.- Documental: Incorporó en la audiencia de juicio los siguientes documentos no objetados de contrario, a saber: 1. Documento de renovación del contrato de trabajo de fecha 01 de junio del año 2023. 2. Liquidaciones de sueldo correspondiente a los meses de noviembre del año 2023 a junio del año 2024, donde se menciona la instalación donde trabajaba la demandante. 3. Acta de comparendo de conciliación de fecha 21 de agosto de 2024. II.- Confesional: La parte demandante pidió la absolución de posiciones del representante legal de la demandada, quien no compareció por lo que pidió haber efectivo el apercibimiento legal. III.- Testimonial: Rindió la declaración de Joel Cuicas Lacruz quien legalmente juramentado SEXTO: Que la discusión de autos radica en determinar la existencia de una relación laboral entre las partes, su fecha de inicio y término, como la forma en la cual ocurrió la conclusión del mismo y el valor de la última remuneración para efectos indemnizatorios. SEPTIMO: Que atendido el anexo del contrato de trabajo, liquidaciones de remuneración y acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, además de la admisión tacita de los hechos contenidos en la demanda y confesional ficta, se establecerá la existencia de una relación laboral entre las partes desde el 1 de marzo de 2023. OCTAVO: Que en cuanto al termino de los servicios conforme el reclamo ante la Inspección del Trabajo y testimonial rendida en autos, además de la admisión tacita de los hechos contenidos en la demanda y confesional ficta, se establecerá que el despido es de carácter verbal el 1

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció al juicio CLAUDIO NÚÑEZ VALDÉS, domiciliado para estos efectos en Morandé N°835, oficina N°1314, comuna de Santiago quien interpone demanda por nulidad de despido, despido injustificado y cobro de prestaciones, en contra de ICARO SEGURIDAD LTDA, representada legalmente por Gabriela Paz Chandia Ruiz, ambos domiciliados en Orrego N°315, Cerro Esperanza, a fin de que se declare que su despido es injustificado y que se le deben pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicio y recargo, con reajuste, intereses y costas. Señala que ingresó a prestar servicios para el demandada con fecha 1 de marzo de 2023, como guardia de seguridad, percibiendo una remuneración de $680.000. Añade que con fecha 11 de julio de 2024, fue despedido verbalmente. SEGUNDO: Que se evacuo el trámite de contestación en rebeldía de la demandada. TERCERO: Que se dio por frustrado el llamado a conciliación atendida la rebeldía de la parte demandante. CUARTO: Que el tribunal estableció como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: a) Existencia de una relación laboral entre las partes, fecha de inicio. b) Si la demandada puso fin a la relación laboral verbalmente el 11 de julio del 2024. c) Valor de la última remuneración. QUINTO: Que la parte demandante para acreditar sus dichos incorporó en la audiencia de juicio los siguientes medios de prueba: I.- Documental: Incorporó en la audiencia de juicio los siguientes documentos no objetados de contrario, a saber: 1. Documento de renovación del contrato de trabajo de fecha 01 de junio del año 2023. 2. Liquidaciones de sueldo correspondiente a los meses de noviembre del año 2023 a junio del año 2024, donde se menciona la instalación donde trabajaba la demandante. 3. Acta de comparendo de conciliación de fecha 21 de agosto de 2024. II.- Confesional: La parte demandante pidió la absolución de posiciones del representante legal de la demandada, quien no compareció por lo que pidió haber efectivo el apercibimiento legal. III.- Testimonial: Rindió la declaración de Joel Cuicas Lacruz quien legalmente juramentado SEXTO: Que la discusión de autos radica en determinar la existencia de una relación laboral entre las partes, su fecha de inicio y término, como la forma en la cual ocurrió la conclusión del mismo y el valor de la última remuneración para efectos indemnizatorios. SEPTIMO: Que atendido el anexo del contrato de trabajo, liquidaciones de remuneración y acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo, además de la admisión tacita de los hechos contenidos en la demanda y confesional ficta, se establecerá la existencia de una relación laboral entre las partes desde el 1 de marzo de 2023. OCTAVO: Que en cuanto al termino de los servicios conforme el reclamo ante la Inspección del Trabajo y testimonial rendida en autos, además de la admisión tacita de los hechos contenidos en la demanda y confesional ficta, se est

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda de autos interpuesta por CLAUDIO NÚÑEZ VALDÉS en contra de ICARO SEGURIDAD LTDA. y en consecuencia: a) la demandada deberá pagar la suma de $680.000 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) la demandada deberá pagar la suma de $680.000 por concepto de indemnización por años de servicio, aumentada en un 50% ascendente a $340.000 c) las sumas antes referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses señalados en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. II.- Que SE CONDENA en costas a la demandada por haber sido totalmente vencida fijándose en la suma de $50.000. Regístrese y archívese en su oportunidad. RIT: M-5120-2024 RUC: 24-4-0618791-4 Dictada por doña ANGELICA PEREZ CASTRO, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. 4

Texto Completo (Preview)

RIT N° : M-5120-2024 RUC N° : 24-4-0618791-4 MATERIA : DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE PRESTACIONES DEMANDANTE : CLAUDIO NÚÑEZ VALDÉS DEMANDADO : ICARO SEGURIDAD LTDA. ******************************************************************** Santiago, dos de mayo de dos mil veinticinco. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que compareció al juicio CLAUDIO NÚÑEZ VALDÉS, domiciliado para estos efectos

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